Europa: Si hay guerra en Europa, la Constitución Española todavía permite el reclutamiento forzoso aunque tengamos ejército profesional

Snowball

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"-¿ Hueles eso burbu?"

"- Es el olor de la cosa en los pantalones de los nafos por la mañana..."



Si hay guerra en Europa, la Constitución Española todavía permite el reclutamiento forzoso aunque tengamos ejército profesional


El reclutamiento forzoso en España


Pese a que el país cuenta con un ejército profesional, el artículo 30 de la Constitución Española es tajante al respecto y señala que: “Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España”. De igual modo, recoge que “mediante ley, podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública”.

La interpretación de la norma es bastante amplia y ambigua sobre la posibilidad de un reclutamiento forzoso para la ciudadanía española, pero pese a la suspensión de la ‘mili’, nada impediría que esto sucediese. La norma que puede trabajar en este sentido, reformada en febrero de 2022, es la Ley de Seguridad Nacional. Con ello se pretende una respuesta más efectiva frente a catástrofes como una esa época en el 2020 de la que yo le hablo, desastres naturales o guerras.

 
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Esa información es para acceder al actual ejército profesional como reservista...

Nada que ver con el reclutamiento forzoso
Los forzosos son

c) Reservistas obligatorios: Los españoles, con una edad comprendida entre los diecinueve y los veinticinco años, que sean declarados como tales por el Gobierno de acuerdo con la ley.

Justo los que más ganas tienen

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