Corrupción El boe publica la ley de amnistía tras las europeas del 9-j y la constitución de la mesa del parlament. adjunto pdf

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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, este lunes a su llegada a una reunión de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, este lunes a su llegada a una reunión de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE. Europa Press


POLÍTICA

El BOE publica la Ley de Amnistía tras las europeas del 9-J y la constitución de la Mesa del Parlament​



Entra en vigor desde este martes, abriéndose un plazo de dos meses para que jueces y tribunales la apliquen.​

11 junio, 2024 07:37
  1. PSOE (PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL)
  2. ORIOL JUNQUERAS
  3. PARTIDO POPULAR (PP)
  4. ERC ESQUERRA REPUBLICANA DE CATALUÑA
  5. TRIBUNAL SUPREMO
  6. PEDRO SÁNCHEZ
  7. FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO
  8. BOE BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
  9. MALVERSACIÓN DE FONDOS
  10. CARLES PUIGDEMONT
  11. PROCÉS CATALÁN
  12. ÁLVARO GARCÍA ORTIZ
  13. LEY DE AMNISTÍA
  14. JUNTS

Sara de Diego @Saradediego_
La Ley de Amnistía ya está en vigor. El Boletín Oficial del Estado publica este martes la Ley Orgánica de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, que fue aprobada en el Congreso el pasado 30 de mayo con 177 votos a favor y 172 en contra, y que abre la puerta al regreso a España de Carles Puigdemont.
Desde la publicación de la ley este martes, se suspenden de forma inmediata las medidas cautelares y las órdenes de detención sobre los potenciales beneficiarios de la amnistía. Además, los jueces y tribunales disponen de dos meses para aplicarla. Eso sí, ese plazo se detendrá si se eleva una cuestión a la Justicia europea. El BOE también abre el plazo de presentación de recursos de inconstitucionalidad y al menos el PP ya tiene anunciado que la impugnará.

La Ley de Amnistía ya está en vigor. El Boletín Oficial del Estado publica este martes la Ley Orgánica de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, que fue aprobada en el Congreso el pasado 30 de mayo con 177 votos a favor y 172 en contra, y que abre la puerta al regreso a España de Carles Puigdemont.

Desde la publicación de la ley este martes, se suspenden de forma inmediata las medidas cautelares y las órdenes de detención sobre los potenciales beneficiarios de la amnistía. Además, los jueces y tribunales disponen de dos meses para aplicarla. Eso sí, ese plazo se detendrá si se eleva una cuestión a la Justicia europea. El BOE también abre el plazo de presentación de recursos de inconstitucionalidad y al menos el PP ya tiene anunciado que la impugnará.

La aprobación de esta norma llega 48 horas después de las elecciones europeas y al día siguiente de la constitución de la Mesa del Parlament, que presidirá Josep Rull, imponíéndose Junts al PSC.

[Lea aquí la Ley de Amnistía publicada este martes en el BOE]

El decreto, firmado por el Rey Felipe VI y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, recoge la norma que pactó PSOE con ERC y Junts a cambio de su apoyo a la investidura del líder socialista.

Su objetivo es amnistiar a todos los implicados en las movilizaciones soberanistas e independentistas desde el 1 de noviembre de 2011, cuando aún gobernaba el PSOE de José Luis Rodríguez Zapatero, hasta el 13 de noviembre de 2023.

De esta forma, la Ley de Amnistía comprende tanto a los condenados por la consulta del 9 de noviembre de 2014 como los del referéndum independentista de 2017, así como el archivo de las investigaciones abiertas por los disturbios posteriores contra la sentencia del Tribunal Supremo.

[La versión final de la ley de amnistía no impide que el TS siga investigando por terrorismo a Puigdemont]
Para blindarse ante posibles cuestiones prejudiciales a la justicia europea, la ley establece en un artículo los delitos que quedan excluidos de la amnistía y delimita el perdón a la malversación y el terrorismo de mayor gravedad.

Según confirmó el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Felix Bolaños, la norma ampara a 372 personas, entre las que se incluyen dirigentes de Junts y ERC, a los 12 CDR procesados y a los investigados por Tsunami Democràtic, entre otros.

Turno ahora de los jueces​

A partir de ahora, su aplicación queda en manos de los jueces y tribunales que tengan sobre la mesa causas vinculadas al procés, estos son, el Supremo, la Audiencia Nacional, el Tribunal de Cuentas amén de más de 300 causas en los juzgados y tribunales de Cataluña.

La ley establece que se suspenderán de forma inmediata las medidas cautelares y las órdenes de detención en vigor, pero hay discrepancias entre los juristas y los fiscales del Supremo que ejercieron la acusación en el juicio a la cúpula del procés han cuestionado que pueda hacerse de forma automática.

[La amnistía a Puigdemont, en jaque si el Supremo aplica su doctrina sobre la malversación al 'procés']

Es más, los fiscales del Supremo ya han comunicado al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, que se oponen a amnistiar el delito de malversación porque la propia norma lo excluye y, además, "afecta a intereses financieros de la Unión Europea", lo que concierne al exvicepresident catalán Oriol Junqueras y a los exconsellers Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, condenados por malversación. También afecta a tres de los fugados de la Justicia Carles Puigdemont y los exconsellers Toní Comín y Lluis Puig, procesados por malversación y desobediencia.

De hecho, estos fiscales sostienen que la orden de detención contra Puigdemont y los fugados no pueden ser retiradas por la amnistía dado que, en su opinión, el delito que justifica la vigencia de dichas órdenes no se puede amnistiar, la malversación.

Será aquí donde entre en juego la posición de la Fiscalía, que pretende mantener una unidad de actuación, aunque aún no se conoce cual será su posición respecto a la malversación o las cautelares, una decisión cuya última palabra estará en manos del fiscal general del Estado.

Por eso, el primer paso que dará el juez del Supremo Pablo Llarena será preguntar a las defensas y acusaciones, como se prevé que hagan una gran mayoría de juzgados y tribunales del país, esto es, dirigirse a las partes para que informen sobre la aplicación de la amnistía en cada procedimiento que pueda verse afectado.


Aprobada en seis meses​

La proposición de ley fue registrada en solitario por el Grupo Socialista el 13 de noviembre del año pasado y, aunque formalmente se ha tramitado por el procedimiento de urgencia, no ha visto la luz hasta más de seis meses después, después de que el 30 de mayo reuniera el apoyo de 177 diputados del PSOE, Sumar, Podemos, ERC, Junts, Bildu, PNV, BNG y el exministro José Luis Ábalos, frente a los 172 en contra del PP, Vox, Coalición Canaria y UPN.

Tras su aprobación definitiva, el Gobierno explicó que se seguiría el procedimiento habitual para su publicación en el BOE y que, por tanto, no sería de forma inmediata. 12 días después la norma ha entrado en vigor.


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