Drobed Yug
Madmaxista
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No hay veto ni palos.Artículo 62
Corresponde al Rey:
a) Sancionar y promulgar las leyes.
el rey perdió su derecho de veto en el sXIX.
si el rey hace dejación de funciones con la pretensión de ejercer el veto por la puerta de atrás, el parlamento está legitimado para inhabilitarle hasta que entre en razón.
firma leoncia y ya.
Lo que hay es cumplimiento ESTRICTO de la Constitución:
Artículo 62-i):
Corresponde al rey...
i) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que NO PODRÁ AUTORIZAR INDULTOS GENERALES.