treinta años son muchos años y si el dueño no reclama la propiedad en todo ese tiempo es que no le interesa mucho. La posesión como dueño tiene que ser pública, es decir que haya testigos que crean que la propiedad es del usucapiante. El dueño puede, en cualquier momento reclamar la propiedad de algún modo e invalidar el tiempo tras*currido. En el caso de la usucapió ordinaria basta con diez años (o 20 para propietarios no residentes en España) pero tienes que demostrar que adquiriste de buena fe el título de propiedad al que creías legítimo dueño (y resultó no serlo), osea imagino que hacer todas las formalidades de una tras*misión del bien, que para bienes inmuebles supone notario, inscripcion y toda la pesca... y si lo intentas y te pilla el dueño , que sabe tus intenciones (Y demostrar la mala fe), podrías ser denunciado por falsedad documental o algo así. (es mi opinión desde el bar)¿ y si el permiso es verbal solo como demuestras luego nada?
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