Nefersen
Nuncio Apostólico
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En el año 1704 no existía el llamado hoy DERECHO INTERNACIONAL, esto está desde el año 1945.
Y en 1945 Colombia no era una colonia de ultramar de España.
El derecho sobre pecios hundidos aplica en la fecha en que se descubre el pecio, no en el del hundimiento. Es como si me dices que podemos robar una momia egipcia puesto que se enterró hace 3000 años, y entonces no estaba vigente ninguna ley egipcia actual que proteja su patrimonio.