La única manera de conseguir bitcoin anónimos es que alguien antes haya pasado un KYC para comprarlos
Dicho lo cual, si es legal comprarlos es legal usarlos y es legal cobrarlos. Porque tú compras BTC y al momento los usas para una compra y no tienes por qué declara una cosa a hacienda ya que no hubo incremento patrimonial y es una moneda de curso legal.
Lo que es ilegal es no declararlos quien los recibe, pero claro, nadie puede exigirte declarar lo que no saben que tienes ni pueden probar que tienes ¿no?
a ver cuántos orates dan la address de un exchange con KYC y no el de una cold wallet para cobrar el dinero
Venga os doy una pista de como tributar pagando lo menos posible. Es complejo pero es la ley hecha trampa. Compras como persona fisica bitcoin siendo autónomo, acto seguido compras productos para una empresa X la cual responde como una persona juridica y declara la venta. Ya tienes los bitcoños a nombre de una persona juridica que es una SLU, pero el CIF no eres tú. Primera bala con Hacienda esquivada y encima con suerte hasta te puedes desgravar los bitcoños que has invertido ya que es una pérdida patrimonial si eres capaz de justificar la compra en bitcoin como algo para tu empresa (autónomo, persona física) la que vende es la jurídica, ojo con eso.
10 años después el bitcoño que valía 1.000€ ahora vale 60.000€. Esos 59.000€ no tienes que declararlos porque son de una persona jurídica. Aún no puedes usarlos pero calma, si lo rescatas como dividendo te meten la leche padre con el IRPF ejpañol para pagar a feminista radicals, jovenlandeses y gaies.
Ahora decides como persona jurídica hacer un dividendo a repartir entre tu órgano administrativo, osea, tu persona física porque eres una SLU. Te cambias antes el domicilio a Andorra o Portugal, te haces el dividendo residiendo allí en bitcoños (es legal en Europa) y lo tributas a un tipo superreducido. Importante hacer el dividendo en cripto y sólo cuando estés ya con el domicilio cambiado. Te vuelves a cambiar el domicilio a España después. Nadie te puede decir nada porque el origen de ese dinero está en una persona jurídica que nunca ha dejado de tener razón social en España. Hacienda sabe que tienes la ganancia en tu poder y que la has tributado a un tipo reducido o superreducido en lugar de dejar que te mangoneen casi el 50%.
Y todo esto teniendo una SLU y siendo autónomo. Lo de ser autónomo es opcional y para el primer paso, por si quieres encima desgravarte esa compra inicial de criptos
Ahora cambia 1.000€ por 40.000 y 60.000 por 2.500.000€