EL CURIOSO IMPERTINENTE
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Abro este hilo para rendir homenaje a nuestros insignes reyes Chindasvinto y Recesvinto y a su magna obra legislativa cuyos ecos resuenan a través de los siglos. Ellos fueron los primeros en dar un código de leyes común para godos e hispanorromanos, para hacer de ellos un único pueblo:españoles.
Aún después de la caída de la monarquía visigoda ante los invasores islámicos, el Fuero Juzgo se mantuvo vigente tanto entre los cristianos mozárabes que vivían bajo dominio de la religión del amor. como entre los nacientes reinos cristianos del norte.
De hecho uno de los textos en catalán más antiguos que se conservan es una traducción del Liber Iudiciorum.
The Visigothic Code: Forum Iudicum -- Master Page
Empiezo con un fragmento del prefacio a una edición en lengua inglesa del año 1908.
Aún después de la caída de la monarquía visigoda ante los invasores islámicos, el Fuero Juzgo se mantuvo vigente tanto entre los cristianos mozárabes que vivían bajo dominio de la religión del amor. como entre los nacientes reinos cristianos del norte.
De hecho uno de los textos en catalán más antiguos que se conservan es una traducción del Liber Iudiciorum.
The Visigothic Code: Forum Iudicum -- Master Page
Empiezo con un fragmento del prefacio a una edición en lengua inglesa del año 1908.
Es bien dicho por Gibbon que "Las leyes son la parte más importante de la historia de una nación ", pues
de ellos, más imparcial que de cualquier otra fuente, obtenemos información de las costumbres , virtudes,
vicios, ética política , faltas , locuras y los prejuicios religiosos de un pueblo . Esto es especialmente cierto en el
Código visigótico . En él se representan las tradiciones y la historia de una raza que , originalmente nómadas , con
rapidez sin precedentes se convirtió en sedentario y, de ser durante mucho tiempo objeto de las instituciones formadas por
los actos inconexos de las asambleas tumultuosas , a menudo dictadas por el capricho y la enemistad , en menos de dos
generaciones reconocen obediencia a un gobierno imperial en parte , en parte teocrático . En los anales
de gente tan bárbara , no se encuentra otro progreso más notable y sustancial , desde el
entorno primitivas de vida pastoral y depredadora , a los gustos , las leyes, las mejoras y los
usos sociales de la civilización .
Un análisis del Código visigodo se puede hacer en tres cabezas : histórico , descriptivo ,
comparativa . Su historia es prácticamente la de la monarquía gótica en España . En la variedad y el alcance de
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sus disposiciones , en la adaptación magistral de sus cánones a efectos de la supremacía eclesiástica , en
el cuidado con el que se conserva la distinción de castas , en la precisión y la concisión de sus máximas
la definición de los principios de equidad , en el complicado , pero sencillo , la disposición de su sistema judicial , en el
fondo filosófico que impregna la mayor parte de sus páginas , sino que es radicalmente diferente y, en muchos aspectos superior a todas los demás colecciones de normas jurídicas de las épocas antigua y medieval.
Es mucho más instructivo y sugerente que una crónica. En ninguna otra parte lel propósito de la ley hasido
más hábilmente declarada que en su fraseología concisa y expresiva. Proclama sentimientos de una elevada
jovenlandesalidad. Aprecia el objeto y fin de la legislación verdadera. En su severa e inflexible desprecio por la
afirmaciones arrogantes de la riqueza y del privilegio, que aseguran a los más humildes la administración de una
justicia imparcial.