Snowball
Será en Octubre
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Lo que hay legalmente a día de hoyQue sepáis que el código penal militar (si no lo han cambiado estos últimos años) también contempla la pena de fin en caso de sedición o traición, no recuerdo si hay más casos que lo tengan en cuenta, creo que no.
La cobardía o deserción tienen penas de guandoca militar.
Recuerdo cuando leí el procedimiento (para acabar al interfecto); se le quita la charretera, se arrancan los botones uno a uno o algo así, y se le pregunta si quiere que le venden los ojos .
Obligaciones de los militares españoles
En caso de guerra, el Código Penal Militar especifica una normativa para imponer sanciones a los soldados que se negasen a acudir a una guerra o situación de gravedad. Así pues, la ausencia por más de 24h sería castigada con la pena de prisión de 3 a 10 años, según el artículo 199 del Código Penal Militar.
Lógicamente , bajo la ley de seguridad nacional aplicada (eufemismo politiques para Ley Marcial o estado de excepción) eso sería papel mojado