CaraCortada
Madmaxista
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Otro lego q te pregunta. Lamento si me expreso inapropiadamente en lo que a aspectos jurídicos se refiere, pero el caso es que yo con aquella sentencia aún sigo con muchas dudas de todo. Es cierto que el voto discrepante es brutal: cómo si sus colegas y él hablaran de un caso distinto, un video distinto incluso unos acusados distintos.
Pero la cosa empieza por lo que el mismo voto discrepante indica:
En contraste con lo que resalta tanto el resto de ponentes del mismo tribunal como en el TS:
En lo que volvió a insistir el TS:
En tu opinión, ¿que hay de erróneo en valorar dicha "coacción ambiental"? ¿Pq no figuraba en el CP?
Quiero aclarar que entiendo la jugada judicial-polítco-social que estaba detrás de quienes presionaron a los compañeros de Ricardo: que desapareciera la distinción entre violación y agresión, dado que, como aspiran los movim.feministas, que la figura de la coacción NO es suficiente para juzgar delitos de violencia de naturaleza sensual. Para ellas el eje de las decisiones judiciales debe de ser prioritariamente: EL CONSENTIMIENTO para CUALQUIER delito sensual de la naturaleza que sea.
Y en el caso de la Manada, precisamente pq según el sentido de la resolución había 2 opciones: consentimiento (agresión) versus coacción (violación), fue el entorno propicio para provocar las "movilizaciones ciudadanas" (una cosa, agitprop puro y duro) que llevasen a la reforma penal.
#CASODELAMANADA
#MANADADEPAMPLONA
#DELITOSEXUAL
#AGRESIONSEXUAL
Tengo la sentencia guardada y con intencion de volver a leerla pero no lo hice porque solo de pensarlo me pone de mala ostra semejante atrocidad. No recuerdo tanto detalle y ahora no puedo dedicar tiempo pero lo que si me quedó claro fué la gran superioridad tecnica del magistrado disidente sobre los otros dos, osea, aunque la razón no le asistiera siempre seria mucho mas convincente. Ello tampoco es motivo para decidir la cuestión y por algo un tribunal siempre es impar y votan individualmente. Pero el tribunal superior que revisa la sentencia no puede ignorar los argumentos expuestos en primera instancia y debe entrar en ellos ya sea para rebatirlos o confirmarlos. En este caso lo tenian muy dificil y pasaron por alto la argumentación de D. Ricardo. De hecho creo que fue una sentencia breve y encima cometieron la atrocidad de aumentar la pena a los encausados hasta 15 años, cosa nunca vista y que pensaba no era posible.
Y ya digo que mi nivel es muy basico en penal, no lo volvi a estudiar desde la carrera, asi que no puedo entrar en conceptos juridicos especificos de penal. Pero si me quedo claro, y pienso que así lo vería cualquiera con estudios minimos, que D. Ricardo vapuleo a sus colegas hasta dejarlos casi en ridiculo.