Israel Gracia
Madmaxista
Condenan a más de 23 años de guandoca al hombre que agredió sexualmente a una agente de Guardia Civil
La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a 23 años y diez meses de prisión a H.B., el joven de 27 años que agredió sexualmente e intentó apiolar a una mujer que se identificó como agente de la Guardia Civil ante su agresor después de que este se introdujera en su apartamento, ubicado en la costa de Roquetas de Mar.
El fallo, consultado por Europa Press y contra el que cabe recuso, condena al acusado a 22 años y cuatro meses de prisión por un delito de allanamiento de jovenlandesada agravado en concurso medial con el delito de agresión sensual con penetración agravada por el uso de arma, y del delito de homicidio en grado de tentativa.
Asimismo, le impone nueve meses de multa a razón de seis euros al día por estos hechos y prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros y de comunicarse con la misma durante un periodo de 20 años. Del mismo modo, añade otros diez años de libertad vigilada y le condena a un año y medio de guandoca por atentar contra los agentes que le detuvieron tras ser sorprendido desnudo en una playa del municipio.
La Sección Segunda considera probado que el acusado, cuando contaba con 25 años de edad el 1 de marzo de 2020, se dirigió al domicilio de la víctima, a la que conocía superficialmente por haberla acechado la tarde anterior, en torno a las 2.00 horas, con lo que “valiéndose de un bloque de hormigón” fracturó un cristal para abrir la puerta de la casa, a la que entró.
Tras empuñar cuchillo, el hombre se dirigió a la habitación donde la víctima dormía, si bien esta se despertó y al verle “le dio el alto y se identificó en alta voz como agente de la Benemérita”. El procesado, ignorando dicha condición y con ánimo de menoscabar su integridad física, se abalanzó sobre ella y la amenazó con el cuchillo con expresiones tales como “cállate o te mato”.
La mujer se identificó en varias ocasiones como agente de la autoridad para que se marchara, lo que fue ignorado por el acusado, quien le amenazó con matarla si no se callaba antes de agredirla sexualmente sobre la cama, donde continuó golpeándola y donde llegó a oprimirle el cuello “hasta dejarla momentáneamente sin respiración”.
Cuando el acusado se levantó de la cama la víctima aprovechó para huir de la vivienda por la oquedad que este había ocasionado, sin que lo consiguiera al ser alcanzada por su agresor, quien la agarró del pelo y la condujo a una playa cercana donde le exhibió una navaja de pequeñas dimensiones y la volvió a amenazar para, acto seguido, taparle la boca y la nariz con arena “para que no respirara”.
Fueron finalmente dos agentes uniformados y comisionados para presentarse en el lugar de los hechos quienes sorprendieron al agresor desnudo sobre la víctima, si bien este salió corriendo aunque pudieron darle alcance a pocas calles. A pesar de su arresto, el acusado mantuvo una actitud violenta, tiró piedras a los agentes y a uno de ellos le golpeó con el codo.
Durante el juicio, que se celebró a puerta cerrada, el acusado aseguró que en el momento de los hechos estaba “empastillado”, si bien también dijo no recordar nada por estar bajo los efectos del alcohol; una versión que el tribunal desestima en base a las aportaciones de los testigos así como de su comportamiento, ya que tras ser detenido por primera vez “logró desasirse de las esposas, saltó la alambradas y verjas” y lanzó piedras a uno de los agentes, “lo que demuestra que sus facultades intelectivas y volitivas estaban indemnes”.
De otro lado, valora la versión “nítida, persistente e idéntica en el tiempo sin variación” ofrecida por la víctima en distintos momentos del proceso, con un testimonio “verosímil y persistente en la incriminación” a juicio de esta sala, lo que se apoya además en los agentes que arrestaron al acusado, quien fue sorprendido por los mismos cuando trataba de agredir sexualmente a la chica nuevamente.
A ello se unen los análisis de ADN que corrobora la versión de víctima, pues se hallaron restos orgánicos en las sábanas y otras prendas, si bien el presunto cuchillo empleado en el ataque no pudo ser analizado ya que, aunque se encontró en el lugar de los hechos, había sido lavado.
En cuanto a la intención de acabar con la vida de la mujer, la Sección Segunda concluye que existió un ‘animus necandi’ por parte del agresor, empezando por sus manifestaciones en las que le decía claramente que la quería “apiolar”.
“No solo la agredió en el interior de la vivienda llegando a dejarla en apnea, sino que, en una inmediata secuencia, la agarró por el cabello y arrastrándola fuera de la vivienda, siguió con su intención, no solo de agredirla sexualmente, sino de acabar con su vida, para ello la golpeó con extraordinaria violencia”, determina el texto.
Además de las penas privativas de libertad, la Audiencia impone al acusado una indemnización de 52.129,18 euros, más los intereses legalmente previstos. Asimismo indemnizará al agente al que agredió en la cuantía de 150 euros.
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La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a 23 años y diez meses de prisión a H.B., el joven de 27 años que agredió sexualmente e intentó apiolar a una mujer que se identificó como agente de la Guardia Civil ante su agresor después de que este se introdujera en su apartamento, ubicado en la costa de Roquetas de Mar.
El fallo, consultado por Europa Press y contra el que cabe recuso, condena al acusado a 22 años y cuatro meses de prisión por un delito de allanamiento de jovenlandesada agravado en concurso medial con el delito de agresión sensual con penetración agravada por el uso de arma, y del delito de homicidio en grado de tentativa.
Asimismo, le impone nueve meses de multa a razón de seis euros al día por estos hechos y prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros y de comunicarse con la misma durante un periodo de 20 años. Del mismo modo, añade otros diez años de libertad vigilada y le condena a un año y medio de guandoca por atentar contra los agentes que le detuvieron tras ser sorprendido desnudo en una playa del municipio.
La Sección Segunda considera probado que el acusado, cuando contaba con 25 años de edad el 1 de marzo de 2020, se dirigió al domicilio de la víctima, a la que conocía superficialmente por haberla acechado la tarde anterior, en torno a las 2.00 horas, con lo que “valiéndose de un bloque de hormigón” fracturó un cristal para abrir la puerta de la casa, a la que entró.
Tras empuñar cuchillo, el hombre se dirigió a la habitación donde la víctima dormía, si bien esta se despertó y al verle “le dio el alto y se identificó en alta voz como agente de la Benemérita”. El procesado, ignorando dicha condición y con ánimo de menoscabar su integridad física, se abalanzó sobre ella y la amenazó con el cuchillo con expresiones tales como “cállate o te mato”.
La mujer se identificó en varias ocasiones como agente de la autoridad para que se marchara, lo que fue ignorado por el acusado, quien le amenazó con matarla si no se callaba antes de agredirla sexualmente sobre la cama, donde continuó golpeándola y donde llegó a oprimirle el cuello “hasta dejarla momentáneamente sin respiración”.
Cuando el acusado se levantó de la cama la víctima aprovechó para huir de la vivienda por la oquedad que este había ocasionado, sin que lo consiguiera al ser alcanzada por su agresor, quien la agarró del pelo y la condujo a una playa cercana donde le exhibió una navaja de pequeñas dimensiones y la volvió a amenazar para, acto seguido, taparle la boca y la nariz con arena “para que no respirara”.
Fueron finalmente dos agentes uniformados y comisionados para presentarse en el lugar de los hechos quienes sorprendieron al agresor desnudo sobre la víctima, si bien este salió corriendo aunque pudieron darle alcance a pocas calles. A pesar de su arresto, el acusado mantuvo una actitud violenta, tiró piedras a los agentes y a uno de ellos le golpeó con el codo.
Durante el juicio, que se celebró a puerta cerrada, el acusado aseguró que en el momento de los hechos estaba “empastillado”, si bien también dijo no recordar nada por estar bajo los efectos del alcohol; una versión que el tribunal desestima en base a las aportaciones de los testigos así como de su comportamiento, ya que tras ser detenido por primera vez “logró desasirse de las esposas, saltó la alambradas y verjas” y lanzó piedras a uno de los agentes, “lo que demuestra que sus facultades intelectivas y volitivas estaban indemnes”.
De otro lado, valora la versión “nítida, persistente e idéntica en el tiempo sin variación” ofrecida por la víctima en distintos momentos del proceso, con un testimonio “verosímil y persistente en la incriminación” a juicio de esta sala, lo que se apoya además en los agentes que arrestaron al acusado, quien fue sorprendido por los mismos cuando trataba de agredir sexualmente a la chica nuevamente.
A ello se unen los análisis de ADN que corrobora la versión de víctima, pues se hallaron restos orgánicos en las sábanas y otras prendas, si bien el presunto cuchillo empleado en el ataque no pudo ser analizado ya que, aunque se encontró en el lugar de los hechos, había sido lavado.
En cuanto a la intención de acabar con la vida de la mujer, la Sección Segunda concluye que existió un ‘animus necandi’ por parte del agresor, empezando por sus manifestaciones en las que le decía claramente que la quería “apiolar”.
“No solo la agredió en el interior de la vivienda llegando a dejarla en apnea, sino que, en una inmediata secuencia, la agarró por el cabello y arrastrándola fuera de la vivienda, siguió con su intención, no solo de agredirla sexualmente, sino de acabar con su vida, para ello la golpeó con extraordinaria violencia”, determina el texto.
Además de las penas privativas de libertad, la Audiencia impone al acusado una indemnización de 52.129,18 euros, más los intereses legalmente previstos. Asimismo indemnizará al agente al que agredió en la cuantía de 150 euros.
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