Los contribuyentes que han perdido pleitos con Hacienda pueden deducírselo en la Renta

bushiburbujito

Madmaxista
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El golpe que asesta Hacienda a los contribuyentes que han ganado pleitos a la Administración, que deben tributar por ellos en la Campaña de la Renta, tiene su reverso. La sentencia del Tribunal Supremo (TS) del pasado enero que ha establecido que los intereses de demora tributan, y la consulta vinculante de la Dirección General de Tributos que ha señalado in extremis que se aplica a la Campaña de la Renta, implican también que los ciudadanos que han perdido pueden deducírselos y hacerlo ya.
 
Te los puedes deducir si son gastos de una actividad económica, como gastos financieros. Para el resto de mortales, creo que no.
 
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