El paro solo lo cobrará si le promete a la xunta que busca empleo

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Esta semana, La Voz de Galicia publicó: «La Xunta borrará de las listas del paro a quien no busque empleo de forma activa». Profundicemos. Las dudas están resueltas por Santiago Boquete, subdirector del Servicio Público de Emprego de Galicia. (Les avanzo: las respuestas, que recuerdan a esa pescadilla que se muerde la cola, revelan que no hay salida: hay que firmar, sí o sí).

—Los desempleados tienen que firmar un acuerdo de actividad ¿Qué derechos otorga este acuerdo?

—Acceso a la orientación, asesoramiento para el autoempleo, formación para el trabajo y tutorización en la búsqueda de empleo en el plazo de tres meses desde la solicitud del servicio de orientación. Además, incluye la elaboración de un diagnóstico individualizado de las competencias del demandante.

—Me quedo en paro. Si no firmo el acuerdo de actividad y tengo derecho a la prestación, ¿qué ocurriría?

—La ley establece la obligación para el acceso a las prestaciones por desempleo. Por lo tanto, si no se hace, el desempleado no cumpliría con los requisitos exigidos por la ley. El cobro quedaría en suspensión temporal durante los días que tarde la persona desempleada en suscribir este compromiso explícito y, por lo tanto, entre o regrese a la categoría de demandante activo de empleo, accediendo a los diferentes derechos vinculados a esta condición.

—Y si recibo el subsidio del paro y no firmo el acuerdo de actividad, ¿qué ocurriría?

—La legislación estatal establece que es obligatorio firmar ese acuerdo. Si no se hace, la persona no será, en buena lógica, demandante activo de empleo y no podría acceder o mantener el cobro de las prestaciones o subsidios hasta que suscriba el acuerdo.

—¿Quién paga mi prestación o subsidio?

—El Servicio Público de Empleo Estatal.

Si no eres demandante activo de empleo, ¿tiene la Administración derecho a dejar de pagar mi paro, cuando yo he estado aportando para recibir este seguro?

—(El técnico vuelve a repetir) La firma del acuerdo de actividad es un requisito obligatorio para acceder o mantener los derechos vinculados a ser demandante activo de empleo.

—¿Qué Administración me lo retira?

—El Servicio Publico de Empleo Estatal. A través de la medida que desarrolla Galicia se ahonda en la identificación de los demandantes activos —se explica el técnico—. En el caso de que un demandante no firme el acuerdo, su situación cambiaría a otra incompatible con el cobro de la prestación, siendo esto notificado al SEPE, que procedería a la suspensión temporal del pago hasta que la persona firme el acuerdo.

—¿El Ministerio de Yolanda Díaz puede ir en contra de esta iniciativa?

—La medida desarrolla la Ley de Empleo y la cartera de servicios aprobados por el ministerio y da efectividad a los derechos y compromisos de las personas demandantes de empleo, por lo que es un avance con respecto a la normativa estatal. Ir en contra de esta medida, consideramos, sería impedir la materialización práctica de los derechos y obligaciones de las personas demandantes de empleo.

Lo dicho, si usted está en paro, tendrá que firmar el susodicho acuerdo, que quizá la ministra Díaz decida «pleitear», algo que, tal y como nos tienen acostumbrados, no sería de extrañar.
 
Firmar un contrato comprometiéndose los Paraos a buscar un trabajo..... Como si la palabra y hasta la firma de un Escaqueitor valieran.
 
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