̷p̷ɔ̷d̷n̷ ̷nike
sencillaco Premium Deluxe - Desde 2009 dando por ojo ciego
Probe onvre, a punto estoy de llorar.
"Miguel Ángel tiene miedo a salir de casa. A sus cincuentaitantos y a pesar de ir siempre flanqueado por un cortesanazo cruce, de mastín y pastor alemán, cada vez que escucha un motor en la calle se encierra tras una puerta de metal y llama a su abogado. Lleva meses soñando, entre pesadillas, con este momento, el momento en el que vengan a su casa para desahuciarlo.
Sobre el asfalto de la calle Fuente Romana, en Navalcarnero, seis agentes de la Guardia Civil y dos funcionarios del juzgado esperan a que den las 11:30. Los vecinos miran por las ventanas. Una señora lamenta, a lo lejos, que "no se hagan estos despliegues con los auténticos delincuentes", pero los agentes no desvían la mirada de la casa de Miguel Ángel. Dan y media. En ese momento, el agente más cercano al chalé da un paso adelante y llama al timbre.
— Caballero, tiene que abrirnos la puerta, tenemos una orden de desahucio.
— Estoy llamando a mi abogado, ha ido a ver a la jueza. Lo último que me dijo es que no abriese.
— Si no abre tenemos a un cerrajero que lo hará por usted. Vaya atando al perro.
En este momento Miguel Ángel da un paso atrás y trata de respirar hondo. No puede. Su pareja y su hijo siguen dentro, detrás de las ventanas. Se agarra el pecho tratando de conseguir oxígeno y echa una mirada desesperada a los periodistas que estamos dentro de la casa, como si con nuestras cámaras pudiésemos espantar a las autoridades y pagar su deuda. Y nosotros bajamos la cabeza. Ha llegado el momento. Miguel Ángel y su familia tienen que abandonar el edificio que ha sido su casa los últimos catorce años.
“Denme solo diez minutos, se lo pido por favor”, suplica Miguel Ángel, aferrándose a un milagro en forma de llamada de móvil. Su abogado, Carlos Galán, se ha presentado en los juzgados para conseguir una jovenlandesatoria 'in extremis', pero lo último que sabemos es que la jueza no ha querido recibirle. Los minutos caen como plomo, en silencio, mientras Miguel Ángel y los periodistas nos miramos con los agentes a través del portón de la casa.
Y, de repente, lo imposible. Un agente se retira a hablar por teléfono y se acerca a la puerta: “Caballero, me comunican que han detenido el desahucio”, le dice a Miguel Ángel que, esta vez sí, parece desfallecer. Tras unos minutos, y todavía con los ojos empañados, recibe a su abogado y juntos se funden en un abrazo. “Esta vez ha estado cerca”, lamenta Miguel Ángel con la voz trémula. Todo ha acabado por hoy, pero dentro de un mes su acreedor volverá a intentar quedarse con la casa.
El prestamista Antonio Arroyo tiene derechos sobre más de 500 inmuebles en toda España“¿Tú te crees que me van a quitar la casa por un crédito de 18.000 euros?”, dice Miguel Ángel. Hace cinco años avaló un crédito hipotecario de su cuñado con su casa y el familiar no solo dejó de pagar, sino que se fugó a Perú. Miguel Ángel, charcutero en una gran superficie, se vio obligado a pedir otro crédito para evitar que el banco se quedase con su domicilio, una casa unifamiliar en Navalcarnero que, en el cénit del ladrillazo, llegó a tasarse por 600.000 euros. Ahora vale en torno a 400.000. Intentó pedir otro crédito para pagar el anterior, pero Bankia le había inscrito en la lista de jovenlandesesos y todos los banqueros se negaron a hacerlo. Así que recurrieron a los préstamos privados. Su mujer hizo una búsqueda en internet y fue a topar con el primer resultado, que no es otro que el célebre Antonio Arroyo, también conocido como ‘El gran usurero’.
Arroyo, primer prestamista inscrito en España, es un personaje polémico que ha ejecutado a más de 90 familias, mientras que las asociaciones de afectados hablan de otras 3.000 personas en problemas con este prestamista. La mayoría denuncia que Arroyo les obligó a avalar el crédito con su casa y que, una vez concedido, nunca les dio la posibilidad de devolverlo. “Les llamé un montón de veces y nunca me cogían el teléfono. Incluso quedé con ellos, cuatro o cinco veces, y nunca acudieron a la cita. Lo que querían, como es obvio, no era que yo devolviese el dinero, sino quedarse con mi casa por poquísimo dinero”, dice el propietario. Arroyo, que tiene derechos sobre más de 500 fincas por toda España, ha sido detenido tres veces, pero sigue libre y operando.
Miguel Ángel no se preocupó ni siquiera de preguntar por la tasa de demora del préstamo. Se reunió con el equipo de Arroyo en una notaría de la calle Buen Suceso, en Madrid, y firmó los papeles sin hacer muchas preguntas. Necesitaba el dinero. No sabía que se estaba comprometiendo a pagar unos intereses de demora del 29%, un porcentaje que la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo ubica por encima del umbral de la usura. “No me atendieron durante los primeros meses y, un día de repente, me llamó la secretaria de Arroyo para decirme que les debía 40.000 euros”, dice Miguel Ángel, cuya casa ha salido a concurso público sin avisarle.
Una ley con 108 años
En realidad, en España la usura no es una figura penal. La ley que la regula data de 1908 y no establece márgenes claros para identificar cada caso. El texto legal, impulsado por el diputado y filósofo Gumersindo de Azcárate durante el primer Gobierno de Antonio Maura, reza así: “Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquel leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales”. Imponía, además, unas multas de entre 500 y 5.000 pesetas para los usureros, que fueron derogadas en 1995 por el socialista Juan Alberto Belloch.
El texto identifica, según juristas consultados, tres tipos de usura. La que surge de la imposición de unos intereses desproporcionados, siempre interpretables, la que se da por la existencia de cláusulas leoninas en el contrato —normalmente en los plazos de devolución— y, por último, la que emana de la entrega de un capital inferior al escriturado. "Es muy habitual que los prestamistas privados te entreguen mucho menos dinero del que pone en el contrato. Es una de las formas de estafa más habituales en estos casos", dice el abogado.
Desde Facua denuncian que el cliente de préstamos está indefenso ante la leyTodas las fuentes consultadas coinciden en que el marco legal es débil en la defensa del consumidor. "Los españoles están completamente desamparados ante la usura. Es que el mismo concepto es problemático, porque no se fijan unos márgenes aceptables en ninguna ley. No hay control de la Administración sobre estos establecimientos financieros, ni tampoco de las comunidades autónomas", lamenta Rubén Sánchez, portavoz de la agencia de consumidores Facua. "El sector está muy mal regulado. La banca pase, porque tiene al Banco de España, pero con los establecimientos financieros, y no quiero ya ni mencionar a los prestamistas privados, eso es la jungla. La ley de 1908 es escueta y poco específica", considera el letrado especilista en préstamos Carlos Galán.
En España, un prestatario que se sienta estafado no tiene vías extrajudiciales a las que acudir. Los institutos de consumo autonómicos, el Banco de España o la CNMC no tienen potestad para emitir veredictos vinculantes y mucho menos declarar un contrato de préstamo nulo. La única solución es acudir al juzgado. Para Adicae, (Asociación de Usuarios de Bancos y Cajas), "urge establecer unos criterios comunes ante la dispersión legislativa del sector, todo un ‘coladero’ para una gran variedad de empresas y productos sin control que abusan del consumidor. Los créditos al consumo ofertados por bancos y establecimientos financieros de crédito (EFC) –supervisados por el Banco de España– conviven con productos como los microcréditos, que cualquier sociedad mercantil puede comercializar, siendo libre de imponer cláusulas abusivas y precios fraudulentos sin supervisión alguna".
¿Significa esto que la usura no pasa factura en España? No exactamente. De hecho, en los últimos meses, diversos juzgados han recuperado la ley Azcárate para anular créditos y líneas de financiación diversas. La sentencia más importante, en tanto que crea jurisprudencia, es la emitida por el Supremo a finales del año pasado, cuando el Pleno de la Sala Civil del alto tribunal concluyó que “los créditos que dupliquen el interés medio del mercado deben ser considerados usurarios y, por tanto, nulos”. Se trataba de un crédito al consumo con un interés del 24,6% TAE por el que un cliente que obtuvo 25.634 euros de préstamo fue penalizado con unos intereses de 18.568 euros.
Los límites de la usura
La sentencia del Supremo es una luz al final del túnel para los consumidores en tanto que sugiere límites en los intereses: concretamente establece un máximo del doble del interés medio del mercado para la remuneración del crédito y en el interés más dos puntos para el de demora, en caso de retrasarse el pago. El alto tribunal es especialmente duro con las financieras al considerar que el alto riesgo de impago, derivado de los escasos requisitos que se exigen a los clientes, no puede ser defendido por la ley: "Con la concesión irresponsable de préstamos al consumo a tipos de interés muy superiores a los normales, que facilita el sobreendeudamiento de los consumidores y trae como consecuencia que quienes cumplen regularmente sus obligaciones tengan que cargar con las consecuencias del elevado nivel de impagos, no puede ser objeto de protección por el ordenamiento jurídico". El Banco de España considera que los intereses de los créditos al consumo deben oscilar entre el 6% y el 8%.
Así, muchos juzgados de primera instancia y provinciales han comenzado a agarrarse a esta doctrina para tumbar créditos que en el pasado se consideraban legales. Este mismo mes, la jueza Marta Iturrioz, titular del juzgado de Primera Instancia número 3 de Fuenlabrada, sentenció que la financiera de El Corte Inglés incurre en prácticas "abusivas y usureras". Iturrioz anuló la deuda de un cliente, denunciado por El Corte Inglés, por establecer unos intereses de demora del 18% cuando en el momento del crédito, en 2011, el interés medio se situaba en el 4%. Días antes, el Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid tumbó un préstamo del gigante francés Cofidis. El sumario asegura que un crédito de 1.200 euros se convirtió, a los cuatro años, en una deuda de 7.888 euros merced a unos intereses del 21% TAE y a unas cláusulas por demora abusivas.
Las cifras del Banco de España muestran que el crédito concedido a los ciudadanos subió en 2015 después de cuatro años de caídas. Basta escuchar la radio o poner la televisión a primera hora del día para comprobar que las empresas de microcréditos y préstamos rápidos han regresado a nuestras vidas. Pero, en el actual momento jurídico, algunos de los intereses que coobrabran en el pasado pueden ahora considerarse usura.
Podríamos clasificar los créditos rápidos en cuatro categorías principales: los préstamos personales, las tarjetas de crédito, los créditos rápidos y los minicréditos. Los préstamos personales, a menudo controlados por la gran banca, se consideran el producto más seguro para el consumidor, ya que permite obtener las mayores cantidades a un interés medio del 12,5-13,5%. Las tarjetas de crédito son una opción intermedia: la financiación es automática (hasta un límite), pero tiene unos intereses medios cercanos al 27%, más del doble del interés medio del mercado.
No obstante, los productos con más papeletas para obtener reveses judiciales en los próximos tiempos son los créditos rápidos y los minicréditos. Suelen ser ofertados por las mismas compañías, pero los minicréditos tienen una peculiaridad: no pueden superar los 200 euros. Es el límite, señala Adicae, para que no se les aplique la Ley de Crédito al Consumo.
Algunos de estos préstamos, denuncian Adicae y Facua, alcanzan entre el 3.500% y el 4.500% de intereses anuales. Este tipo de entidades, conocidas como establecimientos financieros, no se someten a la regulación del Banco de España, sino que solo tienen que registrarse en Consumo, dependiente del Ministerio de Sanidad. "En teoría las comunidades autónomas también deberían disponer de un registro de prestamistas, lo dice la ley 2/2009, pero, si alguna lo tiene, no está disponible telemáticamente para ser consultado, que era su utilidad final", dice Carlos Galán.
Distintos expertos consultados señalan dos tipologías de consumidor de estos productos con una misma urgencia: la desesperación. "Son normalmente padres de familia que no llegan a fin de mes y se agarran a un clavo ardiendo, sin mirar las consecuencias de lo que firman. Por otra parte también tenemos a muchas personas afectadas por ludopatía que necesitan dinero para jugar a toda costa". Una vez firmado el crédito, sobre todo ante notario, no queda más que pagar las cuotas o acudir a los tribunales. "Los microcréditos se valen de que lo que se paga por intereses es poco, porque los préstamos son pequeños, y no merece la pena denunciar", dicen desde Facua.
¿Penal o civil?
Si finalmente decide denunciar, tendrá que armarse de paciencia, porque tampoco hay acuerdo a la hora de escoger una vía judicial. El abogado Ignacio Monreal, que colabora con la plataforma de afectados Stop Trama Estafadores, presume de haber ganado los 12 casos que ha llevado sobre préstamos usureros. ¿Su secreto? Acudir a la vía civil. "Yo no conozco a ningún prestamista al que se le haya condenado por estafa, sobre todo si por el medio hay una firma ante notario. Como mucho la vía penal consigue frenar un desahucio, pero no está sirviendo para condenar al prestamista y, sin eso, no se consigue la nulidad del contrato de préstamo. Es muy difícil probar el engaño", explica Monreal.
En su opinión, "la ley Azcárate sirve perfectamente para obtener nulidades de contrato por la vía civil. Basta con que se hayan cobrado los intereses al principio, por ejemplo, que es una práctica habitual entre los prestamistas, o demostrar que las tasas de demora son desproporcionadas para obtener la nulidad. Es una vía poco explotada y que es muy efectiva", sentencia Monreal, no sin antes recordar, orgulloso, que el año pasado consiguió recuperar la vivienda de uno de sus clientes que había incluso entregado las llaves a su acreedor.
Por su parte Galán, también colaborador de la plataforma, aporta matices al discurso de su colega. "Las dos vías son complementarias, se pueden aplicar a la vez. Yo prefiero la vía penal porque tiene una ventaja: que desde que empieza el proceso, se para la ejecución hipotecaria, que suele ser el objetivo principal de cualquier cliente. Por otra parte, es cierto que con la vía civil se puede obtener una nulidad del contrato, pero eso exige que se devuelva el préstamo sin intereses, y no todas las personas pueden permitírselo", zanja."
Desamparados ante la usura: Me quitan mi casa por una deuda de 18.000 euros. Noticias de Sociedad
---------- Post added 23-oct-2016 at 17:02 ----------
Me quedo además con el primer comentario:
"#19
2016-10-23 14:28:14 H
Creo que se ha indicado por aquí y hay que tener cuidado con las noticias sensacionalistas o manipuladas. Si los datos son ciertos, la realidad no es que la "víctima" sea un indigente ya que el artículo dice que su casa vale ahora unos 400000 euros. Ya tiene cientos de miles de euros más que la mayoría de nosotros.... Si se hubiera desprendido de una casa que no puede mantener , además le habría dado para pagar la deuda incluso con interés de demora , y eso sí, irse a una vivienda más modesta, bien de alquiler, o bien comprada ( por que le habría dado de sobras)
Tanto el que ha pagado religiosamente sus deudas, o las está pagando ( una hipoteca), como los que vivimos de alquiler no tenemos por que pagar las deudas de otros que en pontencia tienen un capital muy superior al nuestro. Es como el que no paga a la carnicería , se hace el loco todos los días, y luego se va con su Lamborgini de picnic. El dueño de la carnicería no tiene un Lamborgini por que tiene que pagar la luz, el gas, su hipoteca/alquiler, el colegio....¿Es justo que deje de dar la brasa pidiendo la cuenta al del Lamborgini por "pena" de que tenga que ir en twingo de picnic?. Estamos llegando al ridículo de llamar "desfavorecidos" a gente que no lo es. Simplemente ocurre que el nivel de vida que quieren llevar, y que me parece muy bien que quieran, no lo pueden mantener y tendrán que bajar algún escalón, como hacemos el grueso de los mortales. Si se pudiera vivir a la carta hay muchas viviendas a las que les he echado el ojo que me molarían con su Bautista y Jardinero, su masajista y cocinero , piscina y parque móvil..... pero va a ser que no.
El tema de si los intereses son o no razonables es otra cuestión, pero nadie le obliga a tomar ese producto. En este caso, la red de delincuentes bancaria y Cajas de Ahorros sí hicieron lo correcto ( no conceder crédito a quien teniendo capital no es buen pagador). Por supuesto que jor y oba tener un patrimonio y renunciar a parte de su valor ( sus 400000 euros se quedarían en 300000 en una mala venta, pero de sobra para no ser "homeles" al que haya que "rescatar" o sacar con el Evole)
Lo digo partiendo de que los datos sean ciertos y ya haya pagado más del 90% del piso. Si no es capaz de pagar el 10% restante se tendría que haber desprendido del mismo y sí habría tenido ofertas. Claro, ni de lejos los 600000 euros , y más con parte de deuda sin pagar, ni probablemente los 400000....¡que le vamos a hacer!. Los demás no tenemos la culpa de que hiciera un mal negocio. Mi primo se compró un destornillador para arreglar la aspiradora y los tornillos no eran de estrella y no le sirvió.... ajo y agua. Por suerte gracias a ello no metió mano a la aspiradora y aunque no lo sepa se ahorró muchos euros llevándola a arreglar al servicio técnico y no tirándola a la sarama si la hubiera "operado".... no siendo cirujano de aspiradoras.
Un drama social es la familia ,que habiéndose metido en créditos que no podía mantener de forma realista, o no, o porque la vida es cortesana y ha perdido ingresos, etc, acaba sin absolutamente nada a la intemperie. La culpa sigue sin ser de los demás, pero sí necesita ayudas sociales hasta que reconponga su vida... Eso no significa hacer una colecta para que mantenga un patrimonio que no ha podido pagar. Algunos no tenemos patrimonio... y no exigimos al vecino que nos lo dé. La familia tendría la opción de una vivienda de alquiler social y bueno.... luego Dios dirá.
Lo que no es de recibo es "Pepito va a ser deshauciado de su piso en propiedad( que todavía no es suyo por que no ha pagado ni la mitad) , vamos a comprárselo de regalo......hombre..... no sé.... va a ser que no. Por esa regla de tres a mi me han deshauciado de mi yate , de mi mansión , de mis viajes a Mónaco y mis compras mensuales en Nueva York.....vale que ni he comprado yate, ni mansión, etc.... pues más a mi favor, más deshauciado todavía que ni lo he catao.
Cuidadín, cuidadín con algunas noticias. Quedarse con el ojo ciego al aire es un drama lo bastante serio como para que el "umbral" de víctimas se eleve a quien tiene más patrimonio en potencia que la media. Según la noticia, el caso concreto es el de un señor que hizo una inversión mayor de la que podía hacer frente.... pues , hijo, que baje el diapasón. Ya sé que es más bonito vivir en una casa de p progenitora que una vivienda de alquiler de 50 metros como la mía , pero que le vamos a hacer. Debiendo sólo 40000 Euros ( con los intereses "usurero", que lo son.... y lo sabía) y pudiendo vender para sacar varios centenares de miles de euros no hablamos de problema social alguno. Ptada es, por su puesto, pero así es la vida. Juliancete cobra una pensión de 570 euros y no veas el daño que le hizo perder la cartera con 100 euros..... y mira, no sale en la tele ni en los medios...... bueno, este mes no sale ni de casa por no gastar ya que el pobre se ha quedado temblando; pero sobrevivirá.
Este tipo de artículos por encargo son peligrosetes. Pretenden desvirtuar la naturaleza de las cosas y no por motivos inocentes.
Un saludo"
"Miguel Ángel tiene miedo a salir de casa. A sus cincuentaitantos y a pesar de ir siempre flanqueado por un cortesanazo cruce, de mastín y pastor alemán, cada vez que escucha un motor en la calle se encierra tras una puerta de metal y llama a su abogado. Lleva meses soñando, entre pesadillas, con este momento, el momento en el que vengan a su casa para desahuciarlo.
Sobre el asfalto de la calle Fuente Romana, en Navalcarnero, seis agentes de la Guardia Civil y dos funcionarios del juzgado esperan a que den las 11:30. Los vecinos miran por las ventanas. Una señora lamenta, a lo lejos, que "no se hagan estos despliegues con los auténticos delincuentes", pero los agentes no desvían la mirada de la casa de Miguel Ángel. Dan y media. En ese momento, el agente más cercano al chalé da un paso adelante y llama al timbre.
— Caballero, tiene que abrirnos la puerta, tenemos una orden de desahucio.
— Estoy llamando a mi abogado, ha ido a ver a la jueza. Lo último que me dijo es que no abriese.
— Si no abre tenemos a un cerrajero que lo hará por usted. Vaya atando al perro.
En este momento Miguel Ángel da un paso atrás y trata de respirar hondo. No puede. Su pareja y su hijo siguen dentro, detrás de las ventanas. Se agarra el pecho tratando de conseguir oxígeno y echa una mirada desesperada a los periodistas que estamos dentro de la casa, como si con nuestras cámaras pudiésemos espantar a las autoridades y pagar su deuda. Y nosotros bajamos la cabeza. Ha llegado el momento. Miguel Ángel y su familia tienen que abandonar el edificio que ha sido su casa los últimos catorce años.
“Denme solo diez minutos, se lo pido por favor”, suplica Miguel Ángel, aferrándose a un milagro en forma de llamada de móvil. Su abogado, Carlos Galán, se ha presentado en los juzgados para conseguir una jovenlandesatoria 'in extremis', pero lo último que sabemos es que la jueza no ha querido recibirle. Los minutos caen como plomo, en silencio, mientras Miguel Ángel y los periodistas nos miramos con los agentes a través del portón de la casa.
Y, de repente, lo imposible. Un agente se retira a hablar por teléfono y se acerca a la puerta: “Caballero, me comunican que han detenido el desahucio”, le dice a Miguel Ángel que, esta vez sí, parece desfallecer. Tras unos minutos, y todavía con los ojos empañados, recibe a su abogado y juntos se funden en un abrazo. “Esta vez ha estado cerca”, lamenta Miguel Ángel con la voz trémula. Todo ha acabado por hoy, pero dentro de un mes su acreedor volverá a intentar quedarse con la casa.
El prestamista Antonio Arroyo tiene derechos sobre más de 500 inmuebles en toda España“¿Tú te crees que me van a quitar la casa por un crédito de 18.000 euros?”, dice Miguel Ángel. Hace cinco años avaló un crédito hipotecario de su cuñado con su casa y el familiar no solo dejó de pagar, sino que se fugó a Perú. Miguel Ángel, charcutero en una gran superficie, se vio obligado a pedir otro crédito para evitar que el banco se quedase con su domicilio, una casa unifamiliar en Navalcarnero que, en el cénit del ladrillazo, llegó a tasarse por 600.000 euros. Ahora vale en torno a 400.000. Intentó pedir otro crédito para pagar el anterior, pero Bankia le había inscrito en la lista de jovenlandesesos y todos los banqueros se negaron a hacerlo. Así que recurrieron a los préstamos privados. Su mujer hizo una búsqueda en internet y fue a topar con el primer resultado, que no es otro que el célebre Antonio Arroyo, también conocido como ‘El gran usurero’.
Arroyo, primer prestamista inscrito en España, es un personaje polémico que ha ejecutado a más de 90 familias, mientras que las asociaciones de afectados hablan de otras 3.000 personas en problemas con este prestamista. La mayoría denuncia que Arroyo les obligó a avalar el crédito con su casa y que, una vez concedido, nunca les dio la posibilidad de devolverlo. “Les llamé un montón de veces y nunca me cogían el teléfono. Incluso quedé con ellos, cuatro o cinco veces, y nunca acudieron a la cita. Lo que querían, como es obvio, no era que yo devolviese el dinero, sino quedarse con mi casa por poquísimo dinero”, dice el propietario. Arroyo, que tiene derechos sobre más de 500 fincas por toda España, ha sido detenido tres veces, pero sigue libre y operando.
Miguel Ángel no se preocupó ni siquiera de preguntar por la tasa de demora del préstamo. Se reunió con el equipo de Arroyo en una notaría de la calle Buen Suceso, en Madrid, y firmó los papeles sin hacer muchas preguntas. Necesitaba el dinero. No sabía que se estaba comprometiendo a pagar unos intereses de demora del 29%, un porcentaje que la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo ubica por encima del umbral de la usura. “No me atendieron durante los primeros meses y, un día de repente, me llamó la secretaria de Arroyo para decirme que les debía 40.000 euros”, dice Miguel Ángel, cuya casa ha salido a concurso público sin avisarle.
Una ley con 108 años
En realidad, en España la usura no es una figura penal. La ley que la regula data de 1908 y no establece márgenes claros para identificar cada caso. El texto legal, impulsado por el diputado y filósofo Gumersindo de Azcárate durante el primer Gobierno de Antonio Maura, reza así: “Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquel leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales”. Imponía, además, unas multas de entre 500 y 5.000 pesetas para los usureros, que fueron derogadas en 1995 por el socialista Juan Alberto Belloch.
El texto identifica, según juristas consultados, tres tipos de usura. La que surge de la imposición de unos intereses desproporcionados, siempre interpretables, la que se da por la existencia de cláusulas leoninas en el contrato —normalmente en los plazos de devolución— y, por último, la que emana de la entrega de un capital inferior al escriturado. "Es muy habitual que los prestamistas privados te entreguen mucho menos dinero del que pone en el contrato. Es una de las formas de estafa más habituales en estos casos", dice el abogado.
Desde Facua denuncian que el cliente de préstamos está indefenso ante la leyTodas las fuentes consultadas coinciden en que el marco legal es débil en la defensa del consumidor. "Los españoles están completamente desamparados ante la usura. Es que el mismo concepto es problemático, porque no se fijan unos márgenes aceptables en ninguna ley. No hay control de la Administración sobre estos establecimientos financieros, ni tampoco de las comunidades autónomas", lamenta Rubén Sánchez, portavoz de la agencia de consumidores Facua. "El sector está muy mal regulado. La banca pase, porque tiene al Banco de España, pero con los establecimientos financieros, y no quiero ya ni mencionar a los prestamistas privados, eso es la jungla. La ley de 1908 es escueta y poco específica", considera el letrado especilista en préstamos Carlos Galán.
En España, un prestatario que se sienta estafado no tiene vías extrajudiciales a las que acudir. Los institutos de consumo autonómicos, el Banco de España o la CNMC no tienen potestad para emitir veredictos vinculantes y mucho menos declarar un contrato de préstamo nulo. La única solución es acudir al juzgado. Para Adicae, (Asociación de Usuarios de Bancos y Cajas), "urge establecer unos criterios comunes ante la dispersión legislativa del sector, todo un ‘coladero’ para una gran variedad de empresas y productos sin control que abusan del consumidor. Los créditos al consumo ofertados por bancos y establecimientos financieros de crédito (EFC) –supervisados por el Banco de España– conviven con productos como los microcréditos, que cualquier sociedad mercantil puede comercializar, siendo libre de imponer cláusulas abusivas y precios fraudulentos sin supervisión alguna".
¿Significa esto que la usura no pasa factura en España? No exactamente. De hecho, en los últimos meses, diversos juzgados han recuperado la ley Azcárate para anular créditos y líneas de financiación diversas. La sentencia más importante, en tanto que crea jurisprudencia, es la emitida por el Supremo a finales del año pasado, cuando el Pleno de la Sala Civil del alto tribunal concluyó que “los créditos que dupliquen el interés medio del mercado deben ser considerados usurarios y, por tanto, nulos”. Se trataba de un crédito al consumo con un interés del 24,6% TAE por el que un cliente que obtuvo 25.634 euros de préstamo fue penalizado con unos intereses de 18.568 euros.
Los límites de la usura
La sentencia del Supremo es una luz al final del túnel para los consumidores en tanto que sugiere límites en los intereses: concretamente establece un máximo del doble del interés medio del mercado para la remuneración del crédito y en el interés más dos puntos para el de demora, en caso de retrasarse el pago. El alto tribunal es especialmente duro con las financieras al considerar que el alto riesgo de impago, derivado de los escasos requisitos que se exigen a los clientes, no puede ser defendido por la ley: "Con la concesión irresponsable de préstamos al consumo a tipos de interés muy superiores a los normales, que facilita el sobreendeudamiento de los consumidores y trae como consecuencia que quienes cumplen regularmente sus obligaciones tengan que cargar con las consecuencias del elevado nivel de impagos, no puede ser objeto de protección por el ordenamiento jurídico". El Banco de España considera que los intereses de los créditos al consumo deben oscilar entre el 6% y el 8%.
Así, muchos juzgados de primera instancia y provinciales han comenzado a agarrarse a esta doctrina para tumbar créditos que en el pasado se consideraban legales. Este mismo mes, la jueza Marta Iturrioz, titular del juzgado de Primera Instancia número 3 de Fuenlabrada, sentenció que la financiera de El Corte Inglés incurre en prácticas "abusivas y usureras". Iturrioz anuló la deuda de un cliente, denunciado por El Corte Inglés, por establecer unos intereses de demora del 18% cuando en el momento del crédito, en 2011, el interés medio se situaba en el 4%. Días antes, el Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid tumbó un préstamo del gigante francés Cofidis. El sumario asegura que un crédito de 1.200 euros se convirtió, a los cuatro años, en una deuda de 7.888 euros merced a unos intereses del 21% TAE y a unas cláusulas por demora abusivas.
Las cifras del Banco de España muestran que el crédito concedido a los ciudadanos subió en 2015 después de cuatro años de caídas. Basta escuchar la radio o poner la televisión a primera hora del día para comprobar que las empresas de microcréditos y préstamos rápidos han regresado a nuestras vidas. Pero, en el actual momento jurídico, algunos de los intereses que coobrabran en el pasado pueden ahora considerarse usura.
Podríamos clasificar los créditos rápidos en cuatro categorías principales: los préstamos personales, las tarjetas de crédito, los créditos rápidos y los minicréditos. Los préstamos personales, a menudo controlados por la gran banca, se consideran el producto más seguro para el consumidor, ya que permite obtener las mayores cantidades a un interés medio del 12,5-13,5%. Las tarjetas de crédito son una opción intermedia: la financiación es automática (hasta un límite), pero tiene unos intereses medios cercanos al 27%, más del doble del interés medio del mercado.
No obstante, los productos con más papeletas para obtener reveses judiciales en los próximos tiempos son los créditos rápidos y los minicréditos. Suelen ser ofertados por las mismas compañías, pero los minicréditos tienen una peculiaridad: no pueden superar los 200 euros. Es el límite, señala Adicae, para que no se les aplique la Ley de Crédito al Consumo.
Algunos de estos préstamos, denuncian Adicae y Facua, alcanzan entre el 3.500% y el 4.500% de intereses anuales. Este tipo de entidades, conocidas como establecimientos financieros, no se someten a la regulación del Banco de España, sino que solo tienen que registrarse en Consumo, dependiente del Ministerio de Sanidad. "En teoría las comunidades autónomas también deberían disponer de un registro de prestamistas, lo dice la ley 2/2009, pero, si alguna lo tiene, no está disponible telemáticamente para ser consultado, que era su utilidad final", dice Carlos Galán.
Distintos expertos consultados señalan dos tipologías de consumidor de estos productos con una misma urgencia: la desesperación. "Son normalmente padres de familia que no llegan a fin de mes y se agarran a un clavo ardiendo, sin mirar las consecuencias de lo que firman. Por otra parte también tenemos a muchas personas afectadas por ludopatía que necesitan dinero para jugar a toda costa". Una vez firmado el crédito, sobre todo ante notario, no queda más que pagar las cuotas o acudir a los tribunales. "Los microcréditos se valen de que lo que se paga por intereses es poco, porque los préstamos son pequeños, y no merece la pena denunciar", dicen desde Facua.
¿Penal o civil?
Si finalmente decide denunciar, tendrá que armarse de paciencia, porque tampoco hay acuerdo a la hora de escoger una vía judicial. El abogado Ignacio Monreal, que colabora con la plataforma de afectados Stop Trama Estafadores, presume de haber ganado los 12 casos que ha llevado sobre préstamos usureros. ¿Su secreto? Acudir a la vía civil. "Yo no conozco a ningún prestamista al que se le haya condenado por estafa, sobre todo si por el medio hay una firma ante notario. Como mucho la vía penal consigue frenar un desahucio, pero no está sirviendo para condenar al prestamista y, sin eso, no se consigue la nulidad del contrato de préstamo. Es muy difícil probar el engaño", explica Monreal.
En su opinión, "la ley Azcárate sirve perfectamente para obtener nulidades de contrato por la vía civil. Basta con que se hayan cobrado los intereses al principio, por ejemplo, que es una práctica habitual entre los prestamistas, o demostrar que las tasas de demora son desproporcionadas para obtener la nulidad. Es una vía poco explotada y que es muy efectiva", sentencia Monreal, no sin antes recordar, orgulloso, que el año pasado consiguió recuperar la vivienda de uno de sus clientes que había incluso entregado las llaves a su acreedor.
Por su parte Galán, también colaborador de la plataforma, aporta matices al discurso de su colega. "Las dos vías son complementarias, se pueden aplicar a la vez. Yo prefiero la vía penal porque tiene una ventaja: que desde que empieza el proceso, se para la ejecución hipotecaria, que suele ser el objetivo principal de cualquier cliente. Por otra parte, es cierto que con la vía civil se puede obtener una nulidad del contrato, pero eso exige que se devuelva el préstamo sin intereses, y no todas las personas pueden permitírselo", zanja."
Desamparados ante la usura: Me quitan mi casa por una deuda de 18.000 euros. Noticias de Sociedad
---------- Post added 23-oct-2016 at 17:02 ----------
Me quedo además con el primer comentario:
"#19
2016-10-23 14:28:14 H
Creo que se ha indicado por aquí y hay que tener cuidado con las noticias sensacionalistas o manipuladas. Si los datos son ciertos, la realidad no es que la "víctima" sea un indigente ya que el artículo dice que su casa vale ahora unos 400000 euros. Ya tiene cientos de miles de euros más que la mayoría de nosotros.... Si se hubiera desprendido de una casa que no puede mantener , además le habría dado para pagar la deuda incluso con interés de demora , y eso sí, irse a una vivienda más modesta, bien de alquiler, o bien comprada ( por que le habría dado de sobras)
Tanto el que ha pagado religiosamente sus deudas, o las está pagando ( una hipoteca), como los que vivimos de alquiler no tenemos por que pagar las deudas de otros que en pontencia tienen un capital muy superior al nuestro. Es como el que no paga a la carnicería , se hace el loco todos los días, y luego se va con su Lamborgini de picnic. El dueño de la carnicería no tiene un Lamborgini por que tiene que pagar la luz, el gas, su hipoteca/alquiler, el colegio....¿Es justo que deje de dar la brasa pidiendo la cuenta al del Lamborgini por "pena" de que tenga que ir en twingo de picnic?. Estamos llegando al ridículo de llamar "desfavorecidos" a gente que no lo es. Simplemente ocurre que el nivel de vida que quieren llevar, y que me parece muy bien que quieran, no lo pueden mantener y tendrán que bajar algún escalón, como hacemos el grueso de los mortales. Si se pudiera vivir a la carta hay muchas viviendas a las que les he echado el ojo que me molarían con su Bautista y Jardinero, su masajista y cocinero , piscina y parque móvil..... pero va a ser que no.
El tema de si los intereses son o no razonables es otra cuestión, pero nadie le obliga a tomar ese producto. En este caso, la red de delincuentes bancaria y Cajas de Ahorros sí hicieron lo correcto ( no conceder crédito a quien teniendo capital no es buen pagador). Por supuesto que jor y oba tener un patrimonio y renunciar a parte de su valor ( sus 400000 euros se quedarían en 300000 en una mala venta, pero de sobra para no ser "homeles" al que haya que "rescatar" o sacar con el Evole)
Lo digo partiendo de que los datos sean ciertos y ya haya pagado más del 90% del piso. Si no es capaz de pagar el 10% restante se tendría que haber desprendido del mismo y sí habría tenido ofertas. Claro, ni de lejos los 600000 euros , y más con parte de deuda sin pagar, ni probablemente los 400000....¡que le vamos a hacer!. Los demás no tenemos la culpa de que hiciera un mal negocio. Mi primo se compró un destornillador para arreglar la aspiradora y los tornillos no eran de estrella y no le sirvió.... ajo y agua. Por suerte gracias a ello no metió mano a la aspiradora y aunque no lo sepa se ahorró muchos euros llevándola a arreglar al servicio técnico y no tirándola a la sarama si la hubiera "operado".... no siendo cirujano de aspiradoras.
Un drama social es la familia ,que habiéndose metido en créditos que no podía mantener de forma realista, o no, o porque la vida es cortesana y ha perdido ingresos, etc, acaba sin absolutamente nada a la intemperie. La culpa sigue sin ser de los demás, pero sí necesita ayudas sociales hasta que reconponga su vida... Eso no significa hacer una colecta para que mantenga un patrimonio que no ha podido pagar. Algunos no tenemos patrimonio... y no exigimos al vecino que nos lo dé. La familia tendría la opción de una vivienda de alquiler social y bueno.... luego Dios dirá.
Lo que no es de recibo es "Pepito va a ser deshauciado de su piso en propiedad( que todavía no es suyo por que no ha pagado ni la mitad) , vamos a comprárselo de regalo......hombre..... no sé.... va a ser que no. Por esa regla de tres a mi me han deshauciado de mi yate , de mi mansión , de mis viajes a Mónaco y mis compras mensuales en Nueva York.....vale que ni he comprado yate, ni mansión, etc.... pues más a mi favor, más deshauciado todavía que ni lo he catao.
Cuidadín, cuidadín con algunas noticias. Quedarse con el ojo ciego al aire es un drama lo bastante serio como para que el "umbral" de víctimas se eleve a quien tiene más patrimonio en potencia que la media. Según la noticia, el caso concreto es el de un señor que hizo una inversión mayor de la que podía hacer frente.... pues , hijo, que baje el diapasón. Ya sé que es más bonito vivir en una casa de p progenitora que una vivienda de alquiler de 50 metros como la mía , pero que le vamos a hacer. Debiendo sólo 40000 Euros ( con los intereses "usurero", que lo son.... y lo sabía) y pudiendo vender para sacar varios centenares de miles de euros no hablamos de problema social alguno. Ptada es, por su puesto, pero así es la vida. Juliancete cobra una pensión de 570 euros y no veas el daño que le hizo perder la cartera con 100 euros..... y mira, no sale en la tele ni en los medios...... bueno, este mes no sale ni de casa por no gastar ya que el pobre se ha quedado temblando; pero sobrevivirá.
Este tipo de artículos por encargo son peligrosetes. Pretenden desvirtuar la naturaleza de las cosas y no por motivos inocentes.
Un saludo"