Rescatador
Madmaxista
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Una sociedad donde la mayoría piense que lo igualitario es que los hombres sufran x discriminación, va a producir jueces que, aún siendo honrados, van a interpretar que eso es lo igualitario y que por tanto no se está quebrantando el 14 de la Constitución.
Y lo mismo se puede aplicar a conceptos como el estado de derecho o imperio de la ley.
"En un estado de derecho la presunción de inocencia es un elemento clave"
De nuevo surge el mismo problema lo que se entienda por "presunción de inocencia" depende de la decisión de la mayoría en una sociedad donde perdamos el ojo ciego por las mujeres y los hombres importemos una cosa. Pues la criba de lo que se entiende por presunción de inocencia va a ser mucho más baja, y vamos a considerar que hay presunción de inocencia aunque te detengan y te metan en la guandoca por la palabra de una mujer porque por cultura entendemos que es así y de nuevo los jueces van a entender que por su puesto se está respetando la presunción de inocencia cuando la palabra de una mujer es prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia como así interpretó el Supremo en su momento.
Y en eso consiste el estado de derecho y la democracia, si no os gusta a lo mejor es que la democracia es una cosa y hay que buscar otro modelo o modificar el actual sistema para corregir sus fallos. Pero no os atrevaid a decir que no vivimos en una democracia.
Sinopsis artículo 14 - Constitución Española
la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (3/2007 de 22 de marzo) conocida popularmente como ¿ley de igualdad¿,
que modifica la
- Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio del Régimen Electoral General,
- Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial,
- Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal,
- Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil,
- Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
- Ley 14/1986, de 25 de abril , General de Sanidad,
- Ley 16/2003, de 28 de mayo , de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud,
- Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo,
- La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales,
- Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril,
- Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto,
- Ley 56/2003, de 16 de diciembre de Empleo,
- Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio,
- Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (hoy las reformas se encuentran incorporadas en el Estatuto Básico del Empelado Publico( ley 7/2007 de 12 de abril),
- Ley 17/1999, de 18 de mayo de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas,
- Ley 55/2003, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de salud,
- Ley de Sociedades Anónimas, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre,
- Ley 26/1984, de 19 de julio , General para la Defensa de Consumidores y Usuarios (cambios que se han introducido en la Ley 44/2006, de 29 de diciembre de mejora de la protección de consumidores y usuarios),
- y Ley 5/1984, de 26 de marzo Reguladora del Derecho de Asilo y de la Condición de Refugiado, (cambios introducidos en la actualmente vigente ley 12/2009 de 30 de octubre Reguladora del derecho de asilo y la protección subsidiaria)