Existe una figura en derecho penal que es el dolo eventual. Es decir, tú estás hablando de un dolo directo, quiero apiolar a alguien y lo mato. Pero el dolo eventual que se equipara al dolo directo dice que existe la posibilidad y la contemplas y asumes el riesgo, es decir, se que con un coche me puedo cargar a gente, animales...así que voy a toda leche sin importarme que no haya dormido, que haya tomado drojas, alcohol...y ocurre que me las cargo. Eso es dolo eventual.Ya, pero nunca será un "homicio" como el que lleva en mente muchos de los que postean.
No tener carnét, seguro o itv no te califican de malo.
Por no decir que el tema del carnet, seguro e itv son secundarias cuando tienes ORDEN DE EXPULSIÓN que no ha sido ejecutada, por lo que yo aquí veo una cierta corresponsabilidad de quien no haya ejecutado por acción u omisión esa orden.