Hacienda va a rastrear los pagos con tarjetas, móviles y wallets.

Tener una cuenta en el extranjero, sin declarar, es una temeridad. Hacienda la descubrirá antes o después, especialmente si hay movimientos importantes.

Puede ser, pero es casi más temerario tener tu dinero en un banco español; a la Ley de Seguridad Ciudadana me remito.
 
Menuda tontería rastrear pagos con tarjeta, en todo caso sería rastrear el efectivo, sin ir mas lejos, los centros comerciales aún aceptan billetes de 200€ y 500€, el otro día vi un tio en Alcampo pagando con un billete de 500€ y me quedé roto2
 
Hacienda sopesa rastrear todos los pagos con tarjetas en busca de fraude fiscal
Desvela a Bruselas su plan para obligar a bancos, medios de pago y entidades de dinero electrónico a dar información masiva de los movimientos de usuarios
Los asesores avisan de que aflorarán incumplimientos de baja cuantía


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El Ministerio de Hacienda se plantea obligar a los bancos, a las entidades de medios de pago y a las plataformas de dinero electrónico –muchas de ellas vinculadas a los grandes gigantes tecnológicos globales (Google Pay, Amazon Coins y Meta Pay)– a proporcionarle información masiva de los movimientos con todo tipo de tarjetas u otros medios de pago como 'wallets' o móviles realizados por sus clientes.

Así se lo ha trasladado a la Comisión Europea dentro del informe de evaluación de la ley de medidas de lucha contra el fraude de 2021 que el Gobierno estaba obligado a enviar a Bruselas en diciembre si quería cumplir con los compromisos vinculados al cuarto pago de los fondos del mecanismo europeo de recuperación, cuya autorización definitiva por parte de las autoridades europeas aún se espera.


Aunque en principio el informe debía incluir una evaluación independiente de las medidas aprobadas y una explicación razonada por parte de Hacienda sobre la aceptación o no de las recomendaciones por los evaluadores independientes, un proceso que se ha resuelto con el rechazo de todas ellas, el Ministerio de Hacienda decidió incluir un último capítulo con propuestas técnicas que, en su opinión, «pueden contribuir a la disminución del fraude fiscal por suponer una mejora de la lucha contra el mismo».

Es en estas cuando Hacienda desliza que «podría valorarse el establecimiento de una nueva obligación de información que incorpore las operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas, incluyendo tarjetas de crédito, de débito, tarjetas prepago con o sin cuenta bancaria asociada, tarjetas de pago virtuales o para compras online y otras tarjetas de cualquier denominación y en cualquier moneda».


Cambio de reglamento
La idea del ministerio pasa por un cambio en el reglamento que regula los procedimientos tributarios para ensanchar las obligaciones de informar a la Agencia Tributaria que ya tienen las entidades financieras. A día de hoy, la norma les exige informar sobre todas las cuentas abiertas en sus respectivas entidades, identificando con nombres y apellidos a sus titulares, de los saldos que superen los 6.000 euros, de todas las operaciones de crédito o préstamo, y de los ingresos o disposiciones de fondos en metálico y de todas las operaciones con tarjeta que superen el umbral de los 3.000 euros.

A los servicios de gestión e inspección de Hacienda toda esa información, que ya les ofrece un panorama bastante rico de las operaciones con intermediación bancaria de mayor entidad que se realizan en España, no le debe parecer suficiente y plantea dar un paso más y poner bajo control la totalidad de los movimientos, con independencia de su cuantía, que se realicen a través de tarjetas.

La intención de la administración tributaria es incrementar los flujos de información que entran en sus ya gigantescas bases de datos en tres direcciones. En primer lugar, garantizándose el acceso a la totalidad de las operaciones con tarjeta que se realizan en España, con independencia de su cuantía. En segundo lugar, ensanchando la tipología de tarjetas sobre las que dispone de información, que actualmente se limita a las de crédito y de débito, e incluyendo las tarjetas prepago, los monederos electrónicos y cualquier otro producto utilizado como medio de pago. Y, finalmente, ampliando la obligación de informar no solo a las entidades bancarias y de crédito como sucede ahora, sino también a las entidades autorizadas para emitir dinero electrónico (16 al cierre de 2022, diez nacionales y seis extranjeras con sucursales en España) y a las entidades de medios de pago, que superan el medio centenar (son unas 300) a las que operan como bancos.

«Es una vuelta de tuerca más en la estrategia de la Agencia Tributaria de mejorar la información de que dispone de los contribuyentes», resume un ex alto directivo de la Agencia Tributaria enrolado ahora en el sector privado. «En realidad, la Agencia ya puede acceder a esa información a partir de requerimientos a las entidades, de este modo se tendría un acceso automático y más sencillo», explica.

Información masiva
Otra fuente no oficial de la Agencia, que ha declinado pronunciarse sobre una propuesta que aún no se ha recogido en una iniciativa regulatoria, aclara que la administración tributaria ya dispone de información de muchas operaciones a través de las TPV, pero que tiene un control menos preciso a día de hoy de las recargas de monederos electrónicos y de las operaciones con tarjetas prepago, por ejemplo.

Otra duda afecta a los potenciales problemas operativos que podría generar la tras*misión de un flujo de información tan masivo por parte de las entidades obligadas. Fuentes del sector financiero subrayan su disposición a proporcionar la información que se les solicite por parte de las autoridades tributarias, como ya hacen, recuerdan, con el pago de las pensiones o el cobro de multas e impuestos, y aclaran que los avances tecnológicos incorporados en los últimos años les permiten atender a este tipo de requerimientos, aunque es probable que el carácter masivo de la información que se solicitaría en caso de prosperar esta propuesta demandara alguna inversión extra en tecnología. En este sentido, deslizan que lo que sería adecuado es que las demandas de información a los bancos se extendieran a otros actores del sector que también actúan como intermediarios de pago.

El acceso a semejante volumen de información de operaciones de baja cuantía abre la puerta a que Hacienda estreche el cerco sobre operaciones cotidianas de baja cuantía de las que se podrían derivar consecuencias tributarias, pero que normalmente no están sujetas a gravamen, como señala Rubén Gimeno, secretario técnico del REAF. «Podrían aflorar operaciones por ingresos recurrentes de baja cuantía por el mismo importe y concepto que a día de hoy tal vez pasan por debajo del radar de Hacienda» y también ingresos por intercambios menores (tipo Wallapop) que podrían estar sujetos a tributación de estar controlados por Hacienda.
En el titular lo pone claro, SOPESA. Otra medida más para meter miedo, hay millones de operaciones diarias, es inviable si no ponen filtros.
 
Hay una normativa en preparación que establece el registro electrónico del DNI del cliente cuando un pago se haga en efectivo y supere los 50€.

Incomodar los pagos en efectivo para ver si se reducen, y, por supuesto, control social. Otro motivo no veo. Porque, ¿no pretenderán con esto reducir el fraude fiscal por los pagos en efectivo, no?
 
En el titular lo pone claro, SOPESA. Otra medida más para meter miedo, hay millones de operaciones diarias, es inviable si no ponen filtros.

¿Inviable...? Hacienda tiene unos sistemas informáticos muy potentes. No hay que subestimar la capacidad de la Agencia Tributaria, que seguramente es la burocracia más eficiente de España...
 
Incomodar los pagos en efectivo para ver si se reducen, y, por supuesto, control social. Otro motivo no veo. Porque, ¿no pretenderán con esto reducir el fraude fiscal por los pagos en efectivo, no?

Pretenden que una parte de esos pagos 'emerja' fiscalmente. Y así aumentar la recaudación. La voracidad de Hacienda es ilimitada...
 
Pretenden que una parte de esos pagos 'emerja' fiscalmente. Y así aumentar la recaudación. La voracidad de Hacienda es ilimitada...

Pero vamos a ver si lo entiendo.

a) Las dos partes quieren operación en B. No se declaraba antes, ni se declarará nada ahora por más que hacienda pretenda que se le remitan las tras*acciones en efectivo de más de 50€.

b) Las dos partes están operando en A. No hay más diferencia con antes, se declaraba y se seguirá haciendo, solo que ahora el Estado tiene información tras*acción a tras*acción, que es lo que yo creo que pretende.

c) El que vende quiere en A y el compra quiere en B. La tras*acción no se hace, ni antes de este cambio normativo, ni después. No hay cliente.

d) El que vende quiere en B y el que compra en A. Lo mismo que la c), la tras*acción no se hace.

e) El que vende quiere en B y al que compra no se plantea lo de ahorrarse el IVA. Entendiendo que el que compra será consumidor final porque si no querría factura, el que tendrá que dar la información a Hacienda es el que vende, estamos en la misma situación que el caso a), ni la amaba antes ni la va a dar después del cambio normativo.

Vamos, que sigo sin ver cómo pretenden aumentar la recaudación con esto.
 
Pero vamos a ver si lo entiendo.

a) Las dos partes quieren operación en B. No se declaraba antes, ni se declarará nada ahora por más que hacienda pretenda que se le remitan las tras*acciones en efectivo de más de 50€.

b) Las dos partes están operando en A. No hay más diferencia con antes, se declaraba y se seguirá haciendo, solo que ahora el Estado tiene información tras*acción a tras*acción, que es lo que yo creo que pretende.

c) El que vende quiere en A y el compra quiere en B. La tras*acción no se hace, ni antes de este cambio normativo, ni después. No hay cliente.

d) El que vende quiere en B y el que compra en A. Lo mismo que la c), la tras*acción no se hace.

e) El que vende quiere en B y al que compra no se plantea lo de ahorrarse el IVA. Entendiendo que el que compra será consumidor final porque si no querría factura, el que tendrá que dar la información a Hacienda es el que vende, estamos en la misma situación que el caso a), ni la amaba antes ni la va a dar después del cambio normativo.

Vamos, que sigo sin ver cómo pretenden aumentar la recaudación con esto.


Si se quiere hacer una operación en 'b', y pagar en billetes, Hacienda lo sabrá si hay pago en billetes por más de 50€, Hasta ahora, esa operación era anónima, pero con ese control deja de serlo, y esa operación queda sujeta a impuestos, por ejemplo a IVA, y a retención de irpf y cuotas de la SS si se trata de pagos por prestación laboral.
 
¿Van a vigilar dónde comen y a cuantos invitan a sus comidas y otros gastos de sus propios compañeros políticos?
 
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