Habemus sentencia contra Alves: "Sólo" 4 años y medio por haber pagado 150.000 € (Si eres rico y pagas, el Estado te castiga con menos guandoca)

Lo que sucede, es que no es lo mismo la sentencia si el acusado tiene o no dinero, porque en caso de tenerlo, tiene mas opciones de presentar un recurso de apelacion, y a los jueces no creo que las gusten mucho los recursos de apelacion, especialmente cuando estos prosperan y reducen la pena. Por eso lo mejor es curarse en salud y dictar una sentencia con una pena baja sobre todo cuando lo que les pediria el cuerpo es absolverlo directamente.

Eso de que a los jueces no les gusten los recursos es una ida de olla.
En penal, las sentencias condenatorias se recurren prácticamente por sistema. Con más o menos dinero que tenga el acusado, y gastándose más o menos en abogados. O con el de oficio.
Lo de "curarse en salud" y dictar sentencias con penas bajas es no saber cómo funciona el sistema. Hay unas reglas de aplicación de las penas. Y da igual que pongas 4 años en lugar de 6, se va a recurrir igualmente.

O sea, que el tipo no indemnizo a la victima, sino que deposito una fianza en concepto de reparacion por si acaso la hubiese forzado sin darse cuenta.

Ya está comentado arriba. No era en concepto de fianza.

De cualquier forma, en los procesos penales se requiere a los acusados para que presten fianza para asegurar las responsabilidades pecuniarias que puedan derivarse del procedimiento (RC, costas...) , y en caso de no prestarse se decreta embargho para cubrirlas. Y por supuesto, prestar esa fianza no implica reconocer nada.
 
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En Expaña no hay yustisia. Puedes apiolar mujeras o violar a tu abuela y enseguida estás en la calle para seguir con lo tuyo.

https://www.20minutos.es/noticia/52...eta-vigo-hombre-condena-apiolar-abuela-amiga/
 
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