A ver camaradas voxemitas, si garriga también es español entonces...

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Artículo 11. Constitución Española

La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.


Ley de 15 de julio de 1954 por la que se reforma el Titulo Primero del Libro Primero del Código Civil, denominado "De los españoles y extranjeros".


Son españoles:


Primero. Los hijos de padre español.


Segundo. Los hijos de progenitora española aunque el padre sea extranjero, cuando no sigan la nacionalidad del padre.


Tercero. Los nacidos en España de padres extranjeros, si éstos hubieran nacido en España y en ella estuviesen domiciliados al tiempo del nacimiento. Exceptuase los, hijos de extranjeros adscritos al servicio diplomático.


Cuarto. Los nacidos en España de padres desconocidos; sin perjuicio de que conocida su verdadera filiación, esta surta los efectos que procedan.
El matrimonio entre personas del mismo sesso en la legislación española y en el derecho internacional privado · Noticias Jurídicas Siguiendo la "lógica" iuspositivista voxemita, el "matrimonio igualitario" también es ética y jovenlandesalmente un matrimonio exactamente igual que el formado por hombre y mujer. Lo dice la legislación vigente. ¿No es así camarada? JAJAJAJAJAJAJAJAJAJA
 
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