EL REY ES INVIOLABLE Y EL CAPITÁN GENERAL DE LOS EJÉRCITOS ¿HACE FALTA DECIR MÁS?

la amnistía que pretendía auto-concederse el gobierno rumano por corrupción no tiene nada que ver con la amnistia que pretende otorgar el parlamento español para superar una crisis politíca con Cataluña y por eso la Comisión Europea no ha parado la ley de amnistía española (ni la va a parar).

y es que la amnistía es perfectamente legal en Europa y está perfectamente homologada en el derecho europeo. Como señala la propia ley en la exposición de motivos: "La amnistía ha sido utilizada en numerosas ocasiones en nuestra tradición jurídica ... está prevista expresamente en los textos constitucionales de Italia, Francia o Portugal, que han aplicado esta medida en diversas ocasiones ... También Alemania, Austria, Bélgica, Irlanda o Suecia afirman su constitucionalidad. Desde la Segunda Guerra Mundial se han promulgado más de medio centenar de estas leyes en los citados países, considerando la propia doctrina que una amnistía es aplicable en el Estado constitucional en circunstancias de especial crisis política ... Desde la perspectiva del derecho de la Unión Europea, la institución de la amnistía está perfectamente homologada. Destacan la Decisión Marco del Consejo, de 13 de junio de 2002 cuyo artículo 3 prevé que cuando el delito esté cubierto por la amnistía en el Estado miembro de ejecución se denegará la orden de detención europea y el Acuerdo de comercio y cooperación entre la Unión Europea y el Reino Unido e Irlanda del Norte, cuyo artículo 600 contiene una previsión similar ... Coherentemente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia de 29 de abril de 2021, dictada en el asunto C‑665/20 PPU, no solo reconoce la posibilidad de la existencia de amnistías sino que, además, establece que la misma “tiene por finalidad despojar de su carácter delictivo a los hechos a los que se aplica, de tal modo que el delito ya no pueda dar lugar al ejercicio de acciones penales y, en caso de que ya se haya impuesto una condena, que se ponga fin a su ejecución, implica por tanto, en principio, que la sanción impuesta ya no pueda ejecutarse”. Y más recientemente, en su sentencia de 16 de diciembre de 2021, dictada en el asunto C‑203/20, el mismo tribunal ha establecido la posibilidad de archivar diligencias penales y de poner fin a las penas, basándose en resoluciones judiciales dictadas al amparo de una amnistía resultante de un procedimiento de índole legislativa. En esa misma línea, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha reconocido la validez y oportunidad política de la amnistía, fijando como límite las graves violaciones de los derechos humano... Y, por su parte, la Comisión Europea para la Democracia mediante el Derecho (Comisión de Venecia) también ha dejado clara la validez de medidas como la amnistía y su compatibilidad con las decisiones judiciales... "

¿ Qué crisis política con Cataluña hay que superar ?.
¿La que ha creado artificialmente para justificar tener el sillón?. Ya habían sido condenados por el TS.

¿La que va a provocar en contra de más de la mitad de la población del país ?.

Eso es guerracivilismo, está pasando del TS, de todas las instancias judiciales, de toda la población, a sabiendas que va a levantar a la gente, en una crisis brutal enmedio, concediéndoles TODO LO QUE PEDÍAN, por cuanto LOS CONDENARON POR SEDICIÓN.

La UE nos puede absorber los bemoles, ya se los chuparon a los catalanes.


Nadie perdonaría la pena a un malo que está diciendo que va a volver a hacerlo, SALVO que sus planes sean asesinos también, naturalmente.

Vueltas y vueltas a las palabras, y se atreve a nombrar la II Guerra Mundial, OBVIANDO LA GUERRA CIVIL que la precedió.


ES UN puñetero LOCO.
 
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