La justicia avala el pasaporte el bichito en restaurantes, gimnasios y residencias en Catalunya


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PERFECTAMENTE COMENTADO POR ARCONTE |
COMO RECLAMAR CUALQUIER INTENTO DE EFRENTAMAMIENTO ENTRE CLIENTES Y EMPRESARIOS POR PARTE DE LOS SATANICOS DEL PASAPORTE el bichito
POR JURISTAS



El canal Luz Jurista publica un PDF con los pasos que hay que dar si en un establecimiento se nos pide un certificado el bichito
Por​

El Diestro 5 agosto, 2021

Parece que tanto al gobierno central como a los gobiernos autonómicos les importa bastante poco saltarse las leyes a la torera para aplicar sus restricciones dictatoriales en las que utilizan el bichito como excusa. La última “idea” que se les ha ocurrido a varias comunidades es la imposición del famoso pasaporte el bichito con el que se impediría entrar a a cierto tipo de establecimientos a los no medicados. Y a pesar de que tribunales como el Superior de Justicia de Canarias ha tumbado esa medida en aquella región, otras comunidades como la de Galicia hacen como si no se hubieran enterado y siguen imponiendo ese mismo tipo de restricciones que son, a todas luces, completamente ilegales.
Para que todos sepamos lo que hacer cuando nos encontremos con situaciones como estas en un establecimiento, el canal de Telegram ‘Luz Jurista’, que puedes seguir a través de este enlace, ha confeccionado un PDF orientativo para que conozcamos todos los recursos legales que tenemos a nuestra disposición cuando nos encontremos con situaciones de este tipo.

El PDF contiene información sobre:
  • Pasos a seguir cuando un establecimiento te solicite PCR negativa o certificado de banderillación.
  • Cómo pedir hoja de reclamaciones, su contenido y ejemplos.
  • Cómo presentar una reclamación ante Consumo.
  • Otros órganos ante los que denunciar.
Tomen buena nota y defiendan sus derechos porque, de lo contrario y al paso que vamos, no nos va a quedar ninguno.
PROTOCOLO para ciudadanos – entrada en establecimientos

Luz Jurista 2 de agosto de 2021 1

Protocolo 1.0 para consumidores
Introducción
Ya conocemos las intenciones de los que dirigen todo esto y resulta adecuado
dar una respuesta contundente ante sus actuales o futuras medidas, las cuales
afectan directamente a nuestros derechos fundamentales de manera
arbitraria y desproporcionada. El artículo 16 de la Declaración de derechos del
hombre y el ciudadano de 17891 ya ponía de manifiesto cómo de nada vale el
reconocimiento de una serie de derechos, si no se rodea de instrumentos que
aseguren su eficacia. Dichos instrumentos2, a día de hoy, parecen ser inútiles o
demasiado lentos para actuar frente a las vulneraciones de derechos que se
están cometiendo bajo la excusa de la crisis sanitaria. Es por ello que desde el
canal Luz Jurista lanzamos una serie de “PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN”, a
semejanza de los que ellos adoptan, para ofrecer herramientas sencillas y útiles
a nuestros seguidores –siempre de forma totalmente gratuita y accesible-.
¿Qué hacer si eres un consumidor y te piden PCR negativa o
certificado el bichito para entrar en un establecimiento?
Como explicamos en el Chat del canal Luz Jurista, ante todo, debemos hablar
con seguridad y educación. No es necesario armar un espectáculo ni alzar la
voz porque perderemos seriedad y acabaremos seguramente perjudicados si
llaman a la policía (podrías terminar con una multa por desórdenes públicos,
por desobediencia o incluso agravarse tanto la situación que acabes
denunciado por algún presunto delito). Tus palabras tendrán mucho más valor
si se dicen de la forma adecuada, sin insultar ni amenazar a nadie. Teniendo esto en cuenta, si al disponerte a entrar en el establecimiento se te
requiere para que muestres un documento que acredite PCR negativa o
certificado el bichito, el Protocolo 1.0 sería el siguiente: 1 Artículo 16 de la Declaración de derechos del hombre y el ciudadano de 1789: “Una Sociedad
en la que no esté establecida la garantía de los Derechos, ni determinada la separación de los
Poderes, carece de Constitución.”
2 En nuestra Constitución, el sistema de protección de los derechos fundamentales consta de
una serie de garantías normativas (reserva de ley, respeto al contenido esencial, procedimiento
agravado de reforma), jurisdiccionales (procedimiento preferente y sumario ante órganos
judiciales ordinarios, recurso de amparo) e institucionales (Defensor del Pueblo, Ministerio Fiscal) –
todos ellas previstas en el art. 53 CE.

Luz Jurista 2 de agosto de 2021 2

Primer paso
Explicar amablemente que la documentación que se te solicita contiene
información privada sobre tu salud que sólo un profesional sanitario puede ver
y tratar según la Ley Orgánica de Protección de Datos y la Ley General
Sanitaria.
Segundo paso
Si te insisten en que debes mostrar los documentos para poder entrar al
establecimiento, lo siguiente será pedir el libro de hojas de quejas y
reclamaciones. Basta decir algo como por ejemplo: “de acuerdo, tráigame el
libro de reclamaciones” (dilo con tranquilidad y seguridad)
En ese momento, el trabajador avisará seguramente al encargado del
establecimiento para que te atienda. Simplemente tienes repetirle lo mismo
que le dijiste al trabajador, pedir la hoja de reclamaciones y solicitar los datos
de identidad del trabajador y del encargado (nombre y apellidos para
incluirlos en nuestra hoja de reclamaciones y en la reclamación a consumo). Todos los establecimientos están obligados a tener un libro de reclamaciones y
a exhibir un cartel en el que se anuncie su existencia pues, de no ser así, serán
sancionados.
“Desde Consumo, se recuerda que la entrega de la hoja de quejas y reclamaciones a la
persona solicitante será obligatoria, inmediata y gratuita (en plazo máximo de 5 días si se solicita
por correo), sin que sea necesario que la persona haya consumido para que se proceda a su
entrega. Además, la persona podrá sacar la hoja del establecimiento y rellenarla en otro lugar
antes de entregarla a la empresa, que deberá firmar y sellar cada uno de sus ejemplares
únicamente a efectos de acuse de recibo.”
Por ello, si el establecimiento no cuenta con el cartel o el libro de
reclamaciones puedes llamar directamente a la Policía Local para que
levanten acta y pongan los hechos en conocimiento del órgano competente
para que inicie el procedimiento sancionador. También llamaremos a la Policía Local cuando el encargado del
establecimiento no quiera darte la hoja de reclamaciones por cualquier
motivo.

Luz Jurista 2 de agosto de 2021 3
Cuando los agentes lleguen al lugar, deberás explicarles todo lo sucedido: - Que te disponías a entrar en el establecimiento cuando te han
solicitado documento que acredite PCR negativa o certificado el bichito - Que no quieres mostrar esa información porque contiene datos de
carácter reservado relativos a tu salud y protegidos por la Ley Orgánica
de Protección de Datos. - Que los trabajadores del establecimiento carecen de formación para
valorar la documentación al ser competencia del personal sanitario. - Que al solicitar la hoja de reclamaciones del establecimiento, se te ha
negado (o no existe) - Que quieres poner una reclamación ante el Ministerio de Consumo y
necesitas la copia de la hoja de reclamaciones Puede que los agentes te digan que la nueva normativa anti-el bichito exige que
muestres esa documentación para poder entrar al establecimiento pero, en
ese caso, tan sólo tienes que decirles que no estás de acuerdo con la
normativa y que quieres ejercer tus derechos como consumidor a través de
una reclamación.
Recuerda mantener la calma en todo momento y expresarte con seguridad.
Los agentes se ocuparán de exigir el libro de reclamaciones al establecimiento
para que puedas rellenar tu hoja sin mayor problema. Si la empresa se sigue
negando a entregarte la hoja, levantarán acta para su posible sanción.
Puedes pedir copia del acta en comisaría para adjuntarla al escrito dirigido a
Consumo.
Tercer paso
Cuando tengas la hoja de reclamaciones deberás explicar lo sucedido. Ten en
cuenta que el espacio para rellenar no es muy extenso, así que procura ser
conciso. Explica los hechos, no es necesario que pongas ningún fundamento
jurídico.
Al final del documento pondré un par de ejemplos para que podáis tenerlos a
mano llegado el momento. Deben darte una copia sellada de la reclamación.

Luz Jurista 2 de agosto de 2021 4

Cuarto paso
Una vez tengamos la copia de la reclamación sellada por el establecimiento
deberemos preparar un escrito para Consumo. Esta vez recomiendo introducir
tanto los hechos como los fundamentos jurídicos para ver la respuesta de
Consumo  esto puede ser muy interesante Prepararemos el escrito siguiendo el modelo que publicaremos esta misma
semana. Al escrito dirigido a consumo debe adjuntarse:
 la copia de la hoja de reclamaciones sellada por el establecimiento
 la copia del acta de la Policía Local, en el caso de que se negasen a
darte la hoja o no tuviesen libro de hojas de quejas y reclamaciones
Quinto paso
Las denuncias de consumo pueden ser presentadas en la Administración de
las siguientes formas:
1º.- En formato papel, presentando la denuncia de consumo en el registro
público:
o De la Oficina Municipal de Información a la Persona Consumidora de su
localidad, en el caso de que exista alguna.
o Del Servicio de Consumo Provincial
o De la Dirección General de Consumo de la Consejería correspondiente Además, de acuerdo con lo indicado en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, los escritos que se dirijan a la Administración, podrán presentarse,
entre otros lugares:
o En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se
dirijan, así como a los restantes registros electrónicos de la
Administración General del Estado, las Administraciones de las
Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración
Local y del sector público institucional.
o En las oficinas de Correos.
o En las oficinas de asistencia en materia de registros. Hay que tener en cuenta que en cada Comunidad Autónoma hay un órgano
competente en materia de consumo. En bibliografía os dejo un enlace con la
normativa de consumo de cada Comunidad Autónoma.
2º.- En formato electrónico, a través de la página web del órgano competente
en materia de consumo de tu Comunidad Autónoma o a través del Registro
Electrónico de la Administración General del Estado –AGE- en el que
encontrarás dichos órganos filtrando.

Luz Jurista 2 de agosto de 2021 5
Enlace al Registro Electrónico General de la AGE: https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroEle
ctronicoComun.html
Si necesitáis ayuda en este paso podéis consultar en el chat y nos podremos en
contacto contigo.
La vía penal ...
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No se puede comparar el DNI con los datos medicos CONFIDENCIALES. Esos datos solo los puede un juzgado y pedir con orden judicial directa sobre el titular de esos datos medicos, no se pueden pedir en base a ninguna ley o decreto y orden ministerial, son datos confidenciales protegidos por ley organica y por la Constitucion.

Nadie te puede pedir un dato medico sin orden judicial a tu nombre.
 
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