Mouguias
Madmaxista
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El blog "Proyecto Mauranus" lo llevan un par de arqueólogos especializados en la alta Edad Media de Cantabria. No sé si sabréis que por allá se encuentran bastantes cuevas con esqueletos de personas enterradas, siempre jóvenes, fechados hacia la época visigoda o un par de siglos después. A veces se encuentran restos de rituales extraños a su lado, huesos animales y tal. La cosa era un misterio porque ése no es el ritual cristiano, evidentemente, asi que se hablaba de paganismo, pervivencias, etc.
Tenemos, por ejemplo, los restos de cereal descubiertos junto a algunos esqueletos.
Restos de mijo carbonizado hallado en la cueva de Riocueva (Hoznayo, Entrambasaguas)
En la cueva de Las Penas (Mortera, Piélagos) también ha aparecido trigo carbonizado, con unas fechas entre el siglo VI y el VIII. Alguien había quemado los granos y los había desparramado junto a los cadáveres allí enterrados. ¿Por qué?
Pues para protegerse de los vampiros:
El texto sigue pero os haceis una idea, ¿No?
Tenemos, por ejemplo, los restos de cereal descubiertos junto a algunos esqueletos.
Restos de mijo carbonizado hallado en la cueva de Riocueva (Hoznayo, Entrambasaguas)
En la cueva de Las Penas (Mortera, Piélagos) también ha aparecido trigo carbonizado, con unas fechas entre el siglo VI y el VIII. Alguien había quemado los granos y los había desparramado junto a los cadáveres allí enterrados. ¿Por qué?
Pues para protegerse de los vampiros:
"Mulier si grana arserit ubi mortuus est homo pro sanitate viventium I annum poeniteat" ("Si una mujer quemase granos donde hay un hombre muerto para [garantizar] la salud de los vivos, cumplirá un año de penitencia").
Esta cita, extraída del Penitencial de Silos (de finales del siglo X), nos ilustra acerca de una costumbre de origen pagano relacionada con los muertos y prohibida por la Iglesia ya desde la Alta Edad Media: la quema de granos de cereal en presencia de cadáveres, con el fin de asegurar el bienestar de los vivos, en lo que parece un claro ejemplo de práctica necrofóbica. Su existencia está recogida en algunos penitenciales británicos del siglo VII, aunque las copias que han llegado hasta nosotros sean del XI. Las referencias a ella en el llamado Scriftboc, falsamente atribuido a Egberto, y en el de Theodoro (ambos pueden leerse en esta magnífica página, de la que he sacado las citas y las traducciones al inglés actual) son las siguientes:
"Whoever burns grain in a place where a man died in order to give health to living men and to the house, he is to fast five years" ("Quien queme granos en un sitio donde haya muerto un hombre para conseguir salud para los vivos y la casa tiene que penar cinco años") [...]
El texto sigue pero os haceis una idea, ¿No?