Abogado cripto. La cuestión fiscal

O te explicas mal o cometes un error. La pérdida o ganancia de la permuta se computa con el valor en el momento de la permuta, no cuando a ti te da la gana.

Si compraste una moneda cuando valia $1 y la permutaste por otra cuando valia $10, tendrás que declarar una ganancia de $9, independientemente de cuando regreses eso a contravalor fiat, y también de si la moneda posteriormente se ha ido a $0.01

Por cierto, cuidado porque si la moneda ha sido delistada y no se puede vender, el criterio de hacienda es que no puedes descontartelo como perdida. Por tanto es mejor venderla en el último Exchange donde quede en pie antes que esperar a que desaparezca.

Ya se que la permuta es entre el valor de compra y el valor de venta(permuta) como cualquier GP pero tanto eso como lo del delist son criterios que se han sacado de la manga unilateralmente y que por analogía con otras cuestiones no pueden salir adelante. Una moneda que no se puede tras*ferir ni convertir en FIAT su valor es CERO aquí y en la china milenaria. Pueden decir lo que quieran que por analogía con otros productos similares su criterio es interesado y no se sostiene.

Ahora mismo se aprovechan de que son juez y parte pero ya digo que en el momento que alguien lo lleve a los tribunales no se puede sostener.
 
Ya se que la permuta es entre el valor de compra y el valor de venta(permuta) como cualquier GP pero tanto eso como lo del delist son criterios que se han sacado de la manga unilateralmente y que por analogía con otras cuestiones no pueden salir adelante. Una moneda que no se puede tras*ferir ni convertir en FIAT su valor es CERO aquí y en la china milenaria. Pueden decir lo que quieran que por analogía con otros productos similares su criterio es interesado y no se sostiene.

Ahora mismo se aprovechan de que son juez y parte pero ya digo que en el momento que alguien lo lleve a los tribunales no se puede sostener.

Que hacen lo que les da la gana está claro, aunque esos criterios están hechos aplicando la lógica del mundo fiat actual, con lo cual tiene su lógica, retorcida y burocrática, pero lógica.

Es decir si el hecho imponible (o deducible) es la permuta o venta a fiat, y estas no se pueden producir, entonces no hay hecho deducible.

Lo que hay que hacer es jugar a su mismo juego, si tu declaras que se lo has vendido a tu cuñado por un valor simbólico de 1€, entonces si podrás declarar la pérdida.

No se pondrán a mirar que la moneda no está en ningún Exchange (no pasa nada porque la venta es P2P) y mucho menos si su cadena de bloques está parada (no pasa nada porque le puedes tras*mitir a tu cuñado la wallet)
 
Que hacen lo que les da la gana está claro, aunque esos criterios están hechos aplicando la lógica del mundo fiat actual, con lo cual tiene su lógica, retorcida y burocrática, pero lógica.

Es decir si el hecho imponible (o deducible) es la permuta o venta a fiat, y estas no se pueden producir, entonces no hay hecho deducible.

Lo que hay que hacer es jugar a su mismo juego, si tu declaras que se lo has vendido a tu cuñado por un valor simbólico de 1€, entonces si podrás declarar la pérdida.

No se pondrán a mirar que la moneda no está en ningún Exchange (no pasa nada porque la venta es P2P) y mucho menos si su cadena de bloques está parada (no pasa nada porque le puedes tras*mitir a tu cuñado la wallet)

Esa es la solución. Si la cripto está deslistada, se la vendes a tu primo por 1 €, o le vendes directamente la wallet, y a correr. Hay que jugar a su mismo juego.
 
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