ÁcrataMagallania
Será en Octubre
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Copypasteo este hilo de Twitter, creo que vale pena leerlo:
Notas del asunto Telegram. Un poco de "luz" en los aspectos procesales y técnicos, que se están diciendo muchas cosas absolutamente equivocadas.
1) El 29 de marzo de 2023 (hace un año) se solicitó a la AN por parte de varios titulares de derechos que se identificara a ...
... quienes eran algunos titulares de cuentas en Telegram que estaban compartiendo contenido con derechos de autor. Esta petición es legal según la LECrim.
2) La AN abrió diligencias previas (por turno de reparto le tocaron al juzgado de Pedraz) y comenzó a tramitar el asunto.
3) El problema es que Telegram en España no existe. Tiene la sede social en Islas Virgenes y la sede operativa en Dubai desde que salieron por patas de Rusia en 2018.
4) Por eso la unica forma de conseguir la información era enviar una "Comisión Rogatoria" a las Islas Virgenes.
5) La figura de la Comisión Rogatoria es muy frecuente y se usa cuando es necesario pedir el auxilio judicial de otro país. El problema es que es un trámite político, que recibe el Gobierno de destino, y que puede atender, o no.
6) En este caso el gobierno de Islas Vírgenes...
... ha decidido ignorar la Comisión Rogatoria y ni siquiera remitir la notificación formal a Telegram para su contestación.
7) Por ese motivo, el juez Pedraz ha decidido el viernes prorrogar el procedimiento para probar por otra vía, y paralelamente tomar la medida del bloqueo.
8) Esta medida está prevista por la LECrim, es legal bloquear preventivamente los contenidos afectados por derechos de autor mientras se continúan las Diligencias Previas.
9) Pero aqui surgen muchos factores:
a) Es legal el bloqueo, pero solo si no hay otra forma de hacerlo.
b) Solo se puede bloquear el servicio si no es posible bloquear los contenidos sin más.
c) El TJUE en varias sentencias ya ha establecido que el bloqueo masivo es contrario a la libertad de expresión, punto pelota (lo que limita la LECrim española).
d) El Auto NO justifica...
...la decisión, dice que es obvio que no hay otra manera, pero ni lo desarrolla ni lo fundamenta en lo relativo a derechos fundamentales.
10) Ahora a partir del lunes se notificará a las operadoras españolas, que tendrán 3 horas para ejecutarlo desde que reciban la notificación.
11) No se sabe cuando lo recibirán, así que NO SE SABE cuando entrará en vigor.
12) Ahora vamos con la parte técnica. El juez puede pedir lo que quiera, pero una cosa es pedirlo y otra que técnicamente sea viable.
13) Habrá que ver que responden las operadoras, pero ...
... podrán poner dificultades, pero es casi imposible que lo bloqueen al 100%. Rusia quiso bloquear Telegram en 2018 y fracasó totalmente. Es muy complejo.
14) Incluso en caso de que se bloqueara, con un proxy (Telegram los tiene embebidos) o con una VPN se saltaría el bloqueo.
15) Sobre la motivación, es muy fácil ver al gobierno detrás de esto y que si la censura y tal, pero creo que en este caso es mucho más sencillo. Pedraz tiene tendencia a sobreactuar (recordemos el caso Couso).
Conclusión: hay que esperar días y ver cómo evoluciona pero creo ...
... que falta saber cuando entra en vigor la medida, qué responden las operadoras, e intuyo que al final se quedará en molestias menores o relativas y que si hay recurso (que lo desconozco) es probable que la AN anule la medida.
Palomitas y a esperar.
Notas del asunto Telegram. Un poco de "luz" en los aspectos procesales y técnicos, que se están diciendo muchas cosas absolutamente equivocadas.
1) El 29 de marzo de 2023 (hace un año) se solicitó a la AN por parte de varios titulares de derechos que se identificara a ...
... quienes eran algunos titulares de cuentas en Telegram que estaban compartiendo contenido con derechos de autor. Esta petición es legal según la LECrim.
2) La AN abrió diligencias previas (por turno de reparto le tocaron al juzgado de Pedraz) y comenzó a tramitar el asunto.
3) El problema es que Telegram en España no existe. Tiene la sede social en Islas Virgenes y la sede operativa en Dubai desde que salieron por patas de Rusia en 2018.
4) Por eso la unica forma de conseguir la información era enviar una "Comisión Rogatoria" a las Islas Virgenes.
5) La figura de la Comisión Rogatoria es muy frecuente y se usa cuando es necesario pedir el auxilio judicial de otro país. El problema es que es un trámite político, que recibe el Gobierno de destino, y que puede atender, o no.
6) En este caso el gobierno de Islas Vírgenes...
... ha decidido ignorar la Comisión Rogatoria y ni siquiera remitir la notificación formal a Telegram para su contestación.
7) Por ese motivo, el juez Pedraz ha decidido el viernes prorrogar el procedimiento para probar por otra vía, y paralelamente tomar la medida del bloqueo.
8) Esta medida está prevista por la LECrim, es legal bloquear preventivamente los contenidos afectados por derechos de autor mientras se continúan las Diligencias Previas.
9) Pero aqui surgen muchos factores:
a) Es legal el bloqueo, pero solo si no hay otra forma de hacerlo.
b) Solo se puede bloquear el servicio si no es posible bloquear los contenidos sin más.
c) El TJUE en varias sentencias ya ha establecido que el bloqueo masivo es contrario a la libertad de expresión, punto pelota (lo que limita la LECrim española).
d) El Auto NO justifica...
...la decisión, dice que es obvio que no hay otra manera, pero ni lo desarrolla ni lo fundamenta en lo relativo a derechos fundamentales.
10) Ahora a partir del lunes se notificará a las operadoras españolas, que tendrán 3 horas para ejecutarlo desde que reciban la notificación.
11) No se sabe cuando lo recibirán, así que NO SE SABE cuando entrará en vigor.
12) Ahora vamos con la parte técnica. El juez puede pedir lo que quiera, pero una cosa es pedirlo y otra que técnicamente sea viable.
13) Habrá que ver que responden las operadoras, pero ...
... podrán poner dificultades, pero es casi imposible que lo bloqueen al 100%. Rusia quiso bloquear Telegram en 2018 y fracasó totalmente. Es muy complejo.
14) Incluso en caso de que se bloqueara, con un proxy (Telegram los tiene embebidos) o con una VPN se saltaría el bloqueo.
15) Sobre la motivación, es muy fácil ver al gobierno detrás de esto y que si la censura y tal, pero creo que en este caso es mucho más sencillo. Pedraz tiene tendencia a sobreactuar (recordemos el caso Couso).
Conclusión: hay que esperar días y ver cómo evoluciona pero creo ...
... que falta saber cuando entra en vigor la medida, qué responden las operadoras, e intuyo que al final se quedará en molestias menores o relativas y que si hay recurso (que lo desconozco) es probable que la AN anule la medida.
Palomitas y a esperar.