El TSJC condena a la consellera Meritxell Serret por desobediencia al organizar el 1-O.
Estará inhabilitada para cargo público durante un año y deberá pagar una multa de 12.000 euros.
La Charo separata, en el banquillo de los acusados.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a un año de inhabilitación para cargo público y el pago de 12.00 euros de multa a la consellera de Acción Exterior de la Generalidad, Meritxell Serret, por desobediencia en la organización y la celebración del 1-O en 2017, cuando formaba parte del gobierno regional de Carles Puigdemont. La sentencia cree que la condenada, en el tiempo que estuvo al frente del Departamento de Agricultura, hasta octubre de 2017 cuando entró en vigor el artículo 155 de la Constitución en Cataluña, no cumplió con "su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que pudiera suponer, ignorar o eludir la suspensión acordada" por el Tribunal Constitucional respecto al referéndum soberanista.
En concreto, el TSJC recuerda que el Constitucional (TC) comunicó a todos los miembros del gobierno regional de Puigdemont que se abstuvieran "especialmente de licitar, ejecutar o fiscalizar contratos administrativos licitados por la Generalidad instrumentales para la preparación del referéndum". Sin embargo, se anunció fecha y pregunta de la votación para el 1 de octubre de 2017. Por eso el tribunal remarca que en septiembre de 2017, Serret, junto a los otros miembros del gobierno regional, desatendió de forma consciente el requerimiento del TC" y firmó el decreto de convocatoria, aunque el TC suspendió su aplicación y declaró la inconstitucionalidad y nulidad.
Por eso consideran que Serret "era perfecta conocedora de la ilegalidad de todas las decisiones que le fueron objeto de notificación y requerimiento por parte del TC, ignorando de forma consciente y deliberada lo ordenado por dicho TC, decidiendo, por ello, no llevar a cabo actuación alguna para dejar sin efecto las normas impugnadas". El TSJC le impone un año de inhabilitación "para "el ejercicio de cargos públicos electivos, ya sean de ámbito estatal, autonómico, local o supranacional, así como para el ejercicio de funciones de gobierno en el ámbito estatal o autonómico".
Aquellas recetas de las que se reían.
Estará inhabilitada para cargo público durante un año y deberá pagar una multa de 12.000 euros.
La Charo separata, en el banquillo de los acusados.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a un año de inhabilitación para cargo público y el pago de 12.00 euros de multa a la consellera de Acción Exterior de la Generalidad, Meritxell Serret, por desobediencia en la organización y la celebración del 1-O en 2017, cuando formaba parte del gobierno regional de Carles Puigdemont. La sentencia cree que la condenada, en el tiempo que estuvo al frente del Departamento de Agricultura, hasta octubre de 2017 cuando entró en vigor el artículo 155 de la Constitución en Cataluña, no cumplió con "su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que pudiera suponer, ignorar o eludir la suspensión acordada" por el Tribunal Constitucional respecto al referéndum soberanista.
En concreto, el TSJC recuerda que el Constitucional (TC) comunicó a todos los miembros del gobierno regional de Puigdemont que se abstuvieran "especialmente de licitar, ejecutar o fiscalizar contratos administrativos licitados por la Generalidad instrumentales para la preparación del referéndum". Sin embargo, se anunció fecha y pregunta de la votación para el 1 de octubre de 2017. Por eso el tribunal remarca que en septiembre de 2017, Serret, junto a los otros miembros del gobierno regional, desatendió de forma consciente el requerimiento del TC" y firmó el decreto de convocatoria, aunque el TC suspendió su aplicación y declaró la inconstitucionalidad y nulidad.
Por eso consideran que Serret "era perfecta conocedora de la ilegalidad de todas las decisiones que le fueron objeto de notificación y requerimiento por parte del TC, ignorando de forma consciente y deliberada lo ordenado por dicho TC, decidiendo, por ello, no llevar a cabo actuación alguna para dejar sin efecto las normas impugnadas". El TSJC le impone un año de inhabilitación "para "el ejercicio de cargos públicos electivos, ya sean de ámbito estatal, autonómico, local o supranacional, así como para el ejercicio de funciones de gobierno en el ámbito estatal o autonómico".
Aquellas recetas de las que se reían.
El TSJC condena a la consellera Meritxell Serret por desobediencia al organizar el 1-O
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a un año de inhabilitación para cargo público y el pago de 12.00 euros de multa a la consellera de Acción...
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