reconvertido
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Segundo. Cese en la aplicación de medidas extraordinarias....recomendaciones dirigidas a todas las administraciones, tanto estatal como autonómicas y a la ciudadanía:
...Es importante mantener esta cultura de responsabilidad que hemos adquirido en los últimos años, y seguir utilizando mascaras y otras medidas higiénicas ante la presencia de síntomas de infección respiratoria.
Igualmente, los centros sanitarios son ámbitos de especial vulnerabilidad en los que la esa época en el 2020 de la que yo le hablo ha mostrado la necesidad de reforzar el uso de mascarilla en determinados contextos y situaciones, en particular:
– Por las personas sintomáticas cuando estén en espacios compartidos.
– Por los y las profesionales que atienden a casos sintomáticos.
– Por las personas que trabajan en unidades de Cuidados Intensivos y en Unidades con pacientes vulnerables siguiendo las recomendaciones de control de infección aconsejadas por los Servicios de Medicina Preventiva y Prevención de Riesgos Laborales según la valoración del riesgo de cada centro sanitario.
– En las urgencias hospitalarias o de atención primaria, incluida la sala de espera.
Por último, en los centros residenciales de personas mayores y personas con discapacidad, entornos en los que viven las personas más vulnerables, aunque no se recomiende el uso universal de las mascaras, se considera necesario tomar precauciones adicionales en caso de aparición de síntomas en trabajadores, residentes o visitantes, para evitar brotes, cuidando en todo caso el bienestar de los mayores tanto a nivel físico como emocional.
Declarar el cese en la aplicación de las medidas contenidas en los capítulos II, III, IV, V (excepto las de su artículo 27), VI y VII y en la disposición adicional quinta de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, y, en particular, de las relativas al uso obligatorio de las mascaras.