De cómo el BBVA vendió un fondo de inversión a una octogenaria con Alzheimer y a su marido semianalfabeto
El hombre semianalfabeto y la mujer con Alzheimer en una residencia y el bancario les mete los ahorros en un fondo de inversion "conservador".
"Tras el fallecimiento de mi progenitora hace ahora un año y revisando el estado de sus cuentas en el BBVA descubro que lo que mis padres consideraban una cuenta a plazo segura en la que mantener sus ahorros era en realidad, desde 2017, un fondo de Inversión que en ese momento había visto reducido su valor en más de 6.500 euros respecto a una suscripción inicial de 101.000 euros.
En mi primer escrito de queja al BBVA les preguntaba cómo había sido posible que el empleado de la oficina en quien ellos tenían total confianza llevara a una mujer de 79 años con Alzheimer y a su marido de 81 con escasa competencia lectora y nulas competencias digitales a embarcarse en una aventura con semejante nivel de riesgo.
Les preguntaba también cómo un banco como el BBVA había podido llegar a pensar que un anciano, que ni siquiera sabía manejar una tarjeta de crédito y que periódicamente necesitaba acudir a la oficina en persona a retirar efectivo a pesar de sus problemas de movilidad, podía estar informado por sus propios medios sobre la evolución negativa que estaban teniendo sus ahorros.
Y también les preguntaba cómo era posible que el personal de esa oficina no se percatara de que mi padre, con su mujer en una residencia de mayores, malvivía con una media de 400 euros mensuales mientras de su supuesta cuenta a plazo se le esfumaban más de 500 cada mes. Y por qué, al menos en alguna esas visitas a la oficina, no recibió alguna mínima información o advertencia.
¿Cómo le explicaba yo entonces a un anciano de 86 años que acababa de perder a su mujer que el banco en el que él creía seguros sus ahorros le había llevado a perder más de un millón de las antiguas pesetas sin que ni unos ni otros nos hubiéramos enterado?.
Las primeras respuestas del banco no llegaron hasta mucho después, y en forma de alegaciones a la reclamación que formulé a la CNMV.
La primera de esas explicaciones me dejó helado. Para el banco, y supongo que para la autoridad competente, el fondo de inversión QUALITY INVER.CONSERVADORA, FI es un producto catalogado como “no complejo”, aunque la terminología y los conceptos que figuran en las condiciones del contrato requieran algo más que “nivel de usuario” en banca y aunque no haya forma de conocer la evolución de tus ahorros si no eres experto en finanzas y en el manejo de Internet.
La segunda alegación afirmaba que la suscripción del fondo de inversión se realizó a iniciativa de los clientes y que suponer que la contratación se realizara por consejo y bajo la guía de un empleado era mucho suponer.
Para colmo, la representante del BBVA decía en sus alegaciones que en su documentación constaba que mi padre, que puso fin a su escolarización a la edad de 11 años, tenía estudios de bachillerato.
Así que, desde la CNMV, he recibido un informe final motivado sobre mi reclamación en el que como conclusión se indica que “a partir de los argumentos expuestos por las partes y de las consideraciones mencionadas, así como de la documentación aportada al expediente, concluimos que la entidad reclamada ha actuado correctamente respecto a los hechos reclamados.”
Al parecer, dado que el fondo Quality no está considerado un producto complejo, “el Banco no está obligado a evaluar los conocimientos y experiencia del Cliente ni valorar si el producto/servicio al que se refiere esta orden/contrato resulta o no conveniente para él mismo” y por lo tanto “ …no goza de la protección establecida en la normativa reguladora del Mercado de Valores aplicable a los productos/servicios sujetos a evaluación de conveniencia” (literal del contrato)
Entiendo, por consiguiente, que la legislación permite que en casos como éste los bancos puedan vender productos de la complejidad de un fondo de inversión a personas octogenarias con Alzheimer y semianalfabetas aunque no sepan manejar una tarjeta de crédito ni un teléfono móvil y presumir de actuar conforme a las buenas prácticas bancarias.
Lo que ya no me parece que pueda ser tan legal es que alguien diferente a mi progenitora firmara el contrato en su nombre. Su enfermedad estaba tan avanzada que la pobre ya no era capaz ni de echar un garabato."
El hombre semianalfabeto y la mujer con Alzheimer en una residencia y el bancario les mete los ahorros en un fondo de inversion "conservador".
"Tras el fallecimiento de mi progenitora hace ahora un año y revisando el estado de sus cuentas en el BBVA descubro que lo que mis padres consideraban una cuenta a plazo segura en la que mantener sus ahorros era en realidad, desde 2017, un fondo de Inversión que en ese momento había visto reducido su valor en más de 6.500 euros respecto a una suscripción inicial de 101.000 euros.
En mi primer escrito de queja al BBVA les preguntaba cómo había sido posible que el empleado de la oficina en quien ellos tenían total confianza llevara a una mujer de 79 años con Alzheimer y a su marido de 81 con escasa competencia lectora y nulas competencias digitales a embarcarse en una aventura con semejante nivel de riesgo.
Les preguntaba también cómo un banco como el BBVA había podido llegar a pensar que un anciano, que ni siquiera sabía manejar una tarjeta de crédito y que periódicamente necesitaba acudir a la oficina en persona a retirar efectivo a pesar de sus problemas de movilidad, podía estar informado por sus propios medios sobre la evolución negativa que estaban teniendo sus ahorros.
Y también les preguntaba cómo era posible que el personal de esa oficina no se percatara de que mi padre, con su mujer en una residencia de mayores, malvivía con una media de 400 euros mensuales mientras de su supuesta cuenta a plazo se le esfumaban más de 500 cada mes. Y por qué, al menos en alguna esas visitas a la oficina, no recibió alguna mínima información o advertencia.
¿Cómo le explicaba yo entonces a un anciano de 86 años que acababa de perder a su mujer que el banco en el que él creía seguros sus ahorros le había llevado a perder más de un millón de las antiguas pesetas sin que ni unos ni otros nos hubiéramos enterado?.
Las primeras respuestas del banco no llegaron hasta mucho después, y en forma de alegaciones a la reclamación que formulé a la CNMV.
La primera de esas explicaciones me dejó helado. Para el banco, y supongo que para la autoridad competente, el fondo de inversión QUALITY INVER.CONSERVADORA, FI es un producto catalogado como “no complejo”, aunque la terminología y los conceptos que figuran en las condiciones del contrato requieran algo más que “nivel de usuario” en banca y aunque no haya forma de conocer la evolución de tus ahorros si no eres experto en finanzas y en el manejo de Internet.
La segunda alegación afirmaba que la suscripción del fondo de inversión se realizó a iniciativa de los clientes y que suponer que la contratación se realizara por consejo y bajo la guía de un empleado era mucho suponer.
Para colmo, la representante del BBVA decía en sus alegaciones que en su documentación constaba que mi padre, que puso fin a su escolarización a la edad de 11 años, tenía estudios de bachillerato.
Así que, desde la CNMV, he recibido un informe final motivado sobre mi reclamación en el que como conclusión se indica que “a partir de los argumentos expuestos por las partes y de las consideraciones mencionadas, así como de la documentación aportada al expediente, concluimos que la entidad reclamada ha actuado correctamente respecto a los hechos reclamados.”
Al parecer, dado que el fondo Quality no está considerado un producto complejo, “el Banco no está obligado a evaluar los conocimientos y experiencia del Cliente ni valorar si el producto/servicio al que se refiere esta orden/contrato resulta o no conveniente para él mismo” y por lo tanto “ …no goza de la protección establecida en la normativa reguladora del Mercado de Valores aplicable a los productos/servicios sujetos a evaluación de conveniencia” (literal del contrato)
Entiendo, por consiguiente, que la legislación permite que en casos como éste los bancos puedan vender productos de la complejidad de un fondo de inversión a personas octogenarias con Alzheimer y semianalfabetas aunque no sepan manejar una tarjeta de crédito ni un teléfono móvil y presumir de actuar conforme a las buenas prácticas bancarias.
Lo que ya no me parece que pueda ser tan legal es que alguien diferente a mi progenitora firmara el contrato en su nombre. Su enfermedad estaba tan avanzada que la pobre ya no era capaz ni de echar un garabato."