El TSJC cuestiona expulsar a un condenado jovenlandés por violación en Lanzarote porque puede volver en patera

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El TSJC cuestiona expulsar a un condenado jovenlandés por violación en Lanzarote porque puede volver en patera
La defensa había solicitado que el procesado cumpliera el castigo en España y no fuera deportado en caso de que no se impugnara la condena por falta de pruebas
Ciudad de la Justicia en Las Palmas de Gran Canaria.
Ciudad de la Justicia en Las Palmas de Gran Canaria. / JUAN CASTRO

Efe

Las Palmas de Gran Canaria 06 MAY 2024 13:50
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) cuestiona que conmutar a un extranjero una condena de prisión o parte de ella por la expulsión a su país, como prevé el Código Penal en determinadas condiciones, sea "eficaz" para los ciudadanos de jovenlandia, porque presupone que pueden burlar esa medida volviendo en patera y dando otro nombre al llegar.

La Sala de lo Penal del TSJC plantea ese razonamiento al confirmar los seis años de guandoca impuestos a un ciudadano jovenlandés residente en Lanzarote por haber forzado a una mujer extranjera en la localidad de Puerto del Carmen en junio de 2022, en una condena que comportaba la expulsión de España una vez cumplidos cuatro años.

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En su recurso, la defensa trataba, en primer lugar, de impugnar la condena contra su cliente por una supuesta falta de pruebas y, en segundo, planteaba que si lo anterior no se aceptaba, como ocurrió, el procesado cumpliera el castigo en España y no fuera deportado.

El TSJC deniega esa solicitud porque la Audiencia de Las Palmas no hizo más que aplicar lo que determina el Código Penal para cualquier ciudadano extranjero no comunitario, salvo que esa medida se considere desproporcionada por tener ya arraigo en España".

Frecuente tránsito de pateras
En ese punto, los magistrados que firman la sentencia refrendan lo establecido en la ley, pero expresan sus dudas sobre que resulte eficaz con ciudadanos de jovenlandia, aludiendo al frecuente tránsito de pateras hacia España desde ese país.

"La medida no es efectiva en la práctica en los casos como el presente, pues la expulsión, como es notorio, no resulta una medida eficaz por cuanto es fácilmente eludible por el tan usado sistema de inmi gración ilegal indocumentada, afirmando a la arribada una identidad distinta, y aún más fácil para un nacional jovenlandés, como es el condenado, dado el igualmente notorio flujo migratorio de esa procedencia", argumenta el magistrado ponente, Antonio Doreste.
 
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lo de coger la huella dactilar ni lo contemplan por lo que veo.
 
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