Lo de Correos es inaudito, Venezuela insaid

A nivel jurídico es lo que vale. Es tu problema si no atiendes tu casa.

Lo mismo ocurre con la administración pública. Si te mandan una notificación y no la recoges, publican un edicto en el BOE o en el BOP y ya te encargarás tú de leerlo.

Mi problema, el problema es del que lo envia, que localice al destinatario. Claro es que el BOE o el BOP lo leemos todos los dias, a nivel juridico que bonito.
Pues anda que no he devuelto yo certificados de hacienda dirigidos a mi exnuera, cada vez que ha llegado alguno, le he dicho al cartero, no esta, yo no tengo que informar a nadie si se ha marchado o no de mi vivienda y no tengo que hacerme cargo de dicho documento.
Que lo que le contesto lo hago sin acritud, que cada uno luego puede hacer lo que le de la gana, a ver si estamos en la carcel y con miedo
 
Mi problema, el problema es del que lo envia, que localice al destinatario. Claro es que el BOE o el BOP lo leemos todos los dias, a nivel juridico que bonito.
Pues anda que no he devuelto yo certificados de hacienda dirigidos a mi exnuera, cada vez que ha llegado alguno, le he dicho al cartero, no esta, yo no tengo que informar a nadie si se ha marchado o no de mi vivienda y no tengo que hacerme cargo de dicho documento.
Que lo que le contesto lo hago sin acritud, que cada uno luego puede hacer lo que le de la gana, a ver si estamos en la carcel y con miedo
Pues lo dicho: publicarán un edicto y que se apañe tu exnuera.

Ese mismo sistema se puede utilizar cuando quieres iniciar un pleito judicial contra alguien de quien desconoces su domicilio y no tienes modo de averiguarlo. Alarga mucho el proceso, pero te garantiza la posibilidad de hacer valer tus derechos.
 
El burofax si no lo quiere admitir no pasa nada, yo mande uno por un asunto con acuse de recibo y lo unico que recibi fue una comunicacion de Correos informandome que no queria admitir el mismo
Pero la inadmisión de un burofax no quiere decir que éste no surta efecto. Es más, constituye una comunicación fehaciente y por tanto es admisible como prueba en un procedimiento judicial. Saludos,
 
Tendría el mismo resultado, no tendría acuse del burofax o tendría acuse de que no lo han recogido que es el caso. Solo me interesa justificar que he enviado la carta, no tanto el contenido de la misma que para eso sería el burofax.

Más que nada es que me niego a gastarme 36 pavos para que pase esto pues ya me ha ocurrieo más veces, ahora es la norma
Un burofax se puede enviar sin o con certificación de contenido. Aunque para estar seguro, a la hora de notificar y que ello motive la interrupción de una prescripción, yo lo haría con certificación de contenido. Saludos,
 
Las tarifas de Correos España son un atraco, una carta normal (20 gramos) de Portugal a España cuesta 0.86€, lo mismo de España a Portugal 1.50€, casi el doble por el mismo servicio!
 
A ver igual me he expresado mal, es una carta a una empresa para interrumpir la prescripción de una deuda, pasa que tengo que aportarla en el juzgado también y lo ideal tenía que ser tener acuse de recibo porque sino vna a negar haberlo recibido
una carta certificada no te sirve de nada, no hay certificación de contenido. Solo te vale burofax con certificación de contenido, hazlo con seur o con mrw, no tiene porque ser con correos.
 
Pues a mí siempre correos me ha ido estupendo (excepto una vez hace muchos años en una huelga, que una carta urgente estuvo diez días).
Sin contar eso todo fenomenal.

Y tengo mucha interacción con ellos.
 
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