Dr. Fleischman
Estromatolito
Reducción de jornada por cuidado de hijos cuenta el 100% del tiempo de cotización los tres primeros años de reducción.
Si es reducción de jornada por familiares cuenta el primer año de reducción.
A partir de ahí ya cuenta como cualquier otra reducción de jornada por otro motivo.
Buscad por gugle guarda legal
Una cosa es la cotización (la pasta), que se incrementa hasta ciertos plazos, y otra es el coeficiente de parcialidad, con lo que se calcula el periodo cotizado.
Acabo de poner un caso real de vida laboral mi mujera (media jornada, por cuidado de hijo menor de 12 años), no le aplican coeficiente:
Aclaro que esto es así cuando el contrato inicial es de jornada completa. Si el contrato inicial es de jornada reducida, y lo reduces a su vez por cuidado de hijos, ahí creo que sí te aplican coeficiente de parcialidad (que entiendo que será el original), pero de esto no tengo experiencia.
En cualquier caso, parece que tiene efectos retroactivos (es decir, el coeficiente desaparece):
Eliminación del coeficiente global de parcialidad - CREINSA
Coeficiente global de parcialidad. Eliminación del coeficiente de parcialidad por el Real decreto 2/2023, de 16 de marzo.
www.creinsa.com