Corbatas verdes borrachos y cocainómanos temblando: Revuelo en las inmobiliarias por las inspecciones de Trabajo en busca de falsos autónomos

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Juas juas juas, parece ser, que a estas ratas que les gusta inflar precios de bienes de primera necesidad, les vienen tiempos complicaditos...







Revuelo en las inmobiliarias por las inspecciones de Trabajo en busca de falsos autónomos

La figura del TRADE, enmarcada en el convenio sectorial de 2003, está ahora en el foco de la Inspección de Trabajo. El sector cuenta qué está pasando y su impacto
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Agencia inmobiliaria

Getty/Freepik

Ana P. Alarcos
18 Marzo 2024, 6:01

Crece el malestar y la preocupación entre las agencias inmobiliarias por un nuevo golpe que está asestando el Gobierno al negocio dentro de su lucha contra los falsos autónomos.
En los últimos meses, Trabajo está intensificando las inspecciones a agencias y franquicias inmobiliarias de toda España para destapar este tipo de situaciones y lograr que esos trabajadores pasen al Régimen Común. Y son muchos los casos en los que los inspectores están determinado que los profesionales inmobiliarios, lejos de ser autónomos, tienen una relación laboral con la empresa y, por tanto, deberían reconvertirse en asalariados.
Detrás de esta maniobra, según el sector, hay un afán recaudatorio y la necesidad de sumar altas a la Seguridad Social, puesto que el modelo laboral que están utilizando está enmarcado en el convenio sectorial que lleva dos décadas en vigor y hasta ahora no habían sido objeto de sanciones. Asociaciones, empresarios inmobiliarios y abogados denuncian que el Gobierno no está notificando qué cambios deben aplicar y que la falta de información no solo está generando inseguridad e incertidumbre, sino que está comprometiendo la viabilidad económica de muchos negocios y podría provocar quiebras.



Los TRADE, en el punto de mira

El sector lleva dos décadas utilizando la figura laboral bautizada como ‘TRADE’ (Trabajador Económicamente Dependiente), recogida en el Estatuto del Trabajo Autónomo y detallada en el Convenio Colectivo Estatal para las empresas de Gestión y Mediación Inmobiliaria que se aprobó en 2003.
Según consta en la exposición de motivos de dicho convenio, “la actividad en el sector de la mediación inmobiliaria puede ser desarrollada mediante diversos modos de actuación que van desde los trabajadores por cuenta ajena dependientes de una persona física o jurídica hasta los profesionales autónomos que desempeñan su actividad por cuenta propia en un régimen de colaboración con empresas que les proporcionan clientes así como todo tipo de servicios o prestaciones, incluso licencias de uso de una marca.
Todos los operadores anteriormente descritos se dan de forma constante en el sector inmobiliaria y pueden incluso encontrarse colaborando de forma simultánea en una misma organización empresarial, que tenga establecida con cada uno de ellos relaciones jurídicas de diversa índole, laboral, mercantil, comercial o de arrendamiento de servicios.
Una parte muy significativa de dichos operadores del sector inmobiliario son los trabajadores por cuenta ajena con relación laboral común y dependencia organizativa de la empresa, a los que va dirigido este convenio”.
Actualmente hay un elevado número de profesionales inmobiliarios que ejercen la actividad bajo el modelo TRADE y, según el sector, así lo deciden por su propia voluntad, ya que les permite obtener unos ingresos más altos que si trabajaran por cuenta propia y les ofrece mayor libertad de horarios, de elegir vacaciones… En cuanto a la relación con la empresa, estos autónomos facturan a la agencia por diferentes servicios, como por ejemplo utilizar sus instalaciones para reuniones con clientes, usar la tecnología o las herramientas disponibles en la oficina o utilizar la marca. En cambio, ellos pagan su cuota, su vehículo…

A pesar de que la figura TRADE está amparada por el convenio colectivo sectorial, hace justo un año entró en vigor una normativa que incluía dos modificaciones que han detonado las inspecciones y los cambios de criterio a la hora de valorar los posibles casos de falsos autónomos en diferentes actividades: desde las academias de formación o las agencias inmobiliarias.

La clave es la Ley 3/2023 que se publicó en marzo del año pasado que, a grandes rasgos, incluía dos cambios: el primero, que la jurisdicción competente en materia laboral ya no son los Juzgados de lo Social, sino los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo; y segundo, y más importante, que deja en manos de la Administración dictaminar qué es un falso autónomo.
Según recuerda María José Corrales, presidenta de la empresa inmobiliaria Vivienda2 y una de las impulsoras del convenio sectorial de 2003, en el mencionado convenio “ya aparece la figura del autónomo dependiente. Estaba reconocida por la Administración y las inspecciones que se llevaban a cabo se pasaban sin problemas. Pero, aunque no ha cambiado la ley, sí ha cambiado la forma de tramitar ese apartado. Ahora se imputa a la Administración la responsabilidad de considerar que un autónomo es dependiente o independiente. Es decir, ahora es la propia inspección la que dictamina según sus propios criterios”.
Corrales afirma que este cambio de consideración ha provocado que a la Administración “ya no le valga esta figura” del TRADE, que el sector inmobiliario lleva años aplicando, y que haya puesto el foco en el sector inmobiliario, pero insiste en que no es un ataque concreto a este negocio. “El inmobiliario es uno más de los que están barriendo”, añade.
Para Andrés M. Pedreda, socio del despacho de abogados OBN&, estas modificaciones “han dado más fuerza administrativa a los inspectores”, que “ahora consideran que por el mero hecho de que un TRADE factura a la empresa ya tiene dependencia de ella. Pero no son falsos autónomos”. El letrado también alerta de que “los plazos de lo contencioso-administrativo son más largos y los jueces de estos tribunales no son especialistas en materia laboral”.
En lo que se refiere a los recursos, los expertos ven difícil que puedan prosperar. Aunque está la posibilidad de acudir al Tribunal Supremo, María José Corrales menciona la indefensión para recurrir este tipo de actuaciones de inspección y subraya que “antes había más margen porque el asunto se dirimía en los tribunales, que posteriormente determinaban si había o no una condena. Pero ahora es la Administración la que decide de manera unilateral si una inmobiliaria tiene autónomos encubiertos y esto es muy grave. Es muy complicado que puedan salir adelante los recursos”.

Inseguridad ante unas actuaciones arbitrarias

El sector critica que las actuaciones de las inspecciones ni son objetivas ni siguen los mismos principios, lo que está generando un clima de incertidumbre en el negocio inmobiliario.
José María Alfaro, presidente de la Federación Nacional de Asociaciones Inmobiliarias (FAI), calcula que cerca del 40% de los profesionales inmobiliarios están ejerciendo la actividad bajo la figura de TRADE y que, aunque de no se están produciendo inspecciones masivas, desde la pasada primavera sí están teniendo conocimiento de casos en varias comunidades autónomas, como Madrid, Navarra, Cataluña o Canarias, y en provincias como Granada.
Según Alfaro, las inspecciones están siguiendo este patrón. “La Inspección ve indicios de laboralidad y lo que hace es acercarse a la agencia, entrevista al gerente y a sus colaboradores y pide documentación. Y, de forma arbitraria y subjetiva, determina que se trata de una relación laboral y no mercantil”. Una situación que, según reivindica, “está generando confusión, porque hay diferentes criterios. No todas las inspecciones tienen ese resultado a pesar de analizar los mismos casos. Pero los fundamentales deberían ser los mismos”.
El presidente de FAI recalca que las últimas modificaciones legislativas han dado más poder a la Inspección y alerta de que está creciendo la inseguridad. “Lo que denunciamos es que no sabemos a qué atenernos jurídicamente. No sabemos si estamos trabajando bien o mal y lo curioso es que la mayoría de las agencias han sido asesoradas por expertos para saber cómo deben ser los contratos. Esto no es de hoy, es un modelo que usamos desde hace muchos años en el sector y que está muy testado y muy trabajado con abogados, asesores y gestores”, argumenta Alfaro.
A las críticas también se suma Jesús Martínez Caja, secretario general de la Asociación Madrileña de Empresas Inmobiliarias (AMADEI), quien sostiene que “la Inspección de Trabajo ha incrementado frenéticamente el levantamiento de actas de infracción por falsos autónomos, y se alza la voz desde el sector de que lo está haciendo con cierta voracidad recaudatoria, sin respeto en algunos casos a la verdadera identidad del TRADE y considerándolo como falso autónomo como regla general”.
Martínez Caja también añade que las consecuencias de esta actuación inspectora son variopintas en el sector. Hay “empresas pequeñas que se ven abocadas a cerrar pues viven del día a día y no pueden soportar la sanción”, mientras que también hay casos en los que los agentes se desvinculan de las agencias para establecerse como gestores independientes con medios propios. También hay muchas agencias y redes inmobiliarias de mayor tamaño que se están adelantando a las posibles inspecciones y están cambiando su relación laboral con los profesionales, pasándolos al tradicional régimen de cuenta ajena.
Montserrat Junyent, vicepresidenta de la Federación de Asociaciones de Empresas Inmobiliarias (FADEI), es otra de las voces que reivindica que “es evidente que el sector se muestra preocupado, especialmente por la actuación de la inspección de trabajo en la que la disparidad de criterios puede derivar en resoluciones sancionadoras discutibles que afecten a la viabilidad de esas empresas”.
Desde Century 21, red inmobiliaria importada de EEUU con 1.500 autónomos en España y 72 oficinas físicas, también muestran su malestar. “Estamos preocupados por la inestabilidad que genera y por cómo debemos gestionar los equipos. Nos preocupa la interpretación de las inspecciones, porque no es todo blanco o neցro; hay zonas grises”, aclara Ricardo Sousa, CEO de Century 21 en la Península Ibérica.
Según Sousa, “debe haber claridad de conceptos sobre lo que hay que cumplir”, no dejar que este tipo de actuaciones se lleven a cabo bajo un criterio de interpretación. “Esta claridad es importante que exista, sobre todo cuando el objetivo es promover un empleo de más calidad y más justo, pero hay que comunicar las reglas. La inseguridad es muy perjudicial”, sentencia.

Presiones de la Administración y un afán recaudatorio

El sector denuncia que está recibiendo presiones por parte de la Administración para pagar los importes de la ‘autoregularización’ laboral de su equipo y evitar recibir sanciones de forma oficial pasado el plazo de seis meses, lo que conllevaría un recargo adicional a la cifra determinada.
El presidente de FAI explica que, una vez que el inspector llega a la conclusión de que hay relación laboral entre el TRADE y la agencia inmobiliaria, “te dicen cuánto tienes que pagar, en función del número de colaboradores, los años que lleven… Y dan de alta automática a esos profesionales en el régimen común y con eso cierran el caso. Pero si no lo haces te enfrentas a un expediente sancionador, lo que implicaría pagar ese importe más un 20-40% adicional”.
Teniendo en cuenta los procedimientos que se han llevado a cabo en el último año, las cuantías que exige la Inspección de Trabajo rondan los 10.000 euros por profesional y año, y solo se contabilizarían los cuatro años no prescritos. Así, el pago promedio al que tendrían que hacer frente ronda los 40.000 euros por cada TRADE que deba pasar a ser asalariado, por lo que el importe total supera los 200.000 euros si hay más de un colaborador implicado.
Desde FAI exponen que hay casos “muy significativos de presión a las empresas, a las que se les lleva a una situación de continuidad muy difícil, incluso con riesgo de quiebra”.
Mientras, el letrado Andrés M. Pedreda detalla que el 90% de los casos de esta materia que está llevando actualmente su despacho son de agencias que se enfrentan a unos pagos “de cuantías inasumibles”, por lo que están sopesando solicitar el concurso voluntario de acreedores. De ahí que admita que la ‘autoregularización’ del sector que está buscando la Administración “también conlleva quiebras” y que, en realidad, hay “una imposición al empresario y al trabajador, porque no se les tiene en cuenta”.
Para María José Corrales, Trabajo está adoptando una posición similar a la de Hacienda, en la que primero obliga al contribuyente a pagar y le invita a presentar una reclamación posterior. Tanto es así que los despachos de abogados que están trabajando en estos casos están recomendando a las agencias desembolsar los importes exigidos por la Inspección si su situación económica se lo permite.
Además de las presiones, lo que también está generando malestar en el sector es el hecho de que los inspectores están dando de alta automáticamente a los profesionales como trabajadores por cuenta ajena, muchas veces sin valorar qué relación quiere tener el agente con una agencia determinada.
“En España mucha gente ha optado por la fórmula TRADE. Es un movimiento que cada vez quiere más gente por cuestiones como la flexibilidad, tanto física como horaria”, expone el responsable de Century 21 en Iberia.
Desde una inmobiliaria de Alcalá de Henares (Madrid) que prefiere mantener el anonimato afirman que, en su caso, la inspección derivó en una multa económica y en el alta de forma automática de uno de sus colaboradores TRADE, pese a que dicho profesional no quería cambiar su modalidad laboral. “Ya no es que atente contra la ley del autónomo TRADE, sino contra la libertad de un trabajador”, afirma el gerente de la agencia. En su caso, el pago económico que le exige la Inspección es de 40.000 euros (incluido el recargo) y le ha llevado a tener que reducir drásticamente su equipo y mudarse de local, en busca de una ubicación más económica.
Con este escenario sobre la mesa, el sector ha llegado a la conclusión de este nuevo proceder de las inspecciones también parece esconder un afán recaudatorio y una necesidad de aumentar las altas en la Seguridad Social, más allá de mejorar las condiciones laborales.
En este sentido, asociaciones y empresarios recuerdan que Trabajo ni ha publicado una instrucción de aplicación ni se ha reunido ni ha explicado qué cambios debe acometer el sector en materia laboral. También denuncian que no se está teniendo en cuenta la libertad de los profesionales para decidir qué relación laboral quieren tener con una empresa, lo que les lleva a dudar de cuál es la ventaja que hay detrás de estos cambios de criterios.

A la espera de un encuentro con la Administración

Desde FAI aseguran que las principales asociaciones y organizaciones inmobiliarias están estudiando la situación “a nivel jurídico para cerrar una estrategia común y sentarnos con el Ministerio, y que nos digan cuál es la guía que, en su opinión, debemos seguir, porque esta incertidumbre e indefensión no es sostenible. Nos están poniendo a los pies de los caballos”, indica Alfaro.
La vicepresidenta de la Federación de Asociaciones de Empresas Inmobiliarias (FADEI) también manda un mensaje a la Administración, donde insta a “crear un órgano que permita transparentar cuántas empresas actúan en el sector, un registro obligatorio. Llevamos mucho tiempo tratando de trasladar a los poderes públicos la necesidad de crear ese registro que actuaría en beneficio de todos: de los consumidores los primeros, que accederían a un profesional cualificado y solvente; de la propia Administración, que tendría acceso a los que actúan exclusivamente en el ámbito de la intermediación y a los que tienen diversas líneas de actuación, pudiendo delimitar mucho mejor su propia actuación; y de las empresas y profesionales, que sin cuestionar la libre competencia, actuarían sujetas a unas mínimas premisas como lo hacen, por ejemplo, los agentes de seguros. Pero la falta de marco regulador de la actividad favorece la aparición de escenarios como este”, concluye Montserrat Junyent.



 
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