LLUEVE??????? : Absueltos tras insultar a un usuario del Banco de Alimentos que fue en Mercedes

Anka Motz

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La Audiencia de Álava exime de un delito de repruebo a tres vitorianos que le reprocharon ir en un coche de alta gama, pero dice que sus palabras no fueron «apropiadas»


La Audiencia Provincial de Álava ha absuelto a los tres hombres acusados de un delito de «lesión a la dignidad por motivos racistas» tras proferir insultos a un usuario del Banco de Alimentos que acudió en un Mercedes a por comida. El fallo de la sala, con la magistrada Ana Jesús Zulueta como ponente, incide en que los insultos y reproches -que los hubo- fueron porque los encausados «entendieron que (el denunciante y su acompañante) se estaban lucrando de las ayudas públicas a pesar de que disponían de bienes que no eran de primera necesidad».

En el juicio, celebrado hace un mes, esta terna negó cualquier comportamiento xenófobo el día de los hechos, el 14 de julio de 2020. «Estábamos en el bar de enfrente como solemos hacer y fui a apaciguar los ánimos», dijo uno, que comentó su matrimonio durante «25 años con una cubana». Otro agregó que «dono cada mes cinco euros a Acnur».

El denunciante acudió en el Mercedes «de un hermano» y lo hizo para acompañar a su antigua pareja. Ambos son de origen extranjero. En el juicio contaron que una voluntaria del Banco de Alimentos les advirtió de que alguien les estaba insultando. A partir de ahí, sacó su móvil y grabó. En la secuencia se escucha a alguno de los investigados y a un cuarto varón, quien jamás pudo ser localizado y que presuntamente sí lanzó frases racistas


«En este caso concreto vemos que las expresiones vertidas por los acusados no se encuadran en el lenguaje de repruebo, ni se basaron en la pertenencia de las víctimas a una razón o nación», remarca la resolución. «Lo determinante no fue la nacionalidad extranjera, sino el enfado que les produjo el considerar que se aprovechaban de las ayudas públicas».

El denunciante contó en la vista oral que era la primera vez en sus diez años en la capital alavesa que sufría un episodio similar. «No quiero esta gente en Vitoria ni en España», clamó. En este punto, y sobre los insultos lanzados, el fallo agrega que «las expresiones y actitud de los acusados, así como del cuarto varón no identificado, no son apropiadas y no se encuentran justificadas». Sí aprecia la magistrada Zulueta indicios de un delito de injurias o de vejaciones leves. «Pero estas conductas están actualmente destipificadas», informa.

Actitud «reprochable»
«Por el solo hecho de que el denunciante y su expareja sean extranjeros y los acusados hayan mantenido una discusión con ellos no se puede concluir que se haya producido un ataque como parte de un grupo cultural, social o ideológico diferenciado», indica la sentencia, que subraya que aquella tarde había más extranjeros en la cola a los que los tres encausados no prestaron ninguna atención. Eso no quita para que la jueza persista en el comportamiento «reprochable» de los procesados, todos autóctonos

De esta manera, la Audiencia no atiende a la petición fiscal de diez meses de guandoca y 3.000 euros de multa para cada sospechoso. Se da la circunstancia de que una condena en esos términos hubiera supuesto el probable ingreso en Zaballa de dos de ellos, al encontrarse en «libertad provisional por esta causa».
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Aquí la noticia del juicio.


 
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