Eremita
Eminencia Reverendísima
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Es decir, reconoces que en última instancia tienen que publicar en el BOE la notificación. Si no lo hacen entonces no agotan todas las posibilidades.
Esa es su interpretación particular.
Los Antecedentes Penales se borran pasado el tiempo de Ejecución.
O sea, como norma genérica en este tipo de caso de puede solicitar su borrado a los 12 meses.
La cara Txapoteando en la Mesa Electoral no se borra tan fácilmente.
El que no desee ir obligado que no lo haga.
Que recuente Txapote.
Enviado desde mi OLIVETTI LINEA-98
No se de dónde saca ese plazo de 12 meses.
"cancelar los antecedentes penales (art. 136 del Código Penal):
No haber delinquido de nuevo durante los siguientes plazos:
- Seis meses para las penas leves.
- Dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
- Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
- Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
- Diez años para las penas graves.
- https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/tramites/solicitud-cancelacion
La sanción es de pena de prisión de tres meses a un año o una multa de seis a 24 meses."
Pero, vamos, si lo desean con muchas ganas y cerrando muy muy fuerte los ojos, sus deseos se cumplirán. Además hay muchos havojaos de secano en el hilo y seguro que juntando las manos en corrillo lo consiguen. Ni la ley ni yo, somos nadie para poner coto a sus deseos y a su imaginacion. Pink Power for ever!!!
Ha visto la película de Barbie? Le va a encantar.