Hola,
Tengo una serie de dudas sobre la capitalización del paro que espero alguno de vosotros pueda ayudarme a resolver. Os explico mi caso:
Soy trabajador de una cooperativa, en la cual tras dos años te "invitan" a hacerte socio o dan por finalizada tu relación laboral. Ahora tengo un contrato de obra y servicio que pueden dar por finalizado en cualquier momento. Actualmente he superado ya ese período de dos años y me urgen a que me haga socio, aprovechando que el Estado da esa posibilidad hasta final de año. No es que me haga especial ilusión incorporarme, pues no estoy del todo contento con la empresa, pero la situación no está para ir buscando nuevo trabajo. Ahí van las dudas:
1. ¿Durante el 2011 se podrá capitalizar el paro para incorporarte a una cooperativa a aquellos trabajadores que hayan superado los dos años? ¿Hay alguna noticia al respecto?
2. En el caso de capitalice todo el paro y que me incorpore como socio, ¿cuándo vuelvo a generar nuevamente paro? Es decir, si entro a trabajar como socio el 1/2011 y me "echan" o me voy el 1/2012, ¿durante ese año habré generado paro que podré cobrar a partir del 1/2012?
3. Si lo anterior es así, ¿podría darse el caso que cobrara el paro por duplicado? Me explico: según el estatuto de la cooperativa, hay una parte del importe que capitalizas que no lo recuperas, pero el resto, la mayoría del importe, la cooperativa te lo devuelve en un plazo X de años. Entonces, durante ese primer año, ¿podría cobrar lo que me devuelve la cooperativa y el paro que he generado durante el año trabajado como socio? Yo entiendo que sí, pero pienso que sería un agravio comparativo con los trabajadores de una S.A, por ejemplo, y no estoy seguro.
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Tengo una serie de dudas sobre la capitalización del paro que espero alguno de vosotros pueda ayudarme a resolver. Os explico mi caso:
Soy trabajador de una cooperativa, en la cual tras dos años te "invitan" a hacerte socio o dan por finalizada tu relación laboral. Ahora tengo un contrato de obra y servicio que pueden dar por finalizado en cualquier momento. Actualmente he superado ya ese período de dos años y me urgen a que me haga socio, aprovechando que el Estado da esa posibilidad hasta final de año. No es que me haga especial ilusión incorporarme, pues no estoy del todo contento con la empresa, pero la situación no está para ir buscando nuevo trabajo. Ahí van las dudas:
1. ¿Durante el 2011 se podrá capitalizar el paro para incorporarte a una cooperativa a aquellos trabajadores que hayan superado los dos años? ¿Hay alguna noticia al respecto?
2. En el caso de capitalice todo el paro y que me incorpore como socio, ¿cuándo vuelvo a generar nuevamente paro? Es decir, si entro a trabajar como socio el 1/2011 y me "echan" o me voy el 1/2012, ¿durante ese año habré generado paro que podré cobrar a partir del 1/2012?
3. Si lo anterior es así, ¿podría darse el caso que cobrara el paro por duplicado? Me explico: según el estatuto de la cooperativa, hay una parte del importe que capitalizas que no lo recuperas, pero el resto, la mayoría del importe, la cooperativa te lo devuelve en un plazo X de años. Entonces, durante ese primer año, ¿podría cobrar lo que me devuelve la cooperativa y el paro que he generado durante el año trabajado como socio? Yo entiendo que sí, pero pienso que sería un agravio comparativo con los trabajadores de una S.A, por ejemplo, y no estoy seguro.
Muchas gracias por vuestra ayuda.