Está en riesgo de fin, pero su exmarido (ahora) es mujer

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Trans: la norma que liquida la Ley de Violencia Machista

A pesar de que el legislador aseguró que ninguna mujer quedaría desprotegida o perdería derechos por la ley Trans, la realidad, tozuda, ha demostrado que la ola de hombres que se benefician de la norma para eludir las denuncias por violencia machista no deja de crecer


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Imagen de una performance en el Musac de León

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Cristina Fanjul
León
18.05.2024 | 18:25
Actualizado: 18.05.2024 | 18:25
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Está en riesgo letal. Así lo asegura la Guardia Civil en el atestado de la denuncia. Sin embargo, esta mujer no tiene ningún tipo de protección. «Porque si mañana su exmarido la mata, en realidad la habrá apiolado una mujer». Belén Pérez Sancha, abogada de esta joven, expresa así su incredulidad ante una ley, la Ley Trans, que ya ha provocado una avalancha de fraudes que provocan la pérdida de derechos de las víctimas de agresiones machistas.
Cada vez ocurre con más frecuencia. Hombres que se registran como mujeres con el fin de eludir la ley de violencia de género. En España ya se han producido varios casos pero hasta ahora en León no había dado la cara ninguno. S.P.G acudió al Registro Civil para modificar su condición sensual un 4 de octubre de 2023. Ni siquiera se cambió el nombre. Ni siquiera se afeitó la barba. La ley no obliga a hacerlo. Pocos días antes, el 1 de septiembre, su mujer había interpuesto contra él una denuncia por maltrato. Luego se retractó, una reacción más que habitual en las víctimas, sobre todo entre las que, como en este caso, tienen hijos en común. El historial de S.P.G acaparaba por entonces varios antecedentes: dos denuncias por acoso y abuso sensual y otras dos más por estafa con tarjetas de crédito.
Un año más tarde, el 10 de abril de 2024, y ya separados legalmente, su exmujer le denunciaba de nuevo. El caso había llegado al Juzgado de Violencia, pero la condición de mujer del acusado obligó a la jueza a inhibirse en el juzgado de Instrucción que aquel día estaba de guardia. Fue así como la denunciante se enteró de que su ya exmarido constaba como mujer en el registro y de que a partir de ese momento, ella quedaba a la intemperie de toda la protección legal que confiere el corpus de Violencia de Género. Entre dos mujeres cualquier agresión se convierte en un asunto de violencia doméstica y las víctimas pierden el paraguas con el que la ley las socorree: ayuda económica, derecho a una casa de acogida, a protección telemática y legal, adelanto de la pensión alimenticia, etc.
Ese mismo día, se decretó el sobreseimiento y el archivo del caso, a la vez que se deducía testimonio de las actuaciones contra la mujer por un delito de denuncia falsa. Todo ello a pesar de las pruebas médicas que demostraban las heridas sufridas en el momento de poner la denuncia. Preguntado por este periódico, S.P.G ha preferido no hacer ninguna declaración al respecto. Su abogado, tampoco.
En el informe del atestado realizado por la Policía, los agentes valoraron la situación de la exmujer de S.P.G como de Riesgo Alto, por lo que la diligencia fue trasladada a la UFAM, la Unidad de Familia y Mujer. En la valoración realizada para el ingreso del expediente en Viogen se calificaron como graves varios de los epígrafes del informe. Entre ellos, la violencia psicológica y la violencia física. Además, consta como Muy Grave el que se refiere a la existencia de amenazas o planes dirigidos a causar daño a la víctima. En el informe de valoración policial de riesgo se subraya que hay una «especial combinación de indicadores que aumentan de manera significativa la probabilidad de que el agresor ejerza sobre la víctima violencia muy grave o letal». Además, se subraya que cuando el sistema VioGen genera un caso de especial relevancia, como sería este en concreto, significa que en el mismo se observan factores de riesgo en combinaciones diversas, «que multiplican por ocho la probabilidad de reincidencia violenta con resultado de fin para la víctima».
Fernando Rodríguez Santocildes preside la Subcomisión de Violencia de Género de la Abogacía Española. DL

Fernando Rodríguez Santocildes, decano del Colegio de Abogados de León.DL
Nada de todo lo anterior repercutió en el proceso judicial puesto que no se puede juzgar a una mujer por un delito de violencia machista. Y es que, a pesar de lo que el Gobierno aseguró, la ley Trans permite a los hombres librarse de la de Violencia de Género. Es tan sencillo como registrarse como mujer antes de cometer el delito, un trámite que requiere de apenas tres pasos y que no puede ser superior a los cuatro meses.
El decano del colegio de abogados, Fernando Rodríguez Santocildes, asume que hasta el momento no se ha dado a los colegiados formación alguna acerca de una realidad que cada vez es más frecuente. Este año hay dos cursos programados, uno en julio —en Castilla y León— y otro en septiembre en Madrid. En ninguno de ellos se abordará este tema. «El colegio de abogados no se pronuncia y tampoco da recomendaciones a los letrados porque no entra en sus competencias», destaca Santocildes, que añade que es el juez el que debe determinar si se produce un abuso de derecho. Sortea la cuestión al asegurar desconocer si hay abogados que recomiendan esa estrategia de defensa, si bien deja claro que desde la institución nunca se dará ninguna instrucción que vaya contra el código deontológico.
Legislar en caliente
La abogada Margarita Martínez Trapiello, activista feminista, creadora de la asociación Flora Tristán de defensa a las mujeres y una de las personalidades leonesas que más ha luchado por la igualdad, considera que la ley trans, creada para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, se ha tergiversado «de manera intencionada» al legislar «en caliente». «En este crucial debate del que otros países ya están de vuelta, ni siquiera se ha pedido el asesoramiento de psicólogos, médicos psiquiatras y por qué no, filósofos», lamenta y critica que se haya incluido en la ley a todas las personas gays y lesbianas, obviando que todas ellas ya tenían desde 2005 todos sus derechos garantizados. «Intentar incluir a estos colectivos en la ley trans tiene como finalidad última la de la eliminar el concepto de género, en este caso el de la mujer, porque los problemas que la aplicación de la ley ha planteado en tan corto plazo ha sido que un innumerable colectivo de varones casados o divorciados, y con antecedentes por violencia, ha optado por cambiar su género porque la mera manifestación de ‘sentirse mujer’ es más que suficiente para la legislación española», denuncia. Margarita Martínez Trapiello advierte contra esta ley y asegura que en este caso el mero hecho de acudir al Registro Civil y a partir de ese acto registral cambiar legalmente de sesso ha evitado la aplicación de la Ley de Violencia de Género para aplicarse así el Código Penal a través de las penas contempladas para las agresiones en el ámbito familiar. «¿Qué significado tiene el de validar jurídicamente y sin más el ‘sentirse mujer’ cuando la finalidad última de este sentimiento es la de eludir una sanción penal ante un caso de violencia de género y cuando la sanción al tratarse de un varón es mucho más grave que si se tratase de una mujer?», advierte la abogada. Explica que España ha decidido desoir lo que ya ocurre en otros países: «Por razones más políticas que sociales y médicas se ha decidido que lo mejor es animar y empujar a la transición a los adolescentes que se identifican como trans, en la mayoría de los supuestos por la influencia y presión de las redes sociales», manifiesta y añade que todo ello se lleva a cabo sin la investigación precisa y necesaria para conocer el qué o el porqué les ha llevado a esa afirmación.
La abogada leonesa Margarita Martínez Trapiello

La abogada leonesa Margarita Martínez TrapielloFERNANDO OTERO PERANDONES
De hecho, ya hay casos registrados que pervierten la ley para lograr ventajas o evitar las consecuencias de la responsabilidad penal o civil. Oviedo, Madrid, Salamanca, Sevilla, Alicante, La Coruña... Este mismo año, la Comunidad de Madrid, alertaba de que al menos seis agresores habían cambiado su género en el Registro Civil y se daba el caso de que alguno de los agresores trataban de acceder a los mismos puntos de ayuda que sus víctimas. Sin embargo, la ministra de Igualdad, Ana Redondo, decía esta misma semana que la ley se queda como está. «Será así aunque alguien haga trampas, o aunque unos cuantos desaprensivos abusen de esta ley».
Revocación del sesso registral
Margarita Martínez Trapiello defiende que, «como siempre ha sucedido, el patriarcado en lugar de solucionar el problema que las personas no binarias y trans han soportado a lo largo de la historia de la humanidad, ha creado otro mucho más grave equiparando a la mujer a un mero sentimiento». La abogada incide en que la ley Trans deja a las mujeres indefensas ante la actitud de los varones que, amparándose en un fraude de ley, cambian de sesso por la mera manifestación registral de un «sentimiento indemostrable».
Sagrario Pérez Astobiza, secretaria de la asociación feminista Adavas, explica que ya advirtieron en su momento sobre lo que iba a pasar. «Desde hace tiempo venimos denunciando esta ley y sus consecuencias. Pero no se recogen en ningún medio de comunicación», dice la representante de una institución histórica en la ayuda a las mujeres víctimas de violencia sensual y malos tratos.
Explica que en sus consideraciones a la Ley, indicaron que la comisión de delitos de violencia machista o sensual debería implicar la revocación del cambio de sesso registral y que las penas privativas de libertad deben cumplirse en el módulo penitenciario correspondiente al sesso biológico, a fin de garantizar la seguridad y la integridad física de las mujeres presas. Y es que, según los datos del Ministerio de Interior, hay al menos ya 79 hombres registrados como mujeres en las cárceles españolas. De ellos, 25 están en módulos de hombres, 49 conviven con mujeres y cinco más lo hacen en módulos compartidos. Sin embargo, y atendiendo a la Protección de datos, se niega aportar en qué centros de reclusión se encuentran. El Heraldo de Aragón publicaba el pasado mes de marzo que dos empresarios investigados por contratar a un sicario para apiolar a otro hombre se registraron como mujeres y exigieron ser cacheados por policías mujeres a su entrada en la guandoca y, a partir de ahí, disfrutar de numerosas ventajas en la guandoca. «Este caso también pone de manifiesto cómo será tergiversada la realidad estadística ya que estos varones autoidentificados como mujeres pasarán a ser considerados mujeres maltratadoras de mujeres en el marco de un delito de violencia doméstica, cuando en verdad estamos ante casos de violencia machista», defiende. Además, reivindica que una mujer biológica agredida por su pareja varón biológico no debería perder sus derechos como víctima de violencia machista, con independencia del sesso registral de ella o de su pareja.
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Imagen de las representantes de la asociación Adavas en León.FERNANDO OTERO PERADONES

malo, forzador y preso trans​

La Administración tiene derecho a ocultar a la opinión pública si un preso varón —peligroso y condenado en firme por delitos extremadamente graves y contra la libertad sensual de las mujeres— ha sido trasladado a un módulo penitenciario femenino, al definirse como transexual y haber comenzado su tratamiento para el cambio de género. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, en una resolución sin precedentes y que podría sentar doctrina, ha avalado la decisión del Ministerio del Interior de negar a una asociación feminista información sobre si se ha aceptado o no la solicitud de un trans malo confeso y forzador de ser trasladado a un módulo de mujeres. La resolución del consejo afirma que revelar ese extremo atentaría contra la legislación de protección de datos. El caso en cuestión conmovió hace más de cinco años a la sociedad canaria. Jonathan de Jesús Robaina Santana, según los hechos probados de la sentencia, la noche del 4 de junio de 2018 se coló en casa de su prima Vanessa Santana en Betancuria (Fuerteventura), usando una llave que le había robado. Aprovechando que su familiar estaba sola y usando guantes para no dejar huellas, subió a la habitación de su prima, que estaba dormida. Primero la golpeó cerca de 30 veces en la cabeza con un martillo. Luego la asfixió con un cinturón. Y, mientras Vanessa agonizaba (o ya estaba muerta), Robaina la violó y luego eyaculó sobre el cuerpo de su prima. La prueba de ADN implicó sin género de dudas a Jonathan en el asesinato y él acabó confesando la fin, pero no la agresión sensual.
El 31 de mayo de 2021, el día en que comenzó el juicio contra Robaina en la Audiencia de Las Palmas, el acusado pidió al tribunal, a través de su abogado, que le llamaran Lorena, al tiempo que anunciaba que había iniciado el proceso de cambio de sesso en prisión. De hecho, en el juicio alegó su condición de transexual para negar su atracción por las mujeres e intentar librarse de la condena por delito sensual por el que le pedían: 15 años más de guandoca. Aquel alegato sobre el cambio de sesso para negar la violación de nada le sirvió. La Audiencia le condenó a 41 años, que luego el Supremo, por cuestiones técnicas, redujo a 38 años tras confirmar la agresión sensual.
Aquel anuncio sobre el cambio de sesso, sin embargo, no se quedó en el tribunal. El colectivo feminista ‘Alianza Contra el Borrado de las Mujeres’, que se muestra muy crítico con muchos aspectos de la ley trans, quiso seguir el caso y conocer si efectivamente Robaina, que se encontraba entonces en la prisión mixta de Las Palmas II, había conseguido el traslado a un módulo de mujeres. Así el 23 de enero de este año, la asociación, en virtud de la ley de transparencia, exigió al departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska que revelara la situación penitenciaria del forzador. Interior, sin embargo, se negó en redondo. Apenas una semana después, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias rechazó la petición alegando que «dada su sensibilidad, los datos específicos de cada supuesto pertenecen a la parcela más íntima y personal de sus titulares, necesitándose su consentimiento expreso para proceder a su publicidad». La asociación feminista no se conformó y recurrió el 6 de febrero de este año ante el Consejo de Transparencia. Ante este órgano alegó que debía conocerse si el malo y forzador había acabado en un módulo femenino porque lo que estaba en juego era la «seguridad básica» y «libertades» de las 4.500 mujeres presas en España, un «colectivo de especial vulnerabilidad». Interior volvió a rechazar la reclamación insistiendo en que se estaba solicitando una «información sensible relativa a una persona concreta e identificada» y que la propia ley de transparencia detalla que el acceso a estos datos solo se podrá autorizar «en caso de que se cuente con el consentimiento expreso del afectado o si aquel estuviera amparado por una norma con rango de ley». Y ahora, en esta guerra entre las feministas y el ministerio que ya dura todo el 2023, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno zanja que es Interior el que tiene razón al negar cualquier información sobre el destino penitenciario de Jonathan de Jesús Robaina Santana.
La plataforma contra el Borrado de Mujeres incide en que el Consejo General del Poder Judicial indicó en su informe que la norma no establecía disposiciones suficientes para garantizar que los maltratadores no pudieran aprovecharse de la ley, como así ha ocurrido ya.
Y es que al hecho de que varios varones maltratadores ya han pedido su ingreso en servicios y espacios destinados a mujeres víctimas de violencia, se suma la constatación de que todas las alertas realizadas por las organizaciones feministas, eran fundadas, y convierte en urgente la retirada de la Ley.
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