Hola:
Existen en la Constitución dos puntos que pasan inadvertidos la mayoría de las veces:
El artículo 10.2 donde la Constitución se supedita a los Tratados y Acuerdos Internacionales ratificados por España (el gobierno de turno); lo cual hace que no sea la punta de la pirámide del desarrollo legislativo del Estado.
Y el artículo 53 donde se explicita que no todos los derechos y libertades son de igual rango; de ahí que la vivienda sea objeto de legislación positiva pero no derecho de toda persona.
salud y alegría