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Será en Octubre
Aberrante
El Gobierno mantiene que las menores puedan decidir si abortan · ELPAÍS.com
El Gobierno se mantiene firme en el punto más polémico de la ley del aborto. El proyecto que aprueba hoy el Consejo de Ministros concede capacidad a las menores de 16 y 17 años para decidir por sí mismas si desean abortar, sin el consentimiento ni conocimiento paterno, a pesar de las discrepancias expresadas públicamente por algunos miembros del PSOE. El Consejo de Estado había recomendado al Ejecutivo que al menos se informe a los padres, pero la posible modificación en este sentido se ha dejado para la tramitación parlamentaria. El Gobierno está dispuesto a negociar si así se llega a un mayor consenso, pero sigue defendiendo su propuesta. Y los partidos de izquierda, cuyo apoyo necesita el PSOE para aprobar la ley, tampoco quieren que se toque este punto. La modificación sí podría ayudar a ganar el voto de algunos diputados de CiU y PNV.
La ministra de Igualdad, Bibiana Aído, argumenta que no debe tratarse el aborto de forma distinta al resto de las prestaciones sanitarias. Según la Ley de Autonomía del Paciente de 2002, los mayores de 16 años tienen plena capacidad para consentir por sí solos cualquier intervención salvo en tres supuestos: ensayos clínicos, aborto y reproducción asistida. Las dos últimas suponen, de hecho, una excepción sólo para mujeres. El proyecto de ley defiende que el aborto debe estar también dentro del régimen general.
Los plazos han quedado igual que en el anteproyecto: 14 semanas para abortar sin necesidad de justificar los motivos y 22 para los casos de grave riesgo para la vida o salud de la mujer y de malformaciones fetales. La novedad aparece en la regulación de los abortos posteriores a la semana 22. Ya no se excluye a los médicos que se hayan manifestado públicamente contrarios al aborto de los comités clínicos que participen en las interrupciones de embarazos tardíos, y el tipo de intervención se modifica también.
Estos abortos suelen producirse cuando, en un momento avanzado de una gestación deseada se diagnostica una grave malformación fetal. Son casos en los que no es seguro que el bebé muera nada más nacer pero se sabe que sufrirá padecimientos graves e incurables durante el tiempo que viva, por lo general corto. La regulación actual no solventa este problema, y las españolas empezaron hace un par de años a viajar a Francia para abortar. La legislación de este país lo permite en embarazos tardíos siempre y cuando un comité clínico formado por varios especialistas lo autorice.
El Gobierno había adoptado una fórmula parecida a la francesa en el anteproyecto de ley, con una diferencia: prohibía que los médicos que se hubieran manifestado contrarios al aborto formaran parte de estos comités. El informe del Consejo de Estado, el del Consejo Fiscal y el que no fue aprobado por falta de acuerdo del Consejo General del Poder Judicial avisaron al Gobierno de que la exclusión genérica de los médicos antiabortistas era dudosamente constitucional. Por eso, el Gobierno se ha visto obligado a cambiar el modelo. Ya no impide a los médicos contrarios al aborto formar parte de estos comités. A cambio, ya no autorizan la interrupción de los embarazos. Sólo confirman el diagnóstico de gravedad.
Cada comunidad autónoma deberá tener al menos un comité clínico en un centro de la red sanitaria pública. En los comités habrá tres personas designadas por las autoridades sanitarias competentes (las comunidades autónomas): dos médicos especialistas en ginecología y obstetricia o expertos en diagnóstico prenatal y un pediatra. Uno de los tres podrá ser elegido por la progenitora.
El comité determinará si, efectivamente, el feto sufre una enfermedad "extremadamente grave e incurable". Una vez que este diagnóstico esté confirmado, la mujer será quien decida sobre la intervención.
El Gobierno temía que en determinadas comunidades autónomas donde gobierna el PP, contrario a la nueva ley del aborto, se nombraran comités que no autorizaran las interrupciones del embarazo. Con esta nueva redacción, queda aún el peligro de que médicos antiabortistas se nieguen a diagnosticar enfermedades incurables y de extrema gravedad en el feto, pero es un riesgo atenuado. Por un lado, se quita a los médicos la responsabilidad jovenlandesal de autorizar o no un aborto. Por otro, es difícil que, por motivos de conciencia, un especialista falsee a sabiendas un diagnóstico clínico. Además, el hecho de que la mujer pueda elegir un especialista también supone que al menos uno de los tres médicos no será antiabortista.
De cualquier forma, sigue siendo un tema complicado que debe aún concretarse para evitar que, por motivos de conciencia, se frustren algunas interrupciones de embarazo legítimas según la ley. No queda claro, por ejemplo, que es una enfermedad "de extrema gravedad". Sobre este punto podría haber discrepancias entre los especialistas. Los detalles de funcionamiento de estos comités se determinarán reglamentariamente, según dispone el proyecto de ley.
El Gobierno ha modificado también algunos puntos como la proporcionalidad de las penas a mujeres -que siguen sin ser sancionadas con pena de guandoca- y médicos y la información que se da a las mujeres que deseen abortar. Este punto, relacionado con la protección del feto, es clave para garantizar que el Tribunal Constitucional, que se pronunciará con total seguridad sobre esta norma, la avale.
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