Israel

Estado
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Gracias, entonces ¿en qué nación preferirías que se divorciase tu hija?

Vamos a ver ideotonto, a tí te han dicho que Israel es una democracia y te lo has creido sin rechistar, lo cierto es que es una teocracia de carácter racista donde cuestiones como el matrimonio y la nacionalidad están en manos de los rabinos.

Para que salgas de tu ignorancia: el matrimonio cívil no existe, sólo cabe la posibilidad del religioso que se rige por el Talmud, y todo se dirime en los tribunales rabínicos, según la ley religiosa judía, el divorcio lo otorga única y exclusivamente el marido, por lo tanto, si el hombre no quiere no hay divorcio, la mujer no puede hacerlo ni alegando malos tratos o abandono y si tiene hijos con otro hombre, serán siempre unos bastardos y ella considerada culpable de adulterio.
 
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Dímelo tú. ¿dónde te gustaría que se casase y divorciase tu hija?

Tu hipotética hija en Israel lo tendría así de claro:

"Plonit v. Ploni", La Alta Corte Rabínica, 1995:

". . . aunque sea cierto que ella lo desprecia no hay razón porque forzarlo a divorciarla como está escrito en El Shulchran Aruch [Compilación Medieval de La Ley Judía], sección 37 pagina 2 'si el marido quiere divorciarla,' pero no hay nada para obligarlo y las autoridades especificadas y aparece en los decretos de los rabinos que inclusive el obligarle a divorciarse, sin ser forzoso, no está permitido y esto viene del Shulchran Aruch que dice que 'si el quiere,' que el asunto depende solamente de lo que el quiere, y por ende debemos concederle su apelación."

Tras apelacion de esta decisión fanático-religiosa ante al Tribunal Supremo judío, la respuesta es clara:

"Plonit v. Ploni", La Corte Suprema de Israel, 1997:

". . .no hay razones para que nosotros intervengamos, dentro de los limites de la función supervisora de esta corte, con las decisiones de las cortes religiosas. Es decir, no somos un nivel de apelación para esas cortes. . . Debemos añadir que, de acuerdo con la sección 2 de la Ley de Jurisdicción de las Cortes Rabínicas (Matrimonio y Divorcio) 5713-1953, la ley que las cortes rabínicas deben aplicar en los asuntos de matrimonio y divorcio es la ley de la Torah [la ley religiosa]. El abogado del demandante no discute que la corte rabínica lo hizo [aplico la ley religiosa], y debido a que la corte lo hizo, aunque el abogado del demandante crea que esta ley no es apropiada, no hay razones para que nosotros intervengamos."
 
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