Laboral: Morir por la dana de camino al curro: "mucha gente perdió la vida por no perder el trabajo"

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales está disponible en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Puede acceder al texto completo de la ley en el siguiente enlace: .


El artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en España establece el derecho de los trabajadores a interrumpir su actividad y, si es necesario, a abandonar el lugar de trabajo en caso de riesgo grave e inminente para su vida o salud. Este derecho puede ejercerse sin temor a sanciones o repercusiones económicas negativas.






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Nuevos derechos​

La clave, para Cardona, es paliar la precariedad laboral y crear de nuevo las condiciones para que las personas tengan empleos dignos. "Tenemos una normativa laboral, tanto el estatuto de los trabajadores como la ley de riesgos laborales que dice que ante situaciones donde peligre la vida del empleado puede no ir a trabajar. El problema es que estas leyes no se cumplen. Necesitamos una cultura empresarial que haga las cosas mejor y sobre todo necesitamos mejores mecanismos de inspección", explica.

NO LO ENTIENDES

NO HAY PROTOCOLO EN CASO DE INUNDACION

ESA LEY DICE QUE SI SE VAN A CASA LOS TRBJADORES POR INUNDACIONES, EL EMPRESARIO NO PUEDE SANCIONARLOS NI DESPEDIRLOS ETC

PERO NO DICE QUE DEBE HACER EL EMPRESARIO

El empresario no es un experto en todas las materias del universo

Si hay una inundacion, no hay protocolos de prevencion ni seguridad al respecto....que debe hacer el empresario?

enviarlos a casa?

y si resulta que estaban a salvo en la nave, pero 500 metros mas alla en coche hay un barranco y al salir de la nave donde estaban seguros mueren arrollados por una tromba de agua?

Tambien dirian que es culpa del empresario claro.

NO HAY PROTOCOLO PUES ENTONCES EL EMPRESARIO NO TIENE RESPONSABILIDAD

CADA UNO HACE LO QUE QUIERE
 
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