Autonomo o sociedad limitada unipersonal

La palabra trapicheos es la correcta desde luego.

¿Dietas? ¿Sin justificar? Multazo.

Saludos,
RR:

todo lo que sea beneficios para el trabajador tiene exencion o beneficio fiscal.para eso han peleado tan duramente nuestros marisqueros caramba..

aqui lo que se da es el caso en que eres empleador y empleado,,o:)
 
todo lo que sea beneficios para el trabajador tiene exencion o beneficio fiscal.para eso han peleado tan duramente nuestros marisqueros caramba..

aqui lo que se da es el caso en que eres empleador y empleado,,o:)

Si beneficio fiscal tiene, claro que lo tiene:

El fundamento para que la normativa del IRPF no sujete a tributación estas asignaciones y dietas radica precisamente en la idea de compensar un gasto en el que previamente ha incurrido el trabajador. Esto es, el fundamento de la no sujeción al IRPF se justifica en la calificación de estos pagos como compensatorios de un gasto que tuvo el trabajador. No son, por tanto, pagos indemnizatorios, concepto que se vincularía más a la idea de reparación de un daño, sino pagos en compensación de gastos, razón por la cual, para que el perceptor no tribute por ellos en el IRPF se requiere estar en disposición de acreditar los días y lugares de desplazamiento, así como su razón o motivo.

Ahora ya, si no puedes demostrar bien clarito y por escrito al inspector de turno (o probablemente ni inspección haga falta) Quién, Cuándo, Cómo, Dónde y por qué... No sólo le van a hacer tributar a tu empleado, sino que te van a hacer pagar a ti SS, multa, intereses y todo lo que haga falta.

¿O no te lo crees?
RR.
 
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