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CONSEJO DE MINISTROS
El Ejecutivo obligará a los mataderos a poner cámaras para controlar el bienestar animal
Las cámaras deberán abarcar, como mínimo, las zonas en las que se encuentren animales vivos y los responsables deberán guardar las imágenes grabadas para posibles comprobaciones posteriores
Nieves Salinas / Alberto Muñoz
Madrid | 23·08·22 | 14:01 | Actualizado a las 14:30
Vacas en una explotación ganadera.
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto por el que se establecen medidas para el control del bienestar de los animales mediante la instalación de sistemas de videovigilancia en los mataderos. Tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), las grandes instalaciones tendrán un año para adaptarse a la nueva normativa y las pequeñas, dos. Una medida que, según la Organización Colegial Veterinaria, ya cumplen en numerosas industrias y que, para su trabajo, se convierte en "una herramienta muy útil".
España se convierte así en el primer país de la Unión Europea (UE) con sistemas de videovigilancia obligatorios para el control del bienestar animal (SVBA). Según explican fuentes del Ministerio de Consumo, que encabeza Alberto Garzón, permitirá la realización de controles adicionales a los que ya se efectúan en los mataderos. Lo más novedoso, es que la implantación de cámaras será obligatoria en todas estas industrias, independientemente de su tamaño.
La normativa permitirá establecer herramientas adicionales de control que garanticen que, en todos los mataderos españoles (incluidos los móviles), se minimice el sufrimiento animal, por ejemplo, durante la descarga, el traslado, la estabulación o el aturdimiento de los animales. Para el ministro de Consumo, se trata de una norma "que sitúa a España a la cabeza de Europa en esta materia y que, además de garantizar el bienestar de los animales durante su permanencia en los mataderos, mejora también las garantías de seguridad alimentaria para los consumidores".
En todas las etapas
Según el contenido de la normativa a la que ha tenido acceso El Periódico de España, las cámaras deberán abarcar las instalaciones en las que se encuentren animales vivos, incluyendo las zonas de descarga, los pasillos de conducción y las zonas donde se proceda a las actividades de aturdimiento y sangrado hasta la fin de los animales. Los sistemas de videovigilancia, detallan desde Consumo, no serán obligatorios en las zonas de espera donde se encuentran los medios de tras*porte con animales antes del inicio de la descarga, pero las empresas sí deberán llevar un control del tiempo de permanencia en los vehículos.
En el caso de aves y porcinos, la instalación de las cámaras deberá permitir la grabación del escaldado -un proceso que consiste en ablandar el cuero del lechón para facilitar su depilado y, en los pollos, sumergirlos en agua caliente para desplumarlos- para poder comprobar que no se someten a esta operación animales que presenten signos de vida.
Los responsables de los mataderos deberán guardar las imágenes relativas a la descarga, alojamiento en los corrales, conducción a la zona de aturdimiento, la sujeción, el aturdimiento y el sangrado hasta la fin para posibles comprobaciones a posteriori por parte de los correspondientes servicios de control oficial de las comunidades autónomas. También tendrán que asegurar la reproducción, la copia o la tras*misión de las mismas a otros dispositivos con igual calidad que la grabación original.
Cumplir la norma
La instalación de sistemas de videovigilancia será una herramienta obligatoria para los operadores y servirá de ayuda a las autoridades, para garantizar el cumplimiento de la normativa. Desde la Organización Colegial Veterinaria aplauden la iniciativa -"será una herramienta muy útil para los veterinarios", indican a El Periódico de España- pero reseñan que ya son muchas las instalaciones ganaderas que cuentan con este tipo de sistemas de grabación de imágenes, sobre todo en vacuno y porcino.
Para el Ministerio de Consumo, el carácter básico de este real decreto se justifica por la necesidad de establecer unas condiciones generales homogéneas en todo el territorio español, tanto desde el punto de vista de la salud y el bienestar de los animales, como para evitar "que se generen distorsiones que afecten al mercado interior". Así consta en el proyecto de la normativa hoy aprobada e impulsada por el departamento que dirige Alberto Garzón en marzo de 2021.
En el texto se indica que la descarga en matadero es "una etapa especialmente estresante del tras*porte" que requiere un manejo específico para minimizar este estrés y para evitar que los animales se lesionen. También es un momento propicio para comprobar si se han respetado las condiciones de bienestar de los animales en el tras*porte. Por eso, en la norma, se establecen las zonas del matadero que deben contar con cámaras para la videovigilancia, así como las condiciones de funcionamiento y mantenimiento que deben cumplir los sistemas de grabación de las imágenes.
El Ejecutivo obligará a los mataderos a poner cámaras para controlar el bienestar animal
CONSEJO DE MINISTROS
El Ejecutivo obligará a los mataderos a poner cámaras para controlar el bienestar animal
Las cámaras deberán abarcar, como mínimo, las zonas en las que se encuentren animales vivos y los responsables deberán guardar las imágenes grabadas para posibles comprobaciones posteriores
Nieves Salinas / Alberto Muñoz
Madrid | 23·08·22 | 14:01 | Actualizado a las 14:30
Vacas en una explotación ganadera.
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto por el que se establecen medidas para el control del bienestar de los animales mediante la instalación de sistemas de videovigilancia en los mataderos. Tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), las grandes instalaciones tendrán un año para adaptarse a la nueva normativa y las pequeñas, dos. Una medida que, según la Organización Colegial Veterinaria, ya cumplen en numerosas industrias y que, para su trabajo, se convierte en "una herramienta muy útil".
España se convierte así en el primer país de la Unión Europea (UE) con sistemas de videovigilancia obligatorios para el control del bienestar animal (SVBA). Según explican fuentes del Ministerio de Consumo, que encabeza Alberto Garzón, permitirá la realización de controles adicionales a los que ya se efectúan en los mataderos. Lo más novedoso, es que la implantación de cámaras será obligatoria en todas estas industrias, independientemente de su tamaño.
La normativa permitirá establecer herramientas adicionales de control que garanticen que, en todos los mataderos españoles (incluidos los móviles), se minimice el sufrimiento animal, por ejemplo, durante la descarga, el traslado, la estabulación o el aturdimiento de los animales. Para el ministro de Consumo, se trata de una norma "que sitúa a España a la cabeza de Europa en esta materia y que, además de garantizar el bienestar de los animales durante su permanencia en los mataderos, mejora también las garantías de seguridad alimentaria para los consumidores".
En todas las etapas
Según el contenido de la normativa a la que ha tenido acceso El Periódico de España, las cámaras deberán abarcar las instalaciones en las que se encuentren animales vivos, incluyendo las zonas de descarga, los pasillos de conducción y las zonas donde se proceda a las actividades de aturdimiento y sangrado hasta la fin de los animales. Los sistemas de videovigilancia, detallan desde Consumo, no serán obligatorios en las zonas de espera donde se encuentran los medios de tras*porte con animales antes del inicio de la descarga, pero las empresas sí deberán llevar un control del tiempo de permanencia en los vehículos.
En el caso de aves y porcinos, la instalación de las cámaras deberá permitir la grabación del escaldado -un proceso que consiste en ablandar el cuero del lechón para facilitar su depilado y, en los pollos, sumergirlos en agua caliente para desplumarlos- para poder comprobar que no se someten a esta operación animales que presenten signos de vida.
Los responsables de los mataderos deberán guardar las imágenes relativas a la descarga, alojamiento en los corrales, conducción a la zona de aturdimiento, la sujeción, el aturdimiento y el sangrado hasta la fin para posibles comprobaciones a posteriori por parte de los correspondientes servicios de control oficial de las comunidades autónomas. También tendrán que asegurar la reproducción, la copia o la tras*misión de las mismas a otros dispositivos con igual calidad que la grabación original.
Cumplir la norma
La instalación de sistemas de videovigilancia será una herramienta obligatoria para los operadores y servirá de ayuda a las autoridades, para garantizar el cumplimiento de la normativa. Desde la Organización Colegial Veterinaria aplauden la iniciativa -"será una herramienta muy útil para los veterinarios", indican a El Periódico de España- pero reseñan que ya son muchas las instalaciones ganaderas que cuentan con este tipo de sistemas de grabación de imágenes, sobre todo en vacuno y porcino.
Para el Ministerio de Consumo, el carácter básico de este real decreto se justifica por la necesidad de establecer unas condiciones generales homogéneas en todo el territorio español, tanto desde el punto de vista de la salud y el bienestar de los animales, como para evitar "que se generen distorsiones que afecten al mercado interior". Así consta en el proyecto de la normativa hoy aprobada e impulsada por el departamento que dirige Alberto Garzón en marzo de 2021.
En el texto se indica que la descarga en matadero es "una etapa especialmente estresante del tras*porte" que requiere un manejo específico para minimizar este estrés y para evitar que los animales se lesionen. También es un momento propicio para comprobar si se han respetado las condiciones de bienestar de los animales en el tras*porte. Por eso, en la norma, se establecen las zonas del matadero que deben contar con cámaras para la videovigilancia, así como las condiciones de funcionamiento y mantenimiento que deben cumplir los sistemas de grabación de las imágenes.
El Ejecutivo obligará a los mataderos a poner cámaras para controlar el bienestar animal