luis76
LA fin ES LA VERDAD DE LA EXISTENCIA
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Esto es lo que dice la Constitución:
La Constitución estableció que 4 fuesen elegidos por ⅗ del Congreso de los Diputados y otros 4 de igual manera por el Senado. La Ley Orgánica 2/2015 vigente y la Ley Orgánica 6/1985, conceden la elección para los 12 restantes también al Congreso y al Senado.
La ley dice que eso ya no es así y el gobierno dice que se va a hacer de otro modo, a su favor claro.
También que no hay delito de sedición.
Pero dices que la Constitución no la cambian....
...ya.
platano suciata, pa'dentro figura.
Art. 122. 3. El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un periodo de cinco años. De estos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica; cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión.
Y ahora explícame qué han modificado del texto constitucional si lo que se cambia es la ley orgánica.