antonio estrada
Madmaxista
Que mania de comentar sin leer antes.
Lo unico que dice es que sea el titular de la deuda el que la reclame, no el intermediario de ella.
Como tenga razón vamos a tener unas risas
Yo lo leí entero y también lo veo así. Si un banco alemán tiene una deuda referente a un piso hipotecado en Cuenca deberá ser el banco alemán quien litigue, ya que es el acreedor real.
Que es la razón por la que se cambió la constitución ya lo dijeron en su momento. Era un cambio para que los bancos alemanes cobraran.