La sentencia de los ERE se conocerá después de las elecciones andaluzas para "no interferir" en el resultado

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Fuentes jurídicas consultadas por LD aseguran que el Supremo seguirá cumpliendo con su doctrina para "no desestabilizar periodos electorales".

https://s.libertaddigital.com/images/tras*.pngMagdalena Álvarez, Manuel Chaves, José Antonio Griñán y Gaspar Zarría, en el banquillo de los ERE | EFE
La sentencia sobre los ERE del PSOE en Andalucía que dictará la Sala Penal del Tribunal Supremo se conocerá después de las elecciones de esta Comunidad Autónoma para "no interferir" en el resultado. Este lunes, el presidente andaluz Juanma Moreno convocaba las elecciones autonómicas en la región para el próximo 19 de junio.
Mientras, el Supremo celebrará los próximos 4 y 5 de mayo una vista pública sobre los recursos presentados contra la sentencia de los ERE de la Audiencia Provincial de Sevilla sobre el reparto de 679 millones de euros entre los años 2000 y 2009 como ayudas al empleo con "un absoluto descontrol". La Fiscalía ya solicitó al Supremo el año pasado que confirme las 19 condenas.
Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital aseguran que "la sentencia no se conocerá antes de saber el resultado de las elecciones autonómicas andaluzas". "A parte de la complejidad técnica de la sentencia que afecta a dos expresidentes andaluces y a otros 17 ex altos cargos del Gobierno andaluz del PSOE, el Alto Tribunal seguirá cumpliendo con su doctrina para no desestabilizar o influir en periodos electorales con sus decisiones", añaden.
El expresidente socialista andaluz José Antonio Griñán fue condenado a 6 años de prisión y 15 años de inhabilitación por delitos de malversación de fondos y prevaricación. Por su parte, Manuel Chaves fue condenado a 9 años de inhabilitación para empleo o cargo público por otro delito continuado de prevaricación. En prisión también ingresarían los exconsejeros Antonio Fernández, Francisco Vallejo, José Antonio Viera y Carmen Martínez Aguayo, mientras que sobre Gaspar Zarrías y Magdalena Álvarez pesan 9 años de inhabilitación.
El tribunal que deberá resolver en el Supremo los recursos sobre los ERE está integrado por los magistrados Juan Ramón Berdugo (presidente), Ana María Ferrer, Carmen Lamela, Susana Polo y Eduardo de Porres (ponente de la sentencia).
Relacionado
La sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla sobre el procedimiento de concesión de las ayudas sociolaborales de los ERE indicaba que los expresidentes de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán y Manuel Chaves, eran en cada uno de los casos "plenamente consciente de la palmaria y patente ilegalidad de los actos" en que participaron.
En el caso de Griñán, apuntaba el fallo, que "la presupuestación de gastos ficticios", en referencia a la inclusión en el Presupuesto de IFA-IDEA de gastos que no eran suyos sino de la Consejería de Empleo, "evidencia que la Consejería de Economía y Hacienda conocía que las subvenciones no eran concedidas por IFA-IDEA, sino por la Consejería de Empleo, pues de lo contrario, no hubiese sido necesario presupuestar los citados gastos ficticios".
En el caso de Chaves señalaba la Audiencia de Sevilla que "como presidente del Consejo de Gobierno aprobó las modificaciones presupuestarias que afectaron al programa 31L, que por su cuantía eran competencia del Consejo de Gobierno, hasta su cese en abril del año 2009", así como le atribuía que como presidente del Consejo de Gobierno "participó en la aprobación del anteproyecto de Presupuestos y envió el proyecto al Parlamento", circunstancia que le llevaba a concluir que lo hizo "conociendo que dentro del programa 31L se consignaba indebidamente la tras*ferencia de financiación al IFA, concepto 440.51 en materia de relaciones laborales".
Los recursos de Griñán y Chaves
En su recurso, presentado en junio de 2020, Manuel Chaves indicó que hubo una aplicación indebida de la tipificación de prevaricación, pues la sentencia condenatoria le achacaba que como presidente de la Junta "participó en el dictado de unas 'resoluciones' que se califican como prevaricadoras", en relación a los acuerdos del consejo de gobierno para los anteproyectos de Ley de presupuestos autonómicos y su elevación al Parlamento andaluz, con las partidas presupuestarias de las que se nutrieron los ERE y ayudas indagadas.
En el recurso que presentó José Antonio Griñán, argumentaba, entre otras cosas, que se dio una aplicación indebida de la tipificación de los delitos de prevaricación y malversación; que hubo error en la apreciación de la prueba, falta de claridad en los hechos probados, una "manifiesta contradicción" en la propia sentencia, lesiones a los derechos a la tutela judicial efectiva, al derecho de defensa y a la tutela judicial y presunción de inocencia.


Lo normal en España. Ocultar la cosa, no sea que la gente se entere que hay gato encerrado.
 
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