Lady_A
Madmaxista
- Desde
- 28 Ene 2021
- Mensajes
- 7.488
- Reputación
- 11.439
Subirla a la nube dice el pavo sin saber que eso cuenta como difusión.
Por cierto, mira lo que le paso a un amigo tuyo que tuvo una genial idea semejante.
Juzgado de Madrid, Junio 2022
Primo tuyo debe ser.
No es legal grabar actos sensuales sin el consentimiento de las dos partes.
Si solo es una grabación anterior puede pero en el acto no es legal. Solo es legal si la saben las dos partes.
En el caso del Junio del 2022 son solo los integrantes del video. Ella lo denuncio, el esta condenado. Ninguna de las otras mujeres denunciaron. Se le culpo ñ.
Pero es que ya no es así.
No se si un audio pueda saltarse esta resolución pero vídeos no desde luego y como propone el op subirlo a una cuenta personal tampoco porque a los 1-4 años se le suma difusión al ser otro dispositivo, no importa que sea privado. La difusión no se mide así, es distribuir el vídeo entre distintos canales, así que suma 2-5 años
Por cierto, mira lo que le paso a un amigo tuyo que tuvo una genial idea semejante.
Juzgado de Madrid, Junio 2022
Primo tuyo debe ser.
No es legal grabar actos sensuales sin el consentimiento de las dos partes.
Si solo es una grabación anterior puede pero en el acto no es legal. Solo es legal si la saben las dos partes.
Cada vez que tengáis que interactuar con una mujer, lo mejor es llevar un teléfono con la función de grabadora activa, a ser posible, activada pero no visible, con la pantalla apagada, pues, poniendo el móvil encima de un mueble, cercano a la conversación.
Es vital que la mujer no se entere de que la estás grabando, que se la escuche en la conversación de forma natural, que no pueda decirle al tribunal que sabía que la estabas grabando y que estaba coaccionada. Es TOTALMENTE LEGAL grabar una conversación en la que TÚ participas, con objeto de aportarla a un procedimiento judicial. La clave, como digo, es que ella no pueda alegar una coacción. Un proceidmiento de violación o agresión es un procedimiento ordinario y se juzga en la Audiencia Provincial, con un tribunal conformado por tres jueces. Los jueces escucharán la conversación y decididrán si hubo o no violación (en estos casos, salvo en casos muy mediáticos como el de La Manada, suelen fallar a favor del reo, ya que suele ser una prueba impepinable de descargo).
Ni cotiza que cada vez que ***éis con una desconocida, tenéis que efectuar este procedimiento, siendo que lo mejor es que el sistema esté configurado para que las grabaciones suban a la nube automáticamente, para que en caso de que perdáis el móvil, os lo roben, etc., las conversaciones no se pierdan.
fulastre, EN TODOS ESOS CASOS, EL QUE PONE LA fruta GRABADORA NO ESTÁ DENTRO DE LA CONVERSACIÓN Y GRABAR CONVERSACIONES AJENAS ES ILEGAL, SEAN DE TUS HIJOS, DE TU MUJER, O DEL PAPA DE ROMA.
AQUÍ ESTANOS HABLANDO DE GRABAR UNA CONVERSACIÓM EN LA QUE TÚ ESTÁS PARTICIPANDO.
En el caso del Junio del 2022 son solo los integrantes del video. Ella lo denuncio, el esta condenado. Ninguna de las otras mujeres denunciaron. Se le culpo ñ.
¿Tu sabes leer? Justamente el artículo dicd lo contrario, que se cambió.
Y es que era lógico. No tenía sentido para casos de coacción, maltrato o mobbing.
¿Que le vas a decir a tu jefe? Perdona, pero antes de insultarme, ¿te importa que grabe?
Pero es que ya no es así.
No se si un audio pueda saltarse esta resolución pero vídeos no desde luego y como propone el op subirlo a una cuenta personal tampoco porque a los 1-4 años se le suma difusión al ser otro dispositivo, no importa que sea privado. La difusión no se mide así, es distribuir el vídeo entre distintos canales, así que suma 2-5 años
https://www.abogacia.es/actualidad/...ento-mientras-mantenian-relaciones-sensuales/
Última edición: