Fondo común con esposa, ¿hacienda nos hará pagar?

_neófito_

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Mi esposa y yo tenemos una cuenta común en MyInvestor, ambos de titulares de la misma.

Hemos metido bastante dinero cada uno, en fondos indexados.

¿Habría alguna posibilidad de que Hacienda considerara esos ingresos de mi esposa en nuestra cuenta como un incremento patrimonial mío, y me hiciera pagar?
 
Fondos solo pagas a hacienda si hay beneficios y cuando vendes participaciones.

Pero si sacamos 10.000€ de beneficios, de los cuales cada uno tras*ferimos a una cuenta personal 5.000€, ¿habría que pagar? Porque son beneficios de ambos, deberían dividirse entre dos.
 
Mi esposa y yo tenemos una cuenta común en MyInvestor, ambos de titulares de la misma.

Hemos metido bastante dinero cada uno, en fondos indexados.

¿Habría alguna posibilidad de que Hacienda lo considerara esos ingresos de mi esposa en nuestra cuenta como un incremento patrimonial mío, y me hiciera pagar?

Sólo por ingresarlo, no creo. Es como si haces una tras*ferencia de una cuenta solo suya a una común. Cuantas parejas tienen dos cuentas individuales y una común para gastos donde ingresan un dinero cada mes, si fuera como dices se pasarían el año declarando incrementos patrimoniales.

Cuando saqueis beneficios ya es otro cantar, porque son de ambos titulares.
 
Pero si sacamos 10.000€ de beneficios, de los cuales cada uno tras*ferimos a una cuenta personal 5.000€, ¿habría que pagar? Porque son beneficios de ambos, deberían dividirse entre dos.

Pero... ¿Estáis vendiendo participaciones y eso lo metéis otra vez en el banco? Entonces si pagas a hacienda. Ya te vendrá en el borrador. Y como sois pareja estaréis en gananciales supongo, así que no pasará nada. Otra cosa sería dar ese dinero a un tercero.
 
Cuando saqueis beneficios ya es otro cantar, porque son de ambos titulares.

Exacto, a eso me refería inicialmente, me he explicado mal. Si sacamos 10.000€ de beneficios, por ejemplo 5.000€ a mi cuenta personal, y 5.000€ a una cuenta conjunta en la que ambos somos titulares, ¿considerará Hacienda que es todo beneficios míos, o contabilizará 10.000€ beneficios míos y 5.000€ beneficios de mi mujer? No tendría sentido eso, sumaría 15.000€ irreales.

¿Quizá mejor que mi esposa lo sacase a su cuenta particular, y luego lo ingresara poco a poco en la cuenta común?

Pero... ¿Estáis vendiendo participaciones y eso lo metéis otra vez en el banco? Entonces si pagas a hacienda. Ya te vendrá en el borrador. Y como sois pareja estaréis en gananciales supongo, así que no pasará nada. Otra cosa sería dar ese dinero a un tercero.

Separación de bienes. Sólo que tenemos una cuenta bancaria común para gastos comunes, y luego hemos invertido ambos en fondos de MyInvestor siendo titulares ambos de los fondos.

Me refiero a qué pasaría si, desde la cuenta común de fondos de MyInvestor, vendemos 7.000€ y nos los tras*ferimos a nuestras cuentas.
 
Exacto, a eso me refería inicialmente, me he explicado mal. Si sacamos 10.000€ de beneficios, por ejemplo 5.000€ a mi cuenta personal, y 5.000€ a una cuenta conjunta en la que ambos somos titulares, ¿considerará Hacienda que es todo beneficios míos, o contabilizará 10.000€ beneficios míos y 5.000€ beneficios de mi mujer? No tendría sentido eso, sumaría 15.000€ irreales.

¿Quizá mejor que mi esposa lo sacase a su cuenta particular, y luego lo ingresara poco a poco en la cuenta común?



Separación de bienes. Sólo que tenemos una cuenta bancaria común para gastos comunes, y luego hemos invertido ambos en fondos de MyInvestor siendo titulares ambos de los fondos.

Me refiero a qué pasaría si, desde la cuenta común de fondos de MyInvestor, vendemos 7.000€ y nos los tras*ferimos a nuestras cuentas.
Sois los dos titulares de ambos fondos. Es decir, que vendes participaciones y pagais de la cantidad que ingresáis lo que toca por la ganancia. No veo más complicación.
 
Sois los dos titulares de ambos fondos. Es decir, que vendes participaciones y pagais de la cantidad que ingresáis lo que toca por la ganancia. No veo más complicación.

¿Pero qué porcentaje? Porque si yo ingreso 5.000€ de beneficios en mi cuenta personal, eso tributa al 19%.

Si luego ingresamos 5.000€ en una cuenta conjunta en la que ambos somos titulares, ¿Hacienda me hace pagar a mí un 21% como si fueran 10.000€ (ya que soy titular en ambas cuentas y a ella como si fueran 5.000€ ya que es titular en una? No tiene sentido.
 
¿Pero qué porcentaje? Porque si yo ingreso 5.000€ de beneficios en mi cuenta personal, eso tributa al 19%.

Si luego ingresamos 5.000€ en una cuenta conjunta en la que ambos somos titulares, ¿Hacienda me hace pagar a mí un 21% como si fueran 10.000€ (ya que soy titular en ambas cuentas y a ella como si fueran 5.000€ ya que es titular en una? No tiene sentido.
En muchos fondos cuando retiras la cantidad el banco te descuenta la mordida de hacienda. Si es así, no vais a pagar nada más.
 
Exacto, a eso me refería inicialmente, me he explicado mal. Si sacamos 10.000€ de beneficios, por ejemplo 5.000€ a mi cuenta personal, y 5.000€ a una cuenta conjunta en la que ambos somos titulares, ¿considerará Hacienda que es todo beneficios míos, o contabilizará 10.000€ beneficios míos y 5.000€ beneficios de mi mujer? No tendría sentido eso, sumaría 15.000€ irreales.

¿Quizá mejor que mi esposa lo sacase a su cuenta particular, y luego lo ingresara poco a poco en la cuenta común?



Separación de bienes. Sólo que tenemos una cuenta bancaria común para gastos comunes, y luego hemos invertido ambos en fondos de MyInvestor siendo titulares ambos de los fondos.

Me refiero a qué pasaría si, desde la cuenta común de fondos de MyInvestor, vendemos 7.000€ y nos los tras*ferimos a nuestras cuentas.
En primer caso que comentas: "Si sacamos 10.000€ de beneficios, por ejemplo 5.000€ a mi cuenta personal, y 5.000€ a una cuenta conjunta en la que ambos somos titulares", los segundos 5.000€ han sido correctamente retirados, porque siguen en una cuenta a nombre de ambos (al margen del incremento patrimonial, que ya sabemos que es imputable a los dos). Los 5.000€ que van a una cuenta en la que sólo tú eres titular podrían ser considerados por Hacienda como una donación encubierta, ya que la mitad de ese dinero es de tu mujer.
Como Donaciones es de la comunidad autónoma la realidad es que esos movimientos no suelen ser fiscalizados.
Un saludo
 
En primer caso que comentas: "Si sacamos 10.000€ de beneficios, por ejemplo 5.000€ a mi cuenta personal, y 5.000€ a una cuenta conjunta en la que ambos somos titulares", los segundos 5.000€ han sido correctamente retirados, porque siguen en una cuenta a nombre de ambos (al margen del incremento patrimonial, que ya sabemos que es imputable a los dos). Los 5.000€ que van a una cuenta en la que sólo tú eres titular podrían ser considerados por Hacienda como una donación encubierta, ya que la mitad de ese dinero es de tu mujer.
Como Donaciones es de la comunidad autónoma la realidad es que esos movimientos no suelen ser fiscalizados.
Un saludo
Eso será porque tienen separación de bienes supongo, pero aún teniendo eso, si tienen un hijo no se si aplica igual. Siendo pareja no creo que lo lleguen a considerar donación, pero todo es posible.
 
En muchos fondos cuando retiras la cantidad el banco te descuenta la mordida de hacienda. Si es así, no vais a pagar nada más.

Gracias, ojalá se haga así, la verdad. Sería lo más cómodo. Supongo entonces que si vendo participaciones en un fondo de MyInvestor por valor de 5.000€, ya ellos se quedan con el 19% automáticamente, y es dinero tributado.

En primer caso que comentas: "Si sacamos 10.000€ de beneficios, por ejemplo 5.000€ a mi cuenta personal, y 5.000€ a una cuenta conjunta en la que ambos somos titulares", los segundos 5.000€ han sido correctamente retirados, porque siguen en una cuenta a nombre de ambos (al margen del incremento patrimonial, que ya sabemos que es imputable a los dos). Los 5.000€ que van a una cuenta en la que sólo tú eres titular podrían ser considerados por Hacienda como una donación encubierta, ya que la mitad de ese dinero es de tu mujer.
Como Donaciones es de la comunidad autónoma la realidad es que esos movimientos no suelen ser fiscalizados.
Un saludo

Gracias también por la explicación. ¿Y si para constituir el fondo yo he tras*ferido inicialmente 20.000€ y mi mujer 10.000€, ¿también Hacienda considera que vamos al 50%, o tienen en cuenta las diferentes cuantías de las tras*ferencias?

Eso será porque tienen separación de bienes supongo, pero aún teniendo eso, si tienen un hijo no se si aplica igual. Siendo pareja no creo que lo lleguen a considerar donación, pero todo es posible.

Si se tiene un hijo pequeño, ¿sería más sencillo todo entonces?

¿Y la opción de abrir una cuenta corriente a nombre del niño, e ingresar ahí ambos los beneficios totales, para ir sacando ambos cuando lo necesitemos?
 
Gracias, ojalá se haga así, la verdad. Sería lo más cómodo. Supongo entonces que si vendo participaciones en un fondo de MyInvestor por valor de 5.000€, ya ellos se quedan con el 19% automáticamente, y es dinero tributado.



Gracias también por la explicación. ¿Y si para constituir el fondo yo he tras*ferido inicialmente 20.000€ y mi mujer 10.000€, ¿también Hacienda considera que vamos al 50%, o tienen en cuenta las diferentes cuantías de las tras*ferencias?



Si se tiene un hijo pequeño, ¿sería más sencillo todo entonces?

¿Y la opción de abrir una cuenta corriente a nombre del niño, e ingresar ahí ambos los beneficios totales, para ir sacando ambos cuando lo necesitemos?

No. Quería decir que al tener un hijo no se hasta donde llega lo de la separación de bienes... Esos líos ya son para entendidos, así que no se.
 
Gracias, ojalá se haga así, la verdad. Sería lo más cómodo. Supongo entonces que si vendo participaciones en un fondo de MyInvestor por valor de 5.000€, ya ellos se quedan con el 19% automáticamente, y es dinero tributado.



Gracias también por la explicación. ¿Y si para constituir el fondo yo he tras*ferido inicialmente 20.000€ y mi mujer 10.000€, ¿también Hacienda considera que vamos al 50%, o tienen en cuenta las diferentes cuantías de las tras*ferencias?



Si se tiene un hijo pequeño, ¿sería más sencillo todo entonces?

¿Y la opción de abrir una cuenta corriente a nombre del niño, e ingresar ahí ambos los beneficios totales, para ir sacando ambos cuando lo necesitemos?
Si tú tras*feriste más y ella menos podría considerarse, también, una donación encubierta, aunque ya te digo que eso no se suele revisar porque corresponde a las autonomías y no tienen posibilidad de comprobarlo. Una vez que está en el fondo que sea a Hacienda le da igual, ya que cualquier plusvalía que haya va a tener que tributar independientemente de los partícipes. Aquí que haya o no hijos da totalmente igual. Luego, tras aflorar esa posible plusvalía por la que vais a tener que tributar, es cuando deberías tras*ferir a cada uno su parte, aunque como te dije no se suelen comprobar las desproporciones en el reparto.
 
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