La Constitución buguea si unes estos dos artículos: Sánchez posible dictador.

hemorroide

Madmaxista
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ARTICULO 99

5. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso

El plazo termina el 27 de noviembre de este mes. Ahora este otro.

Artículo 116

1. Una ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes.
5. No podrá procederse a la disolución del Congreso mientras estén declarados algunos de los estados comprendidos en el presente artículo, quedando automáticamente convocadas las Cámaras si no estuvieren en período de sesiones. Su funcionamiento, así como el de los demás poderes constitucionales del Estado, no podrán interrumpirse durante la vigencia de estos estados

O sea, que antes de que termine el plazo nos enchufa otro estado de alarma, luego lo prolonga indefinidamente como hizo durante el el bichito, y como no se pueden disolver las cámaras y convocar elecciones, pues ahí le van a tener durante años como si fuera un dictador. Lo único que tiene que hacer es agitar un poco las cosas para tener algo con lo que justificar el Estado de Alarma.
 
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