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Madmaxista
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https://www.sevillainfo.es/noticias...ciones-con-el-silencio-de-todos-los-partidos/
Una vez más las Juntas Electorales Provinciales (JEP), ahora en el País Vasco, se han negado a realizar el escrutinio general conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) y en la propia normativa electoral de la comunidad autónoma tras las elecciones generales del pasado día 12 de julio, todo ello con la pasividad, silencio y hasta complacencia de los representantes de todas las fuerzas políticas.
El acto de escrutinio general de los datos electorales del País Vasco, que debía dar comienzo ayer, 17 de julio, a las 10 de la mañana, conforme a lo dispuesto en la normativa, volvió a quedar reducido a una mera consulta para que los asistentes de las diferentes candidaturas pudieran exponer si tenían alguna acta que reclamar, en cuyo caso se procedería a la apertura del sobre correspondiente a dicha mesa para verificar el resultado.
Tanto en Álava como en Guipúzcoa y en Vizcaya optaron otra vez por no dar cumplimiento a la exigencia legal, corroborada en múltiples ocasiones por la Junta Electoral Central (JEC), de proceder a la apertura sucesiva de todos los sobres para efectuar el recuento y suma de los datos que figuran en las actas de papel.
De ese modo, las Juntas Electorales Provinciales ignoran una y otra vez en toda España la obligatoriedad inapelable de proceder a dicha tarea, para lo cual la normativa otorga hasta tres días de plazo, limitándose a validar sin acción alguna los datos electrónicos suministrados por el gobierno, que es la administración encargada de convocar y organizar cada proceso electoral en su ámbito.
Como es sabido, esa manera de proceder de las JEP de toda España fue severamente corregida en las elecciones autonómicas del año 2015 celebradas en Andalucía tras un recurso electoral presentado en solitario por VOX en la circunscripción electoral de Sevilla.
En aquella ocasión, la JEC obligó a repetir el escrutinio general de Sevilla conforme a la manera estricta que estipula la Loreg y no al modo que la JEP de Sevilla había denominado caprichosa y arbitrariamente como “método abreviado”.
La repetición del escrutinio de Sevilla en 2015 permitió detectar errores en los recuentos de varios miles de votos y puso de manifiesto otros “errores aritméticos” que en el caso de la provincia de Jaén alcanzaron la cifra de 20.000 votos. No obstante, dicha repetición del escrutinio volvió a celebrarse de manera poco ortodoxa, no ajustándose a lo dispuesto en la norma, por cuanto se limitó a cotejar los datos de las actas de papel con los que figuraban en los ordenadores del Gobierno, pero sin que la administración electoral efectuase las sumas de los resultados, tarea que se dejó en manos de los ordenadores del propio gobierno, lo cual motivó un nuevo recurso de Vox que esta vez fue desestimado porque se presentó fuera del plazo estipulado por la propia Ley
En la jornada de este viernes, 17 de julio, las JEP de las tres provincias vascas dieron por finalizadas sus respectivas sesiones de escrutinio a lo largo de la misma mañana en que se abrió dicha sesión, tiempo absolutamente insuficiente para efectuar la tarea de apertura y comprobación de los resultados de todas las actas de papel, que es lo que la Loreg dispone y lo que la JEC repetidamente viene ordenando de manera taxativa sin que le hagan el menor caso.
Tras el recuento del voto por correo que llega desde el extranjero (lo que se conoce como votos del CERA), las JEP han de proceder, según la Ley, a abrir sucesivamente todos los sobres que contienen las actas de papel y efectuar el recuento y suma con sus propios medios, no mediante comprobación de los datos en los ordenadores que presta la administración convocante y organizadora de las elecciones.
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Una vez más las Juntas Electorales Provinciales (JEP), ahora en el País Vasco, se han negado a realizar el escrutinio general conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) y en la propia normativa electoral de la comunidad autónoma tras las elecciones generales del pasado día 12 de julio, todo ello con la pasividad, silencio y hasta complacencia de los representantes de todas las fuerzas políticas.
El acto de escrutinio general de los datos electorales del País Vasco, que debía dar comienzo ayer, 17 de julio, a las 10 de la mañana, conforme a lo dispuesto en la normativa, volvió a quedar reducido a una mera consulta para que los asistentes de las diferentes candidaturas pudieran exponer si tenían alguna acta que reclamar, en cuyo caso se procedería a la apertura del sobre correspondiente a dicha mesa para verificar el resultado.
Tanto en Álava como en Guipúzcoa y en Vizcaya optaron otra vez por no dar cumplimiento a la exigencia legal, corroborada en múltiples ocasiones por la Junta Electoral Central (JEC), de proceder a la apertura sucesiva de todos los sobres para efectuar el recuento y suma de los datos que figuran en las actas de papel.
De ese modo, las Juntas Electorales Provinciales ignoran una y otra vez en toda España la obligatoriedad inapelable de proceder a dicha tarea, para lo cual la normativa otorga hasta tres días de plazo, limitándose a validar sin acción alguna los datos electrónicos suministrados por el gobierno, que es la administración encargada de convocar y organizar cada proceso electoral en su ámbito.
Como es sabido, esa manera de proceder de las JEP de toda España fue severamente corregida en las elecciones autonómicas del año 2015 celebradas en Andalucía tras un recurso electoral presentado en solitario por VOX en la circunscripción electoral de Sevilla.
En aquella ocasión, la JEC obligó a repetir el escrutinio general de Sevilla conforme a la manera estricta que estipula la Loreg y no al modo que la JEP de Sevilla había denominado caprichosa y arbitrariamente como “método abreviado”.
La repetición del escrutinio de Sevilla en 2015 permitió detectar errores en los recuentos de varios miles de votos y puso de manifiesto otros “errores aritméticos” que en el caso de la provincia de Jaén alcanzaron la cifra de 20.000 votos. No obstante, dicha repetición del escrutinio volvió a celebrarse de manera poco ortodoxa, no ajustándose a lo dispuesto en la norma, por cuanto se limitó a cotejar los datos de las actas de papel con los que figuraban en los ordenadores del Gobierno, pero sin que la administración electoral efectuase las sumas de los resultados, tarea que se dejó en manos de los ordenadores del propio gobierno, lo cual motivó un nuevo recurso de Vox que esta vez fue desestimado porque se presentó fuera del plazo estipulado por la propia Ley
En la jornada de este viernes, 17 de julio, las JEP de las tres provincias vascas dieron por finalizadas sus respectivas sesiones de escrutinio a lo largo de la misma mañana en que se abrió dicha sesión, tiempo absolutamente insuficiente para efectuar la tarea de apertura y comprobación de los resultados de todas las actas de papel, que es lo que la Loreg dispone y lo que la JEC repetidamente viene ordenando de manera taxativa sin que le hagan el menor caso.
Tras el recuento del voto por correo que llega desde el extranjero (lo que se conoce como votos del CERA), las JEP han de proceder, según la Ley, a abrir sucesivamente todos los sobres que contienen las actas de papel y efectuar el recuento y suma con sus propios medios, no mediante comprobación de los datos en los ordenadores que presta la administración convocante y organizadora de las elecciones.
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