IRPF: deduce 600€ afiliandote a un partido politico

castguer

Madmaxista
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I don't live
Es tiempo de que los recaudadores del reino vayan protegidos, de aldea en aldea, para elegir las gallinas ponedoras a los aldeanos como tributo por la protección real que el monarca les dispensa.

Es tiempo de cruces aunque no sea Semana Santa. Mientras que, como cada año, Iglesia y Organizaciones Notoriamente Gubernamentales mendigan su asignación tributaria anual solicitando que marquemos la correspondiente casilla de nuestra declaración de la renta, los partidos políticos estatales imponen también su presencia y Razón de Estado en los criterios de Justicia Tributaria rectores de este impuesto.

Así, gracias a la existencia del artículo 61 bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF), al lado de las reducciones de la base liquidable por aportaciones a planes de pensiones, a sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con discapacidad o por pago de pensiones alimenticias y compensatorias recogidas en resolución judicial, nos encontramos ( y esto prueba que los partidos politicos son estatales)con que podemos deducirnos con un tope de 600 euros las cantidades pagadas como cuotas de afiliación y demás aportaciones realizadas por afiliados, adheridos y simpatizantes de los partidos políticos...............

Demos
 
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