Culpable (mayor de edad)
Madmaxista
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Como ex-burbujista, compre una vivienda como inversion............ (pausa para que os riais)..................................... ahora al tenerla vacia (vivo en otro piso propiedad de mis padres, comprado hace 30 años con lo que ganaba mi padre en 1 año, y por menos de lo que valia un Mercedes, no tacheis a toda mi familia de especuladores porque antes la vivienda era muy muy asequible) y para ayudar a pagar la hipoteca (45% valor del piso) y poder seguir llendo de cañas, pues me roba casi el 50% de mi nomina, he decidido ponerla en alquiler.
- Me gustaria aclararais las ventajas y desventajas de declarar los ingresos del alquiler, de momento tengo entendido que la fianza la tendria que depositar en el Instituto de la Vivienda de mi Comunidad. ¿Esto que ventajas tiene para el arrendador? Sé que para el arrendatario es una garantia de devolución de este importe más sus intereses, y le agiliza el tramite de cobrarla, en caso de que el arrendador se la quedara por hacer uso de una clausula abusiva.
- ¿Que tanto por ciento tendria que pagar a hacienda?
- ¿Si yo cumplo con la ley declarando estos ingresos, la ley cumplira igualmente conmigo en caso de impago del inquilino y agilizara el proceso de deshaucio?
- En el posible caso de que los destrozos en el piso fueran superiores a la fianza, supongo que será muy dificil cobrarlos. ¿Merece la pena hacerse un seguro? He oido que existen seguros de este tipo, incluso de impago.
Se que en este foro, por lógica estareis de parte del arrendatario. Yo he estado 3 años de alquiler y he vivido alguna clausula abusiva, que por otra parte me la he pasado por el arco del triunfo. Ahora estoy en el otro lado y me he encuentro algo acojonado, pues el piso es nuevo y no es lo más lógico alquilar algo nuevo.
- Me gustaria aclararais las ventajas y desventajas de declarar los ingresos del alquiler, de momento tengo entendido que la fianza la tendria que depositar en el Instituto de la Vivienda de mi Comunidad. ¿Esto que ventajas tiene para el arrendador? Sé que para el arrendatario es una garantia de devolución de este importe más sus intereses, y le agiliza el tramite de cobrarla, en caso de que el arrendador se la quedara por hacer uso de una clausula abusiva.
- ¿Que tanto por ciento tendria que pagar a hacienda?
- ¿Si yo cumplo con la ley declarando estos ingresos, la ley cumplira igualmente conmigo en caso de impago del inquilino y agilizara el proceso de deshaucio?
- En el posible caso de que los destrozos en el piso fueran superiores a la fianza, supongo que será muy dificil cobrarlos. ¿Merece la pena hacerse un seguro? He oido que existen seguros de este tipo, incluso de impago.
Se que en este foro, por lógica estareis de parte del arrendatario. Yo he estado 3 años de alquiler y he vivido alguna clausula abusiva, que por otra parte me la he pasado por el arco del triunfo. Ahora estoy en el otro lado y me he encuentro algo acojonado, pues el piso es nuevo y no es lo más lógico alquilar algo nuevo.