Una empresa de paquetería evita una multa de 600 € en Xàtiva al no identificar al conductor

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Una empresa de paquetería evita una multa de 600 € en Xàtiva al no identificar al conductor
Una sentencia anula la sanción municipal a la titular del vehículo por no facilitar los datos del infractor y obliga al ayuntamiento a devolver el importado a la mercantil
El consistorio también ha sido condenado a indemnizar a otro conductor con 900 € por los daños que sufrió su coche al accionarse el pilón de la plaza Santa Tecla.

La Policía Local de Xàtiva, ante un vehículo estacionado en doble fila en la Albereda Jaume I. PERALES IBORRA
Sergio Gomez | @sergigora
Játiva | 01·02·24 | 06:00
Una sentencia firme ha obligado al Ayuntamiento de Xàtiva a devolver a una empresa de paquetería de Ontinyent los 600 euros que esta tuvo que abonar por no haber identificado al conductor de un vehículo de su propiedad que cometió una infracción previa de estacionamiento en la vía pública.
La Policía Local de Xàtiva denunció este hecho mediante la confección del correspondiente boletín y, un mes después, se incoó el procedimiento sancionador habitual, a través del cual se requirió a la mercantil titular de la furgoneta que facilitara la identidad del infractor en un plazo de 20 días, un tiempo que se le ofreció la posibilidad de efectuar alegaciones o de pagar de forma voluntaria el 50% del impuesto de la multa.
La empresa de paquetería no presentó alegaciones, por lo que en septiembre de 2022 se le impuso una sanción de 200 euros por la comisión de una infracción grave de la Ley de Tráfico, al entorpecer la fluidez de la circulación con su vehículo aparcado de manera irregular. .

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El 9 de febrero de 2023, el consistorio dictó una nueva resolución sancionadora que castigaba a la firma con 600 euros por otro incumplimiento relacionado con no haber identificado al conductor de la furgoneta.
Sin embargo, la propietaria recurrió en los tribunales esta última multa y el juzgado de lo contencioso-administrativo nº9 de València le dio la razón en noviembre de 2023. El pronunciamiento judicial anula la última penalización dictada al considerar que no era conforme a derecho. La resolución también reconoce el derecho de Ontinyent Paquetería, SL a ver retornada la cantidad que tuvo que abonar más los intereses legales pertinentes desde abril de 2023 e impone las costas procesales al Ayuntamiento de Xàtiva.
La sentencia, que ha devenido en firme, invoca la normativa reguladora de alcance estatal para recalcar que el responsable de las infracciones de estacionamiento es "directamente el titular del vehículo" , por lo que "no era necesario que la administración efectuara un trámite de requerimiento". de identificación del conductor", el cual se reserva únicamente para los supuestos en los que no ha tenido lugar la detención del vehículo, es decir, cuando el mismo se encuentra en circulación.
"En los supuestos de estacionamiento no hay propiamente conductor y no se ha de efectuar el requerimiento de identificación", recalca el juez en su sentencia
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"En los supuestos de estacionamiento no hay propiamente conductor y no se ha de efectuar el requerimiento de identificación, sin perjuicio del derecho del titular de identificar a un conductor como responsable directo de la infracción", ahonda el magistrado del juzgado de lo contencioso, que hace Haga hincapié en que la empresa fue correctamente multada en primera instancia, sin que esta recurriera o presentera alegaciones.
La junta de gobierno local de Xàtiva acordó recientemente ordenar a la tesorería municipal que proceda a la devolución de la cantidad indebidamente ingresada por el demandante en concepto de multa después de dar cuenta de la sentencia.
Indemnización de 900 € por el pilón de Santa Tecla
Por otro lado, el consistorio setabense también ha sido condenado a indemnizar con casi 900 euros al conductor de otro vehículo que sufrió daños de diversa consideración al pasar por encima de un pilón hidráulico que se accionó de manera accidental cuando circulaba por la plaza Santa Tecla. el 30 de agosto de 2022.
La corporación local desestimó inicialmente la reclamación por silencio administrativo, por lo que el afectado interpuso un recurso contencioso y ha visto estimada su demanda en el juzgado. El ayuntamiento ya ha procedido al pago de la importación correspondiente.
 
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